Villa Muñoz – Gran deposito y terreno

REMATE JUDICIAL SIN BASE – EN DOLARES

GRAN DEPOSITO Y TERRENO CON SALIDA A 2 CALLES

INCA 2193 Y MARTIN GARCIA 1876

MIÉRCOLES 14 DE NOVIEMBRE A LAS 14:30 HORAS EN 25 DE MAYO 604 P.B. EDIFICIO BARREIRO Y RAMOS

A 4 CUADRAS DEL CENTRO DE LA ZONA COMERCIAL
POR INCA GRAN DEPOSITO EN SOLAR DE TERRENO DE 500 m2 CON 12,20 mts. DE
FRENTE, ENTRADA DE CAMIONES Y PARA OFICINAS. 500 m2 DE GALPON EN PLANTA BAJA Y 120 m2 DE OFICINAS Y TALLER EN P.A.

POR MARTIN GARCÍA TERRENO DE 235 m2 CON 9,18 mts. DE FRENTE.

LOS PADRONES SE UNEN FORMANDO UN LOTE EN FORMA DE “L”.

PADRONES 17.859 Y 17862.

SE REMATAN EN UN SOLO LOTE

DISPONIBLE – SE ENTREGA CONTRA LA ESCRITURA

SEÑA: 30% – COMISIÓN E IMPUESTOS: 3.66%

Edicto: Por disposición de la Sra. Juez Letrado de Primera Instancia en lo Civil de 19º Turno, dictado en autos caratulados “BRENER FOJGIEL, MARCELO C/ METALART S.A. Y OTROS”, Ejecución Hipotecaria, Ficha 2-31406/2006, se hace saber que el día 14 de noviembre de 2018 a las 14.30 horas en 25 de mayo 604 Planta Baja Edificio Barreiro y Ramos, se procederá por intermedio de los Martilleros Sergio Fain, Matrícula Nº 5.328, R.U.T. 213918210016 y Maximiliano Fain, Matricula No. 6.273, R.U.T. 216618120016, presidido de la Sra. Alguacil, a la venta en pública subasta, en dólares americanos, sin base y al mejor postor, los siguientes bienes inmuebles los que se remataran en un solo lote: 1) Solar de terreno con sus anexos, construcciones y demás mejoras que le acceden sito en la Séptima Sección Judicial del Departamento de Montevideo, empadronado con el No. 17.859, que según plano del Agr. Carlos de Mula del 09/06/23 inscripto en la Dirección de Topografía el 12 de junio de 1923, consta de una superficie de 496 metros 1.110 centímetros, y se deslinda así: 12 metros 13 centímetros al Este de frente a la calle Inca No. 2123 entre Nueva Palmira y Martin García; 40 metros 90 centímetros al Sur lindando con José Ronco; 12 metros 13 centímetros al Oeste, confinando con inmueble de la viuda de Borsan; al Norte 40 metros 90 centímetros lindando con inmueble de la viuda de Borsani, y 2) Solar de terreno, sus anexos, construcciones y demás mejoras que le acceden Sito en la Séptima Sección Judicial del Departamento de Montevideo, antes 19ª, empadronado con el No. 17.862, el que según plano del Agr. Joaquín Spinak de setiembre de 1954, inscripto en la Dirección General de Catastro el 04/02/1955 con el No. 30.023, tiene una superficie de 234 metros 57 decímetros, que se deslindan así: 9 metros 18 centímetros de frente al Norte a la calle Martin García, distando su punto más próximo 36 metros 90 centímetros de la esquina con la calle Inca; 12 metros 5 centímetros al Este lindando con el padrón No. 17.860 en mayor área; 4 metros 10 centímetros al Sur, limitando con parte del padrón No. 17.859; 24 metros 40 centímetros al Este, lindando con parte del padrón No. 17.858 y con el padrón No. 17.859; 5 metros 8 centímetros al Sur confinando con parte del padrón 17.871 y 36 metros 45 centímetros al Oeste confinando con el padrón No. 17.863.
Se previene: 1) Que el mejor postor deberá consignar por cualquier medio de pago admitido por la Ley 19.210, en dólares americanos y a cuenta del precio, el 30% de su oferta en el acto de serle aceptada. 2) Que serán de cargo del comprador la comisión de compra del Sr. Rematador y demás impuestos y gastos que por ley le corresponden (3,66%) a pagar en el acto. 3) Que serán de cargo del vendedor la comisión e impuestos al Rematador, o sea, 1,22%. 4) Que se desconoce el actual estado de ocupación de la propiedad a rematarse, así como la existencia y regularidad estructural y fiscal de las construcciones que hubiera en ella. 5) Que se podrá descontar del precio de remate la deuda que existiera por concepto de Contribución Inmobiliaria e impuesto de Primaria, pudiendo imputar al mismo las deudas generadas por tales conceptos hasta la fecha del remate. 6) Que se desconoce si existe deuda por concepto de B.P.S., Impuesto de Enseñanza Primaria y Contribución Inmobiliaria. 7) Que el saldo de precio deberá ser consignado el mejor postor en el plazo de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las Ferias Judiciales ni por Semana de Turismo. Dicha cancelación deberá realizarse y documentarse de acuerdo a lo establecido en el artículo 40 de la Ley 19.210 y su Decreto Reglamentario. 8) Que el mejor postor deberá dar cumplimiento en todo lo que refiere a las Leyes 19.210 y 19.478, Decretos Reglamentarios 351/2017 y 132/2018, todas en materia de Inclusión Financiera, asi como lo que pueda corresponder en cuanto a la previsión de la Ley 19.574. 9) Que en la Sede se encuentran depositados los antecedentes dominiales originales de los bienes cuya ejecución se pretende, por lo que el remate de estos se efectuara en las condiciones que resultan del expediente, documentación y certificados registrales presentados oportunamente por el ejecutante en autos, los que podrán ser examinados en esta Sede por los Interesados, Pasaje de los Derechos Humanos 1309 Piso 2º. Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones en Montevideo, a los 25 días del mes de octubre de 2018.

INFORMES:

29164731 – 099151883

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