Casa en PH en Medanos de Solymar

REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S
JUEVES DE 8 SETIEMBRE 15:30 HORAS
En A.N.R.T.C.I. – AV. URUGUAY 826 – MONTEVIDEO

CASA EN PH EN MEDANOS DE SOLYMAR

Ubicación: Calle Edén Rock entre Kiyú y Long Beach Manzana 7 – Solar 10, Lomas de Solymar

Padrón: 26.500/003 Ciudad de la Costa – Canelones

Superficie edificada: 66m² (sesenta y seis metros cuadrados)

Descripción: Consta de 3 dormitorios, living comedor, cocina, baño, garaje y uso exclusivo de fondo con parrillero.

Deudas: Consultar con el rematador.

Condiciones de Remate: El mejor postor deberá consignar en dólares estadounidenses el 30% de su oferta en carácter de seña en el acto, al momento de serle aceptada la misma y que serán de su cargo la comisión de compra del Rematador y tributos que la ley impone o sea el 3,66%. Dicho pago deberá realizarse mediante letra de cambio cruzada o transferencia electrónica bancaria, cumpliendo con lo dispuesto por la Ley 19.210, decretos reglamentarios, y la Ley 19.889 y modificativas. En caso de abonar con transferencia electrónica el mejor postor deberá tener disponibles los fondos necesarios previo al momento de la realización de la subasta.

ES RESPONSABILIDAD DE LOS INTERESADOS HACER LAS CONSULTAS JURÍDICAS Y NOTARIALES A UN PROFESIONAL DE SU CONFIANZA, ASI COMO AVERIGUAR LAS DEUDAS EXISTENTES A LA FECHA DE REMATE.

 

EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 8º Turno, dictada en autos: “MIGLIONICO FERNANDEZ, GIOVANNA y otro c/ PERRONE PASTORINO, NATALIA y otro – CESACION DE CONDOMINIO DE ORIGEN CONTRACTUAL (ART. 370 CGP)” IUE 2-59063/2018, se hace saber que el próximo 8 de setiembre de 2022 a las 15:30 horas en el local de la calle Uruguay 826, por intermedio del Martillero ALFREDO RAMOS MASTALLI, Matrícula N° 5579, RUT 214920180011, en acto presidido del Oficial Alguacil del Juzgado, se subastará, sin base, en dólares estadounidenses y al mejor postor, el siguiente bien: unidad de propiedad horizontal señalada con el número cero cero tres (003), que forma parte del edificio construido en el terreno ubicado en la localidad Catastral Ciudad de la Costa, ex Médanos de Solymar, departamento de Canelones, zona urbana, padrón matriz número VEINTISEIS MIL QUINIENTOS (26500), que conforme al plano del Agrimensor , Martín Garrido Bermúdez de diciembre de 2010, e inscripto en la Dirección general de Catastro de Canelones, Oficina Delegada de Ciudad de la Costa el 21 de setiembre de 2012, con el número 191, tiene una superficie de ochocientos treinta y ocho metros noventa y cuatro decímetros, con 17,15 metros al Noreste de frente a calle Edén Rock, indicándose el punto extremo de su frente con la calle Long Beach 122 metros 33 centímetros. La unidad cero cero tres, conforme al plano relacionado, se encuentra empadronada individualmente con el número VEINTISEIS MIL QUINIENTOS BARRA CERO CERO TRES (26500/003), consta de una superficie de sesenta y cinco metros noventa y cuatro decímetros y le corresponde el uso exclusivo de Patio C, Patio D en común con la unidad 002 y techo K. SE PREVIENE: 1) El mejor postor deberá consignar en dólares estadounidenses el 30% de su oferta en carácter de seña en el acto, al momento de serle aceptada la misma y que serán de su cargo la comisión de compra del Rematador y tributos que la ley impone o sea el 3,66%. Dicho pago deberá realizarse mediante cualquiera de los medios de pago previstos por la Ley 19.210, modificativas y decretos reglamentarios. En caso de abonar con transferencia electrónica el mejor postor deberá tener disponibles los fondos necesarios previo al momento de la realización de la subasta. 2) Que serán de cargo del vendedor (expediente) la comisión del Rematador e impuestos, o sea, 1,22% y el 1% de Impuesto Municipal (Ley 12.700). 3) El plazo para consignar el saldo de precio por el mejor postor, será de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá ni por las ferias judiciales ni semana de turismo. La cancelación deberá realizarse y documentarse de acuerdo a la ley 19.210, modificativas y decretos reglamentarios. 4) Se desconoce el estado ocupacional del bien en la actualidad. 5) Se desconoce la existencia de deudas de construcción ante el BPS e Intendencia de Canelones. 6) Existe deuda de contribución inmobiliaria e impuesto de enseñanza primaria. 7) Solamente podrán ser imputados al precio los montos de los tributos necesarios para la escrituración hasta el momento del remate, en el caso de existir cuentas en juicio solo se podrá descontar el monto del tributo y no los honorarios judiciales que se originaren, los cuales serán asumidos por quien resultare mejor postor en el remate. 8) Quien resulte mejor postor en el remate deberá tramitar previamente a la escrituración del bien ante la intendencia correspondiente el certificado referente al derecho de preferencia previsto por el artículo 66 de la ley 18.308. 9)En el caso de no encontrarse vigente la caracterización urbana, será de cargo del mejor postor la realización del trámite de acuerdo al artículo 178 de la Ley 17.296.10) La subasta se realiza en las condiciones que surgen del expediente, información registral y documentación agregada, la que se encuentra a disposición de los interesados en la oficina del juzgado sito en el Palacio de los Tribunales, Pasaje de los DDHH 1309 primer piso de la ciudad de Montevideo. Y a los efectos legales se realiza esta publicación. SE DEJA CONSTANCIA QUE SE EXPIDE EL PRESENTE EJEMPLAR TENIENDO A LA VISTA LOS CERTIFICADOS DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE CANELONES N° 2272083 y DEL REGISTRO NACIONAL DE ACTOS PERSONALES N° 2047013, 2047022 Y 2274694 AMPLIADOS AL DIECINUEVE DE JULIO DE DOS MIL VEINTIDÓS. –
Montevideo, 27 de julio de 2022
YIOVANA DANIELA GORDILLO COSTA, Actuario Adjunto

INFORMES:
ALFREDO RAMOS MASTALLI
[email protected]
Cel. 099685653