REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S
UNIÓN
Tres inmuebles linderos con frente a 2 calles. Vera 2688-90 y 2694 y Villa de Moros 2703.
MIÉRCOLES 11 DE SETIEMBRE A LAS 14:30 HORAS EN A.N.R.T.C.I. – AV. URUGUAY 826 – MONTEVIDEO
A METROS DE AV. 8 DE OCTUBRE
SE REMATAN POR SEPARADO
VERA 2688 y 90: Padrón 62.794 – área 597 m² 79 dm² – edificada 1238 m²
VERA 2684: Padrón 62.795 – área 327 m² 51 dm² – edificada 234 m²
CAPITÁN VILLA DE MOROS 2703: Padrón 426.370 – área 924 m² 71 dm² – edificada 769 m²
SE PUEDEN VISITAR
SEÑA 30% – COMISIÓN 3,66% TODO en el ACTO
Servicio Bombonería Suiza
EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 15° Turno, dictada en autos: “BANCO DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY c/ WELCOLAN S.A. – EJECUCIÓN HIPOTECARIA” IUE 2-54094/2017, EDICTO. Por disposición del Señor Juez Letrado de Primera Instancia en lo Civil de Decimo Quinto turno, dictada en autos ” BANCO DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY c/ WELCOLAN S.A. ” Ejecución Hipotecaria, IUE 2-54094/2017, se hace saber que el próximo 11 de setiembre a las 14 y 30 horas en la Asociación de Rematadores, Uruguay 826, se procederá por intermedio del martillero ENRIQUE STAJANO, matricula 3648 Ruc.211761230015, en diligencia presidida por el Señor Alguacil de la Sede, a la venta en subasta publica, sin base, al mejor postor y en dólares estadounidenses, de los siguientes inmuebles: I) Fracción de terreno con construcciones y demás mejoras que le acceden, sito en la antes 10ª. Sec. Judicial de Montevideo, Localidad Catastral Montevideo, zona urbana, padrón No. 62794, que según el plano de mensura y reparcelamiento del Agr. Horacio Luis Rebuffel, inscripto en Catastro el 1°/10/1970, con el No. 64421, se forma con las fracciones 2 y A, y tiene una superficie total de 597 mts.79 dcms. que por ser contiguas se deslindan en conjunto: 10 mts. 74 cms.de frente al Suroeste a la calle Vera distando su punto medio mas próximo 85 mts. 41 cms. de la esquina formada con calle Restauración; al Noroeste tres tramos rectos que miden 30 mts. 38 cms., 10 mts. 76 cms. y 12 mts. 65 cms., lindando las dos primeras con fracción 1 del mismo plano hoy padrón 62795 y la ultima con propiedad padrón 62796; al Noreste 21 mts. 47 cms. lindando con propiedades padrón 62777 y 62778 y al SurEste 42 mts. 98 cms. lindando con propiedad padrón 62793. II) Fracción de terreno con construcciones y demás mejoras sito en la antes 10ª.Sec.Judicial de Montevideo, Localidad Catastral Montevideo, zona urbana, padrón 62795, que según plano de mensura y reparcelamiento anteriormente descripto, se señala con el No. 1 y tiene una superficie de 327 mts.51 dcms., con 10 mts.83 cms. de frente al SurOeste a la calle Vera distando el punto mas próximo 96 mts. 15 cms. de la esquina formada con calle Restauracion, 30 mts.30 cms. al Noroeste lindando con propiedad padrón 62796 ; 10 mts. 76 cms. al Noreste lindando con fracción A del mismo plano hoy padrón 62794 y al Sureste, 30 mts. 38 cms. lindando con fracción 2 del mismo plano, padrón 62794. III) Fraccion de terreno con el edificio y mejoras que le acceden, localidad catastral Montevideo, zona urbana, padrón 426370, que según el plano de mensura y fusión del Ing. Agr.Jose Calvo Rojo,del 20.2.2012, inscripto en Catastro el 20.4.2012, con el No. 44928, tiene una superficie de 924 mts. 71 dcms., con 21 mts. 48 cms.al Noreste de frente a la calle Capitan Villa de Moros, entres las calles Restauración y Avda. 8 de Octubre,distando su extremo más próximo 85 mts. 69 cms.de la esquina formada con calle Restauracion; 43 mts. al Sureste linda con padrón 62769; 21 mts. 48 cms. al Suroeste, linda con padrones 62794 y 62795 y 43 mts. 10 cms. al Noroeste linda con padrón 62776. SE PREVIENE: 1) Que el mejor postor deberá consignar el 30% de su oferta en el acto de serle aceptada la misma por concepto de seña con los medios de pago autorizados por la ley 19210 y sus modificativas,y si el precio total de lo rematado superare las UI 40000 (unidades indexadas cuarenta mil) se hará efectivo mediante letra de cambio cruzada, cheque certificado cruzado no a la orden y a nombre del rematador o transferencia electrónica de una entidad bancaria de plaza cumpliendo asi con lo dispuesto por las leyes 19210 y 19478 y sus decretos reglamentarios, debiendo consignar el saldo dentro de los veinte días corridos, contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por la semana de turismo. 2) Serán de cargo del adquirente los gastos de escritura, impuestos y demás que la ley pone a su cargo, así como la comisión del martillero 3% más IVA. 3) Sera de cargo del expediente el 1% mas iva por concepto de comisión sobre venta. 4) Existen deudas por concepto de Contribución Inmobiliaria, Enseñanza Primaria (únicos rubro a imputarse al precio, hasta la fecha de la subasta, asi como el ITP de parte vendedora), Tributos Domiciliarios, Tasa General Municipal, y por el padrón 62794, deuda por Adicional Mercantil. 5) Se desconoce la situación ocupacional del bien y si existen deudas frente al B.P.S y la I.M.M. por construcciones. 6) No se dio cumplimiento al art. 178 ley 17296. 7) Los bienes se rematan en las condiciones que surgen del expediente, la documentación agregada y los certificados registrales. 8) Toda la documentación relativa a este juicio, se encuentra de manifiesto en la Oficina Actuaria del Juzgado, Palacio de los Tribunales, en Pasaje de los Derecho Humanos 1309 piso 1°., a disposición de los interesados. Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones.
Montevideo, 05 de agosto de 2019
SUSANA del CARMEN FERNANDEZ VILA, Actuario Adjunto.
INFORMES:
ENRIQUE STAJANO PEREIRA
stajanoe@gmail.com
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Tels. 26199465