Tres inmuebles en Villa Española

REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S
JUEVES 30 DE MARZO 14:30 HORAS
En PAYSANDÚ 896
MONTEVIDEO

TRES INMUEBLES EN VILLA ESPAÑOLA

Atención Inversionistas

Padrón 72678: Apóstoles 3698 esq. Himalaya 2949 y demás const.

– Área total: 261 m² 50 dm².
– Construidos: 101 m². Según Catastro.

Padrón 98604: Coruña 2877 entre San Antonio y Juan Francisco Martínez.

– Área total: 193 m² 5327 cm².
– Construidos: 70 m². Según Catastro.

Padrón 98605: Coruña 2879/2881 entre San Antonio y Juan Francisco Martínez.

– Área total: 193 m² 27 dm².
– Construidos: 95 m². Según Catastro.

SE REMATAN POR SEPARADO

Seña 30% – Comisión e IVA 3,66%
en el acto por medios autorizados

EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 8º Turno, dictada en autos: “BINDER, PHILIP y otro c/ GONZALEZ GONZALEZ, RICARDO y otro – EJECUCIÓN HIPOTECARIA.” IUE 2-52710/2021, se hace saber que el próximo 30 de marzo a las 14 y 30 horas, en el local sito en Paysandú 896, el Martillero Carlos Abdala Souto, matrícula 4234, RUT 211750130014, en acto presidido por el Señor Alguacil del Juzgado se procederá al remate público, por separado, sin base y al mejor postor, en dólares estadounidenses, de los siguientes bienes inmuebles: I) Solar con construcciones y demás mejoras que le acceden, ubicado en el departamento de Montevideo, localidad catastral Montevideo, zona urbana, empadronado con el número NOVENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS CUATRO, (Padrón 98.604), el que según plano de mensura del Ingeniero Agrimensor Enrique Raffaele, de marzo de 1974, inscripto en la Dirección General de Catastro Nacional, con el número 74.104, conforme al cual tienen una superficie de ciento noventa y tres metros cinco mil trescientos veintisiete centímetros, (superficie 193 metros 5.327 centímetros), con un frente de 8 metros con 59 centímetros al NORESTE a la calle Coruña, distando el punto extremo 25 metros 76 centímetros a la calle San Antonio; al SURESTE 22 metros 53 centímetros lindando con los padrones 97.701, 90.603 y parte del 98.602; al SUROESTE 8 metros 59 centímetros lindando con parte del padrón 97.707; y al NOROESTE 22 metros con 53 centímetros lindando con el padrón 98.705. II) Solar de terreno con construcciones y demás mejoras que le acceden , ubicado en el departamento de Montevideo, localidad catastral Montevideo, zona urbana, empadronado con el número NOVENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS CINCO, (Padrón 98.605), el que se señala con el número 18 de la manzana 20, en el plano del mensura del Ingeniero Agrimensor Raul Conde, de julio de 1929, inscripto en la Dirección de Topografía del Ministerio de Obras Públicas con fecha 15/8/1929, según el cual consta de una superficie de ciento noventa y tres metros con veintisiete decímetros , (193 metros con 27 decímetros), y se deslinda así: al NORESTE 8,59 metros de frente a la calles Comercio, entre las calles Juan Francisco Martínez y San Antonio, distando su punto extremo 30 metros 06 centímetros metros de la esquina con la calle San Antonio; 22 metros 59 centímetros al fondo lindando al SURESTE con la sucesión de Mario Errecalt Padrón Nº 98602, 8 metros 59 centímetros al SUROESTE con parte del padrón señalado como Señor Moalli 22 metros 50 centímetros al Noroeste lindando con el solar 19 del mismo plano III) Terreno con construcciones y demás mejoras que le acceden, ubicado en el departamento de Montevideo, localidad catastral Montevideo, zona urbana, padrón SETENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y OCHO, Padrón 72.678), el que de acuerdo al plano de mensura del Ingeniero Agrimensor Pablo Asuaga Freire de noviembre de 1998, inscripto en