REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S
MIÉRCOLES 23 DE MARZO 13:30 HORAS
En PTAS. JDO. LTDO. DE TERCER TURNO DE LAVALLEJA
CIUDAD DE MINAS
JOSÉ ENRIQUE RODÓ 634
CASA EN JOSÉ PEDRO VARELA
CALLES SORIANO ESQUINA FLORES (DANUBIO VIERA)
PADRÓN 1199 – ÁREA SOLAR 616 m² – ÁREA EDIFICADA 182 m²
GARANTÍA 30% + COMISIÓN E IMP. 3,66%
AMBAS CON LETRA DE CAMBIO O TRANSFERENCIA BANCARIA
EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Lavalleja de 3° Turno, dictada en autos: “TUZMAN, ADRIANA C/ FUENTES LARROSA,LINA GRACIELA Y SUCESORES DE RECTO ABREU FRANCISCO AMADEO(RECTO FUENTES JACQUELINE Y RECTO FUENTES MARCELO GERARDO)JUICIO EJECUTIVO.” IUE 432- 996/2005, se hace saber que el próximo 23 de marzo a las 13:30 horas, en las puertas del Juzgado sito en Rodó 634, de la ciudad de Minas, Lavalleja, el Martillero Miguel Hugo Wolf , Matrícula 1454, RUT210 368 380 017, asistido por la Sra. Alguacil de la Sede que presidirá la subasta, procederá al remate público, sin base y al mejor postor y en dólares estadounidenses del siguiente bien inmueble: Fracción de terreno con las construcciones y demás mejoras que le acceden ubicada en la zona urbana de la localidad catastral de José Pedro Varela, Dpto. de Lavalleja, empadronado con el número mil ciento noventa y nueve (1199) antes padrón N°278, el que según plano de mensura levantado por el Agrimensor Ramón M .Cabrera en diciembre de 1961 e inscripto con el N°4656 el 22/12/1966 en la Oficina Dptal. de Catastro de Lavalleja Cotejo y Registro de Planos, se señala como fracción número 1, tiene una superficie de 616m62dm y se deslinda así: 43m al OESTE de frente a calle Soriano; 14,34m al NORTE también de frente por ser esquina a calle Flores; 43m al ESTE con fracción número 2 del mismo plano y 14,34m al SUR con parte del padrón N°283.-SE PREVIENE:1)Se desconoce la situación ocupacional del inmueble; 2)Se desconoce regularidad de las construcciones así como en relación a la situación contributiva frente a BPS; 3)Se desconoce la situación contributiva actual frente a la Intendencia de Lavalleja y por concepto de impuesto a Primaria; 4)Los rubros a imputar como parte del precio son los tributos adeudados necesarios para la escrituración; 5) Que el mejor postor a los efectos del pago de seña- el que deberá hacerse en el acto- así como comisión y saldo del precio, deberá dar cumplimiento con las previsiones de las leyes 19210,19478,19889 y sus decretos reglamentarios; 6)El bien inmueble se remata en las condiciones que surgen del expediente, de la documentación agregada y de la información registral; 7) El mejor postor deberá abonar en el acto en concepto de seña el 30% de su oferta al serle aceptada la misma más 3% más IVA del precio de remate en concepto de comisión de compra del Rematador; 8)El plazo para consignar el saldo de precio por el mejor postor, será de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio de remate, que no se interrumpirá por las Ferias judiciales ni por semana de turismo; 9)Que también serán de cargo del mejor postor todos los gastos y honorarios que sea necesario abonar para la registración y titulación del inmueble a su nombre; 10) Que será de cargo de la parte demandada, la comisión de venta del Rematador más I.V.A., o sea 1,22% del precio de remate, así como el Impuesto Departamental, 1%.- 11) Los documentos acreditantes de la titulación se encuentran a disposición de los interesados en la Oficina Actuaria del Juzgado, por lo que el remate del mismo se efectuará en las condiciones que resultan del expediente, documentación, y certificados registrales agregados en estos, los que podrán ser examinados en la Sede Judicial, calle José E . Rodó N°634de la ciudad de Minas – Depto de Lavalleja, siendo de su cargo toda otra averiguación complementaria. 12) Se previene lo dispuesto en el art.386 GGP. A los efectos legales se efectúa la publicación del presente.
Minas, 04 de marzo de 2022
PATRICIA DANIELA MARTÍNEZ OLASCOAGA, Actuario Adjunto
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MIGUEL HUGO WOLF PHILIPPS
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