Gran remate de estancia San Ramón en Salto – 1.715 hectáreas

 

REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S
JUEVES 15 DE SETIEMBRE 15 HORAS
En HALL DEL JUZGADO SITO EN TREINTA Y TRES ESQUINA ARTIGAS
CIUDAD DE SALTO

GRAN REMATE DE ESTANCIA SAN RAMÓN EN SALTO

1.715 HECTÁREAS

EXTRAORDINARIA OPORTUNIDAD DE ADQUIRIR UN IMPORTANTE ESTABLECIMIENTO PRODUCTIVO DE ESCALA.

UBICADO EN EL CENTRO SUR DEL DEPARTAMENTO DE SALTO.

PRÓXIMO AL RÍO DAYMAN.

Padrón 5950. Indice coneat según Catastro: 89

A modo ilustrativo, se señala que actualmente en el establecimiento se desarrolla la explotación de ganado ovino y bovino. Sistema de pastoreo racional (Voisin).

Único establecimiento con compartimento orgánico habilitado para la exportación de carne ovina con hueso para EE.UU.

Espectacular casco antiguo con hermoso parque.

Importantes mejoras edilicias y para el manejo de animales, galpones, tubo con cepo, mangas, baños, corrales, embarcadero.

Buenas aguadas. Importante represa.

Arrendable en U$S 120/há/año luego de escriturar (circunstancia fuera del objeto de remate).

Nota: se remata el inmueble padrón 5950 con una superficie de 1.715 hectáreas 3157 metros con las construcciones y mejoras que le acceden. Las unidades de negocio que se desarrollan en la estancia deberán ser objeto de negociación posterior con sus titulares en caso de resultar de interés para el comprador. Tampoco integran el objeto de remate los semovientes y bienes muebles existentes sobre el establecimiento.

Seña: 10%. Comisión e IVA: 3,66%

EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Salto de 5° Turno, dictada en autos: “HOY:MICHELENA ZAFFARONI, ANDRES C/ HOY:C.A.R.A A.F.I.S.A. – B.R.O.U. CHOUHY ERRANDONEA ERNESTO Y OTRA. INTIMACION DE PAGO HOY: EJECUCION HIPOTECARIA Y PRENDARIA” IUE 356-693/2001, se hace saber que el próximo 15 de setiembre a la hora 15:00, en el Hall del Juzgado sito en Treinta y Tres esquina Artigas, por intermedio del Martillero Juan Pablo Carrau, matrícula 6688, RUT 216206960017, en acto presidido por la Sra. Alguacil de la Sede se procederá a la venta en subasta pública, sin base, al mejor postor y en dólares estadounidenses del siguiente bien: Fracción de campo con sus construcciones y mejoras que le acceden, sita en la 10ª sección catastral del departamento de Salto, empadronada con el Nº 5.950, la que según plano de mensura y fraccionamiento del Ing. Agrimensor Juan Pedro Jaureche de abril de 1972, inscripto en la Dirección General de Catastro Nacional con el Nº 880 el 5/6/1972, integra el “Lote I”, se identifica como fracción “1A1”, tiene una superficie de 1.715 hás 3157 metros y se deslinda así: al Norte, línea quebrada compuesta de siete tramos de recta que dan frente a Camino Departamental a Tacuarembó por la Cuchilla del Daymán o Salto y lo separa de propiedades del Doctor César Dondo Harriague, padrón 6796; del señor Luis Alberto Rodríguez, padrón número 1117; de Erico Piegas Riet, padrón número 1116, de la fracción “1C”; del padrón 2169; al Noreste Cuchilla del Daymán o Salto, que lo separa de la fracción “1D”, parte del padrón 1115, propiedad de José R. Gutiérrez Sociedad Anónima; y recta de 1183 metros de frente a Camino Departamental que lo separa de Juan R. Gutiérrez Sociedad Anónima, padrón número 1115; por el Sureste, línea de 5361,10 metros que lo separa de la fracción “2B”, padrón 5949 y de fracciones “2C” y “1A2”, integrantes del lote “II” del referido plano, al Suroeste línea de 1424 metros lindando con fracción “1A2” , integrante del lote “II” del mismo plano, al Noroeste, el Arroyo del Tala y al Oeste dos rectas de 1280 metros y 3069,50 metros que lo separan de campos de María Nicandra Avellanal de Esteves, padrón número 2114. SE PREVIENE: 1)El mejor postor deberá consignar el 10% de su oferta en carácter de seña, en el acto de serle aceptada su postura más la comisión del rematador e impuestos. Será de cargo del expediente la comisión de venta del Rematador más IVA, así como el Impuesto Municipal del 1% (Ley 12.700)2). Se desconoce la situación ocupacional del bien, sin perjuicio de ello se advierte que surge de la información registral agregada contratos de arrendamientos con plazo vigente. Se desconoce la situación tributaria ante BPS. Al 07/03/2022 el bien se encuentra al día en el pago del Impuesto de Contribución Inmobiliaria. Se desconoce la existencia de deudas frente a otros organismos. 3) Surge de autos la existencia de un trámite de exploración frente a DINAMIGE. El certificado de resultancias de autos de la sucesión de Elena Errandonea no fue agregado en autos y no surge inscripto en el Registro de la Propiedad. 4) Obra en caja fuerte de la Sede títulos de propiedad y antecedentes a disposición de los interesados. 5) Se previene lo dispuesto en los numerales 2 y 3 del art. 390 del CGP. 6) El pago de la seña así como del saldo del precio deberá realizarse conforme a lo dispuesto por la ley 19.210. 7) Será susceptible de imputarse al precio lo adeudado por Contribución Inmobiliaria, Impuesto de Enseñanza Primaria de corresponder, IRPF e ITP correspondiente a la parte vendedora. 8) El plazo para consignar el saldo de precio, será de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, no interrumpiéndose por feria judicial ni turismo. 9) El mejor postor como el segundo mejor postor, deberán constituir domicilio electrónico en el acto de la subasta de conformidad a lo establecido por el art. 387 del C.G.P. y su remisión al art. 71 del mismo cuerpo normativo. 10) Se deberá tener presente que el resultado del remate se encuentra condicionado al derecho de preferencia del Instituto Nacional de Colonización de acuerdo a lo dispuesto por el art. 35 de la ley 11.029, en su actual redacción. A los efectos legales se hace esta publicación.
Salto, 26 de julio de 2022
MARÍA ALEXANDRA MONETA RIVAS, Actuario Adjunto

INFORMES:
JUAN PABLO CARRAU
[email protected]
www.jpcarrau.uy
Cel. 093880943