REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S
JUEVES 7 DE OCTUBRE 15 HORAS
En CENTRO ESPAÑOL DE MALDONADO
18 JULIO ESQ. ARTURO SANTANA
MALDONADO
APARTAMENTO EN PUNTA DEL ESTE
OPORTUNIDAD – PRIMERA FILA – FRENTE – 41 m²
“EDIFICIO VANGUARDIA” RAMBLA CLAUDIO WILLIMAN
EXCELENTE VISTA A PLAYA MANSA
PADRÓN Nº 5325/103, sito en el departamento de Maldonado
Localidad catastral Punta del Este, zona urbana
Apartamento 103 – Próximamente se rematará el 102
Deuda de Gastos comunes la coopropiedad se presentó en el Expediente y cobrará el porcentaje de la hipoteca recíproca es decir no va a ser de cargo del mejor postor.
Seña 30% DEL PRECIO EN DOLARES USA, más COMISIÓN E IMPUESTOS 3,66%
EN EL ACTO, EFECTIVO, LETRA DE CAMBIO U OTRO medio idóneo,
establecido por la ley Nº 19210 y sus modificaciones
EDICTO: Por disposición del Sr. JUEZ DE PAZ DEPARTAMENTAL DE 3er. TURNO de MALDONADO, dictado en autos caratulados “INTENDENCIA MUNICIPAL DE MALDONADO c/STOJADINOVIC Liliana, VIA DE APREMIO IUE 294-219/2020”, se hace saber que el próximo Jueves 07 de Octubre de 2021|, a la Hora 15:00, en el Centro Español de Maldonado, ubicado en la calle 18 de Julio No. 708, esquina Arturo Santana de la ciudad de Maldonado, por intermedio del martillero Gustavo ALVAREZ ALZUGARAY, matrícula 5722, RUT 100356560011, asistido por la Alguacil del Juzgado, se procederá al Remate Público SIN BASE y en DOLARES USA: del siguiente bien Inmueble: Unidad de Propiedad Horizontal Número 103, que forma parte del edificio “VANGUARDIA”, Segundo Block construido bajo el régimen de la Ley No. 10751, sito en el departamento de Maldonado, localidad catastral Punta del Este, zona urbana, empadronada con el número Cinco mil trescientos veinticinco (5325), antes mayor área padrón 663, la cual surge del plano de Mensura y fraccionamiento Horizontal del Ingeniero Agrimensor Carlos A. Rodríguez de julio de 1961, aprobado por el Concejo Departamental de Maldonado el 3 de enero de 1963 e inscripto en la Oficina Departamental de Catastro de Maldonado con el número 3.079 el 4 de enero de 1963, tiene un área de dos mil doscientos cinco metros nueve mil setecientos cincuenta centímetros (2.205 m. 9750 cm.) con 21 metros 95 centímetros al Oeste de frente a la Costanera “Las Delicias” (actualmente Avenida Claudio Williman) y 21 metros 95 centímetros al Este de frente a calle pública de 10 metros de ancho. La unidad 103 se encuentra empadronada individualmente con el número Cinco mil trescientos veinticinco barra ciento tres (5325/103), y según el plano citado tiene un área de Cuarenta y un metros (41 m.), se ubica en el primer piso, a cota vertical más 7 metros 46 centímetros. El Edificio obtuvo la habilitación final el 2 de Enero de 1963.
SE PREVIENE:
1) Que el mejor postor deberá consignar en carácter de seña el 30% de su oferta a cuenta del precio final, en el acto de serle aceptada la postura y en dólares usa.
2) Serán de cargo del comprador los gastos de escrituración, honorarios certificados y la comisión del Rematador e Impuestos, o sea el 3,66% del precio del remate, y de cargo del expediente por comisión e Impuestos el 2,22% del precio del remate.
3) El mejor postor deberá depositar el saldo en un plazo de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por la semana de turismo.
4) El estudio de títulos se realizó con testimonios notariales del último título y sus antecedentes por no haberse agregado los originales.
5) Se desconoce el estado ocupacional del bien.
6) Existe deuda de Impuesto de Enseñanza Primaria, al 26.10.2020 por $ 40.647,00.
7) Existe deuda de Gastos Comunes a octubre del año 2020 por $ 4:358.512,00.
8) Existe deuda de contribución Inmobiliaria al 21.10.2020, por $ 453.576,00.
9) Deberá tener presente el mejor postor el cual deberá abonar la seña y el saldo de precio, con letra de cambio, cheque certificado o transferencia electrónica de Bancos de Plaza, atento a las disposiciones de la Ley 19210, 19478, 19732, sus modificaciones y su Decreto Reglamentario, en caso de que el monto supere la cantidad de1:000.000 de UI (Unidades Indexadas).
10) Se aplicará el artículo 387.2 literal h “in fine” del C.G.P. a efectos de imputación de los rubros como parte del precio del Remate.
11) Y a los efectos legales se realiza una Publicación en el Diario Oficial y Diario Local.
Maldonado, de Septiembre de 2021
Esc. Natalia CARDOZO FERRAZ
Actuario Adjunto
INFORMES:
GUSTAVO ALVAREZ ALZUGARAY
rematadorgalvarez@vera.com.uy
Cel. 099 817621