la Dirección General de Catastro Nacional con el número 31.079, el 4 de diciembre de 1998, tiene una superficie de doscientos sesenta y un metros con cincuenta decímetros, y se deslinda así: Al NOROESTE 12,26 METROS de frente a la calle Apóstoles, al NORESTE 21,34 METROS también de frente por ser esquina a la calle Himalaya; al SURESTE12, 20 metros lindando con el padrón 156.897; y al SUROESTE 21, 41 metros lindando con padrón 72.667. Se previene: I) Que el mejor postor deberá consignar el 30% de su oferta en el momento de serle aceptada, más la comisión del Rematador más I.V.A., o sea 3,66% del precio de remate; debiendo consignar el saldo de precio en un plazo de veinte días corridos a partir del día siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate, plazo que no se interrumpirá por las Ferias Judiciales, ni por Semana de Turismo. II) Que tanto la seña como el saldo de precio deberán hacerse efectivos, si el precio total de la rematado superare las UI 1:000.000, (Unidades Indexadas un millón), mediante cualquiera de los medios de pago previstos por las leyes números 19.210 y 19.478, sus decretos reglamentarios, y la Ley 19.889. III) Que también serán de cargo del mejor postor los gastos de escrituración y demás que la Ley pone a cargo del comprador. IV) Que se desconoce el estado ocupacional de los bienes en la actualidad. V) Se desconoce la existencia de deudas de construcciones ante el B.P.S. o ante la Intendencia de Montevideo. VI) Existe deuda por Contribución Inmobiliaria, e Impuesto de Enseñanza Primaria por todos los padrones. VII) Que sólo podrán ser imputados al precio los tributos necesarios para la escrituración hasta el momento del remate, en el caso de existir cuentas en juicio sólo se podrá descontar el monto del tributo, y no los honorarios judiciales que se originaren, los cuales serán asumidos por quien resultare mejor postor el remate. mientras que I.T.P. e I.R.P.F. si correspondiere, se reintegrarán luego de otorgada la respectiva escritura. VIII) Quien resultare mejor postor en el remate deberá tramitar previamente a la escrituración de los bienes ante la Intendencia de Montevideo, el certificado referente al derecho de preferencia previsto por el artículo 66 de la Ley 18.308. IX) En caso de no encontrarse vigente la caracterización urbana, será de cargo del mejor postor la realización de trámite de acuerdo al art. 178 de la Ley 17.296. X) Surge de la cláusula sexta del contrato de hipoteca que los inmuebles se encuentran arrendados, habiéndose pactado ceder los importes de los los arrendamientos al acreedor. XI) Que será de cargo del demandado la comisión de venta más I.V.A., o sea 1,22% del precio de remate. XII) Que el inmueble se vende en el estado de conservación, y situación jurídica en que se hallare a la fecha de la subasta, todo en las condiciones que surgen del expediente, de los títulos, antecedentes, información registral, y documentación agregada, lo que se encuentra a disposición de los interesados en la Oficina del Juzgado, sito en Pasaje de los Derechos Humanos 1309, primer piso, de la ciudad de Montevideo, siendo de su cargo toda averiguación complementaria. Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones. SE DEJA CONSTANCIA QUE SE EXPIDE EL PRESENTE EJEMPLAR TENIENDO A LA VISTA LOS SIGUIENTES CERTIFICADOS: REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE MONTEVIDEO Nº 2460565, DEL REGISTRO NACIONAL DE ACTOS PERSONALES Nos.2460558, 2460504, 2460450 y del REGISTRO DE PRENDAS Nº 2460476 TODOS AMPLIADOS AL 1 DE FEBRERO DE 2023.-
Montevideo, 13 de febrero de 2023
YIOVANA DANIELA GORDILLO COSTA, Actuario Adjunto

INFORMES:
CARLOS EDUARDO ABDALA SOUTO
[email protected]
Tels. 2916 6391 Cel. 094436573