Unidad P.H. en Dr. Alejandro Beisso 1637

REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S
JUEVES 30 DE MAYO 15:30 HORAS
En A.N.R.T.C.I. – AV. URUGUAY 826 – MONTEVIDEO

Dr. ALEJANDRO BEISSO 1637
Acceso únicamente por el portón de garaje

UNIDAD DE PH 001 (PADRÓN 21381/001)
CON UN ÁREA PROPIA DE 377,20 m²

(Según título)

FORMADA A SU VEZ POR:

– 1 CASA en PB (con 2 ventanas al frente) = 97 m²

– 4 APARTAMENTOS en PB = 78 m², 58 m² (se desarrolla en PB y PA), 43 m² y 31 m².

– 1 APARTAMENTO en PA = 32 m²

– 1 LOCAL en PB (con ventana al frente) = 22 m²

– 1 LOCAL en PB = 7 m²

Nota: todas las medidas son aproximadas.


EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 8º Turno, dictada en autos: “BERENGUER, JORGE c/ BAROFFIO, ALDO – EJECUCIÓN DE HIPOTECA” IUE 2-14169/2022, se hace saber que el jueves 30 de mayo de 2024 a la hora 15:30 en el local de ANRTCI, Av. Uruguay 826, el Rematador Francisco Olascoaga, Mat. 4986, RUT 211630610019, sacará a remate público, en dólares estadounidenses, sin base y al mejor postor, en acto presidido por el Oficial Alguacil de la Sede, el siguiente bien inmueble: UNIDAD DE PROPIEDAD HORIZONTAL 001, regida por el régimen de la Ley 10.751 y Decreto-Ley 14.261, que forma parte del edificio construido en el terreno sito en la ex sexta sección judicial del Departamento de Montevideo, zona urbana de la Localidad Catastral Montevideo, empadronado con el número 21.381, el que según plano de mensura y fraccionamiento del Ingeniero Agrimensor Dante Prato Rocca de julio de 1997, inscripto en la Dirección Nacional de Catastro con el número 29.656 el 17 de noviembre siguiente, tiene una superficie de 531,04 metros, con 16,38 metros de frente al noreste a la calle Dr. Alejandro Beisso, entre la Avda. 18 de Julio y la calle Colonia, distando el punto más próximo de dicho frente 25,66 metros de la esquina con la calle Colonia. Dicha unidad, conforme al referido plano, está empadronada individualmente con el número VEINTIÚN MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y UNO BARRA CERO CERO UNO (21.381/001), y se ubica: a) “casa parte A 001”, en planta baja a cota más 0 metro 17 centímetros, superficie doscientos ochenta y cuatro metros treinta y un decímetros (284,31 metros); b) “casa parte B 001”, en planta baja a cota más 0 metro 18 centímetros, superficie treinta metros veintitrés decímetros (30 metros 23 decímetros); c) “casa parte C 001”, en primer piso a cota más 3 metros 03 centímetros, superficie treinta metros ocho decímetros (30,08 metros) y d) “casa parte D 001”, en primer piso a cota más 2 metros 70 centímetros, superficie treinta y dos metros cincuenta y ocho decímetros (32,58 metros), siendo la superficie total TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE METROS CON VEINTE DECÍMETROS (377,20 metros). Le corresponde el uso exclusivo de sótano ASS1, pasaje cubierto C, patio D, patio E, patio F, azotea A1, azotea C2 y techo D2. SE PREVIENE QUE: 1) El mejor postor deberá consignar acto seguido a la bajada de martillo, el 30% de su oferta en calidad de seña, más la comisión del rematador del 3,66% sobre el precio (incluye el IVA del 22%). 2) El expediente pagará al rematador, en concepto de comisión el 1,22% (incluye el IVA del 22%), más los gastos de publicidad y otros que se efectuaren. 3) Se desconoce el estado ocupacional del bien en la actualidad. 4) Se desconoce la existencia de deudas de construcción ante el BPS e Intendencia de Montevideo. 5) El bien posee deudas por concepto de contribución inmobiliaria e impuesto de enseñanza primaria. 6) Se desconoce la situación respecto a gastos comunes. 7) La seña deberá consignarse por cualquiera de los medios de pago previstos por la Ley de Inclusión Financiera, modificativas y decretos reglamentarios. 8) Solamente podrán ser imputados al precio los tributos necesarios para la escrituración hasta el momento del remate y en el caso de existir cuentas en juicio, solo se podrá descontar el monto del tributo y no los honorarios judiciales que se originaren, los cuales serán asumidos por quien resultare mejor postor en el remate. 9) El plazo para consignar el saldo de precio es de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá ni por las ferias judiciales, ni semana de turismo. La cancelación deberá realizarse y documentarse de acuerdo a la Ley 19210, modificativas y decretos reglamentarios. 10) Quien resulte mejor postor en el remate deberá tramitar, previamente a la escrituración del bien, ante la Intendencia correspondiente, el certificado referente al derecho de preferencia previsto por el Art. 66 de la Ley 18.308. 11) En el caso de no encontrarse vigente la Caracterización Urbana, será de cargo del mejor postor la realización del trámite de acuerdo al artículo 178 de la Ley 17.296. 11) La subasta se realiza en las condiciones que surgen del expediente, información registral y documentación agregada, la que se encuentra a disposición de los interesados en la Oficina del Juzgado, sito en el Palacio de los Tribunales, Pasaje de los Derechos Humanos 1309, primer piso de la ciudad de Montevideo. 12) Surge del Certificado expedido por el Registro de la Propiedad Sección Inmobiliaria de Montevideo con el Nº 2901948 el 29/04/2024, la inscripción Nº 31467 de fecha 10/08/2023 en referencia a una demanda de acción simulatoria, cuyo objeto es el bien que se pretende rematar en autos, expediente caratulado “GUERRA CELANO, ANA C/BAROFFIO RAÚL, OTROS” IUE 2-67151/2023, tramitado ante el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Civil de 17º Turno. Y a los efectos legales se realiza esta única publicación. SE DEJA CONSTANCIA QUE SE EXPIDE EL PRESENTE EJEMPLAR TENIENDO A LA VISTA LOS SIGUIENTES CERTIFICADOS: REGISSTRO DE LA PROPIEDAD SECCIÓN INMOBILIARIA DE MONTEVIDEO Nº 2901948 DEL 29/04/2024 Y DEL REGISTRO NACIONAL DE ACTOS PERSONALES Y DE PRENDAS Nº 2646679 DEL 08/08/2023, AMPLIADO AL 29/04/2024. Montevideo, 14 de mayo de 2024. YIOVANA DANIELA GORDILLO COSTA, Actuario Adjunto.

INFORMES:
FRANCISCO JAVIER OLASCOAGA DUPLESSIS
[email protected]
Cel. 099255757-099693579