REMATE JUDICIAL SIN BASE Y EN DOLARES
Martes 16 de noviembre de 2021 – 15:30 horas
En Avda. Uruguay 826
Campo de Paraje Puntas del Rosario
Establecimiento con tambo
Ubicación: Ruta 52 – Paraje Puntas del Rosario – Padrón 20992 – Colonia
Desde Nueva Helvecia por la Ruta 52 son aprox. 45 km
Muy próximo a la intercepción con la Ruta 23.
Muy próximo a la localidad Ismael Cortinas.
IMPORTANTE AGUADAS NATURALES, CASA PRINCIPAL, 2 AMPLIOS GALPONES.
LUZ ELÉCTRICA – PERÍMETRO CON ALAMBRADOS – BUENA ENTRADA (Excelente acceso y caminería)
Padrón 20.992 Área 159 Ha 9987 m2 14 dm2
Frente a Ruta 52 – 905 m x Fondo aprox. 2.290 m fondo
Comisión e impuestos 3,66% seña 30%
Antecedentes: TIRELLE, Gustavo c/ PLAZA, Gloria y otros – Ejecución de Hipoteca
IUE 2-10467/2019 – Pasaje de los Derechos Humanos 1309 Piso 1º
EDICTO: Por disposición del Señor Juez Letrado Civil de 7mo. Turno, dictada en autos caratulados: “TIRELLI VECCHI, GUSTAVO c/ PLAZA, GLORIA y otros – EJECUCIÓN DE HIPOTECA” IUE 2-10467/2019, se hace saber que el martes 16 de noviembre de 2021 a partir de las 15 y 30 horas en Av. Uruguay 826 por intermedio de la Rematadora Ana María Martínez Matrícula No. 5121, RUT 212784430019, en acto presidido por la Sra. ALGUACIL de la Sede se procederá a la venta en subasta pública, en dólares estadounidenses, sin base y al mejor postor del siguiente bien inmueble: Fracción de campo con las construcciones y mejoras que le acceden sita en la quinta sección catastral del departamento de Colonia, paraje Puntas de Rosario, empadronada con el número 20.992 (veinte mil novecientos noventa y dos), antes 19.242 en mayor área, y 42 (fracción 7) en mucho mayor área, la cual según plano del Agrimensor Alfredo Nin, inscripto en la Dirección de Topografía el 16 de junio de 1920 con Replanteo, amojonamiento y deslinde del Ingeniero Agrimensor Vicente Gasparetto de fecha 26 de agosto de 1988, consta de una superficie de ciento cincuenta y nueve hectáreas nueve mil novecientos ochenta y siete metros catorce decímetros cuadrados (159 Ha 9987 mc 14dmc) y se deslinda así: al Este, lía quebrada compuesta de dos tramos rectos que de Norte a Sur corren y miden 364 metros 50 centímetros y 540 metros 80 centímetros sobre el eje del camino que la separa de la fracción2; al Sur, línea recta de 1.667 metros 60 centímetros sobre el eje del camino que la separa de la fracción 4; al Oeste, línea recta de 899 metros 10 centímetros lindando con la fracción 6; y al Norte, línea quebrada compuesta por 3 tramos rectos que de Oeste a Este corren y miden 1.307 metros 40 centímetros, 149 metros 60 centímetros y 833 metros 10 centímetros, lindando el primero de ellos con la propiedad del señor Ventura Espósito y los otros dos con la fracción 1. Todas las fracciones son del mismo plano. Queda comprendido en el presente gravamen hipotecario cualquier exceso de área que pudiera arrojar una mensura posterior. SE PREVIENE QUE: 1) El mejor postor deberá consignar el 30% de su oferta en carácter de seña, así como la comisión del rematador 3% más IVA, o sea el 3,66 % de dicho precio. Dichos pagos deberán realizarse en el acto. En caso que el precio total de lo rematado superare las UI 1.000.000, se abonará mediante letra de cambio, cheque certificado o transferencia electrónica, de una entidad bancaria de plaza, acorde a lo previsto por las leyes 19.210, 19.478 y 19.889 en lo pertinente y sus decretos reglamentarios. 2) Serán de cargo del expediente el pago de la comisión de venta del rematador 1% más IVA, o sea el 1,22 %. más el 1 % del impuesto municipal. 3) El plazo para consignar el saldo de precio por el mejor postor, será de veinte días corridos, contando a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio de remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por semana de turismo. 4) De existir deudas por aportes al BPS por las construcciones existentes, las mismas serán de cargo del mejor postor. 5) Se desconoce la existencia de deudas por tributos nacionales y/o municipales; siendo los únicos rubros imputables al precio de la subasta: contribución inmobiliaria, impuesto de enseñanza primaria y el 2% correspondiente al vendedor por ITP e IRPF. 6) Se desconoce el estado ocupacional del bien. 7) Se desconoce si la Intendencia Departamental de Colonia, hará uso de su Derecho de Preferencia, que le otorga el artículo 66 de la Ley 18.083, quedando dicha solicitud a cargo del mejor postor y previo al otorgamiento de la escritura correspondiente, en caso de que correspondiere. 8) La subasta se realiza en las condiciones que surgen del expediente, documentación, titulación e información registral adjunta. La documentación relativa al bien se encuentra en la Oficina Actuaria de este Juzgado sito en el Palacio de los Tribunales Pasaje de los Derechos Humanos 1309 1er piso de la ciudad de Montevideo, donde podrá ser examinada por los interesados. Y a los efectos legales se hace una publicación en tres diarios: diario oficial, diario local donde se efectuará el remate y diario local donde se encuentra el bien.
Montevideo, de octubre de 2021.
Esc. Jacqueline Rita CHICO SALGADO Actuario.
INFORMES:
ANA MARÍA MARTÍNEZ
2613 20 01 – 099 225 888