REMATE JUDICIAL
APARTAMENTO EN MALDONADO
30 de setiembre a las 14 y 30 hs.
En Centro Español de Maldonado, 18 de Julio 708 esq. Santana.
Ubicado en Complejo Habitacional B-9, acceso por José Ignacio entre Ventura Alegre y Senda. Unidad 110, Block C
Oportunidad en un excelente Complejo Habitacional, con amplias áreas verdes, gimnasio, salón comunal, parrillero.
SUPERFICIE 54 m. 85 dm. – CUENTA CON 3 DORMITORIOS Y DEMÁS.
Sin base, en dólares – Seña 30% – Com. e IVA 3,66%.
Informes: Tel. 099 192 310
EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Maldonado de 5° Turno, dictada en autos: “REVUELTA, ROSINA C/ LUCERO, JORGE WASHINGTON JUICIO EJECUTIVO” IUE 289-21/2015, EDICTO: Por disposición de la Sra. Juez Letrado de Primera Instancia de Maldonado de 5° Turno dictada en autos “REVUELTA, ROSINA c/LUCERO, JORGE WÁSHINGTON.- JUICIO EJECUTIVO”, I.U.E. 289-21/2015, se hace saber que el próximo 30 de setiembre de 2021 a las 14 y 30 hs. en el Centro Español de la ciudad de Maldonado, 18 de Julio 708 esquina Arturo Santana, se procederá por intermedio del Martillero Elbio Araújo, matrícula 1874, RUT 210338700013 en diligencia presidida por la Sra. Alguacil del Juzgado, al remate público sin base al mejor postor y en moneda dólares americanos, del siguiente bien inmueble: Unidad de propiedad horizontal número 110 que forma parte del Complejo Habitacional B-9, Block C construido de acuerdo al régimen de Propiedad Horizontal de la Ley 10.751 y Artículo 4 de la Ley 13.387, concordantes y modificativas, en un solar de terreno sito en la 1ª Sección Judicial del departamento de Maldonado, localidad catastral Maldonado, zona urbana, manzana catastral Nº 1077, padrón matriz Nº 3099 el que según plano de mensura y fraccionamiento horizontal de la ley 10751 del Agrimensor Carlos Asuaga Requena de junio de 1983 inscripto en la Dirección. Dptal. de Catastro de Maldonado con el Nº 777 el 2/8/1983, consta de una superficie de 26.555 m. 33 dm. y mide al NO línea quebrada compuesta por dos tramos rectos que miden 91,89 m. y 204,38 m. de frente a calle pública de 17 m. de ancho; al SE 196,42 m. de frente a calle de 12 m. de ancho y formando esquina con el frente anterior; al SO 57,84 m. de frente a calle continuación Ventura Alegre. La unidad 110 está empadronada individualmente con el Nº 3099/C/110 según plano relacionado se ubica en el block C primer piso, a cota vertical más 40 m. 05 cm. y tiene una superficie de 54 m. 85 dm. y le corresponde el uso exclusivo de la Terraza “P1” (bien común). SE PREVIENE: 1) El mejor postor deberá consignar el 30% de su oferta en el acto de serle aceptada, en carácter de seña. En caso que el precio total de lo rematado superase las 1.000.000 U.I., se abonará mediante letra de cambio, cheque certificado o transferencia electrónica de una entidad bancaria de plaza acorde a lo previsto por las leyes 19.210, 19.478 y sus decretos reglamentarios. 2) Los gastos de escrituración y los impuestos que la ley pone de cargo del comprador, serán de cargo del adquirente, así como la comisión de compra del rematador e impuestos o sea el 3,66% del precio del remate en el acto. 3) Será de cargo del expediente (ejecutado) la comisión de venta del rematador del 1,22% así como el 1% de impuesto departamental. 4) El plazo para consignar el saldo de precio será de veinte días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por la semana de turismo. 5) Únicamente podrán ser imputados como parte del precio, los rubros de Contribución Inmobiliaria y Enseñanza Primaria hasta la suma concurrente, requiriendo para cualquier otra imputación autorización judicial. 6) Que se desconoce la situación tributaria y ocupacional del inmueble. 7) Que el estudio de títulos se realiza con testimonio de la escritura matriz. 8) La documentación relativa al bien a rematarse se encuentra en la Oficina Actuaria de este Juzgado donde podrá ser examinada por los interesados. 9) En caso de que para la fecha del remate siga vigente la emergencia sanitaria, el remate se tendrá que hacer respetando las medidas sanitarias establecidas por el Protocolo sanitario del M.S.P. por COVID 19 y asimismo todas las que la Sra. Alguacíl estime del caso, facultándosela a tales efectos, como ser el registro de concurrentes por eventuales circunstancias que pudieran suscitarse a efectos de la salvaguardia de la trazabilidad en el seguimiento de la pandemia, el uso obligatorio de tapabocas y el mantenimiento de distancia física sostenida de 2 metros. Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones.
Maldonado, 15 de septiembre de 2021
MARÍA CECILIA SOLANA DELGADO, Actuario Adjunto
INFORMES:
ELBIO ADHEMAR ARAUJO PIRRO
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www.elbioaraujo.com
Cel. 099192310