*PRORROGADO* Casa habitación en Estación Atlántida

REMATE JUDICIAL SIN BASE EN $
JUEVES 15 DE ABRIL 14 HORAS

*PRORROGADO* 
En PUERTAS JUZGADO LETRADO DE ATLÁNTIDA DE 3ER. TURNO
CIUDAD DE MONTEVIDEO ESQUINA REP. DE CHILE

CASA HABITACIÓN
EN ESTACIÓN ATLÁNTIDA
Depto. CANELONES

EDICTO Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Atlántida de 3º Turno, dictada en autos: “BANCO BILBAO VISCAYA ARGENTARIA URUGUAY S.A. C/ REY MEDINA, EUFEMIO RAUL Y OTRA.EJECUCION HIPOTECARIA” IUE 541-270/2018, Se hace saber que el próximo 15 de abril de 2021, desde las 14 horas, en las puertas del Juzgado, se procederá por los martilleros JORGE VANOLI y/o ALBERTO BRUN, en diligencia presidida por la Señora Alguacil de la Sede, al remate sin base y al mejor postor del siguiente bien inmueble: Solar de terreno con las construcciones en él existentes ubicado en el departamento de Canelones, localidad catastral Estación Atlántida, zona suburbana, empadronado con el Nro. 168 (antes en mayor área 6.209), manzana catastral 45, solar catastral 19, que según plano del Agrimensor Severo Héctor Carlomagno de 23 de octubre de 1950, inscripto en la Dirección General de Catastro el mismo día con el Nro. 5.994 tiene un área de 750 mc. con 10 mts. al Suroeste de frente a calle Camino a Las Toscas por 75 mts. de fondo lindando al Noreste con parte del padrón Nº 178, por el Noroeste con padrón Nº 167 y por el Sureste con padrón Nº 169. SE PREVIENE: 1) Que el mejor postor deberá consignar en el acto de serle aceptada su oferta el 20% de seña así como la comisión de compra del Rematador más IVA (3,66%), dicho pago deberá realizarse en el acto y mediante cualquiera de los medios de pago previstos por la Ley de Inclusión Financiera, modificativas y sus decretos reglamentarios 2) Que serán de cargo del comprador los gastos y honorarios de la escritura y los impuestos que la Ley pone a su cargo. 3) Será de cargo del expediente la comisión de venta del Rematador más IVA (1,22%) . 4) Que el inmueble se remata en las condiciones de conservación en que se encuentra y a lo que surge de la documentación que obra agregada en el expediente, titulación y antecedentes guardados en Caja de Seguridad de la Sede, así como la existencia de deudas por Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Primaria que surgen en recaudos agregados a fs. 44 a 52 del expediente (contribución inmobiliaria) y de recaudo que luce junto a documentación en sobre cerrado (caja fuerte de la Sede) en relación a la deuda por impuesto de primaria y del certificado expedido por el Organismo Público OSE, donde se acredita la no existencia de deudas con dicho Organismo 5) Que el inmueble se encuentra ocupado. 6) El plazo para consignar el saldo de precio es de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las Ferias Judiciales ni Semana de Turismo. La cancelación deberá realizarse y documentarse de acuerdo a lo previsto por la Ley 19.210, modificativas y decretos reglamentarios. Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones. Atlántida, 16 de marzo de 2021. ALICIA GRACIANA APARAÍN BORJAS, Actuario Adjunto.

INFORMES: VANOLI-BRUN – [email protected]
www.vanolibrun.com.uy
Peatonal Sarandí 518 – MONTEVIDEO
Tels. (+598) 2916 3131* – Fax. (+598) 2915 8811