REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S JUEVES 25 DE JUNIO 14:30 HORAS En PROF. GERVASIO CRESPO 587 CLUB DE LEONES EN LAS PIEDRAS
3 CASAS EN UN SOLO PADRÓN EN LA PAZ
Padrón Nº 3783 Sito en José María Bonino y Sebastián de León
Sup. total 493 m²
Área edificada 218 m² (según Catastro).
Antecedentes: Juzgado Letrado de Las Piedras 4to. Turno IUE 2-62811/2024
Condiciones: Seña 30% Comisión e impuestos 3.66% en Letra de Cambio o Transferencia.
EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Las Piedras de 4° Turno, dictada en autos: “OLIVERA CAMEJO, HUGO c/ OLIVERA CAMEJO, MARIA – CESACION DE CONDOMINIO DE ORIGEN CONTRACTUAL (ART. 370 CGP)HOY: EJECUCIÓN DE SENTENCIA” IUE 2-62811/2024, se hace saber al público que el próximo día 25 de junio del 2026, a las 14:30 horas, en el local sito en Prof. Gervasio Crespo N°587 esquina Avenida Artigas de la ciudad de Las Piedras (Club de Leones de Las Piedras), se procederá por intermedio del martillero Walter Imbert Blanco, Mat. 5368 – RUT – 080099060017, asistido del Sr. Oficial Alguacil de la Sede, a la venta en pública subasta, sin base, al mejor postor y en dólares americanos, del siguiente bien inmueble: Solar con las construcciones y demás mejoras que le acceden, sito en la localidad catastral La Paz, Departamento de Canelones zona urbana, empadronado con el número tres mil setecientos ochenta y tres (3783), el que según plano de mensura de los Ingenieros Agrimensores Giuliano Rossi y Jimena Operti, inscripto en la Dirección Nacional de Catastro oficina delegada de Canelones el 12/12/2023 con el número 17422 tiene una superficie de 493 metros 18 decímetros (493 m 18 dm) y se deslinda así: 6 metros de frente al Norte hacia calle José María Bonino; 22 metros 14 centímetros al este también de frente por ser esquina, hacia calle Sebastián de León, unidos ambos frentes por ochava curva de 15 metros 71 centímetros al Noreste; 16 metros al Sur lindando con el padrón N°5044 y 32 metros 19 centímetros al Oeste lindando con el padrón N°3782 todos del mismo plano. SE PREVIENE: I) Que el mejor postor deberá consignar el 30% de su oferta, en carácter de seña, en el acto de serle aceptada su postura, así como la comisión del Rematador a cargo del comprador, será del 3% más IVA (3.66%) sobre la venta. Dicho pago deberá realizarse en el acto y si el precio total de lo rematado superare UI 1.000.000 (unidades indexadas un millón), se hará efectivo mediante letra de cambio, cheque certificado o transferencia electrónica de una entidad bancaria a otra de plaza, de conformidad con la normativa vigente Ley N°19210, N°19889 y decretos reglamentarios. II) Serán de cargo del expediente la comisión del Rematador, o sea 1% más IVA (1.22%), así como los gastos originados por el mismo y el 1% del impuesto departamental sobre el precio de remate, Ley 12700. El plazo para consignar el saldo de precio es de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá ni por las ferias judiciales ni semana de turismo. La cancelación deberá realizarse de acuerdo con Ley N°19210, N°19889 y decretos reglamentarios. III) Se desconoce si existen adeudos por conceptos de contribución inmobiliaria e impuesto de primaria, los que se podrán descontar hasta la fecha de escrituración. IV) Que se desconoce la regularidad de las construcciones existentes en el inmueble, así como el estado de conservación, la situación ocupacional del mismo y la situación contributiva ante el B.P.S. y a la I. M. de Canelones. V) Los gastos de escrituración y todos aquellos que la ley pone de su cargo serán asumidos por el adquirente. VI) El inmueble se remata en las condiciones jurídicas y materiales que surgen del expediente, los certificados registrales y la documentación agregada, la que se encuentra a disposición de los interesados en la oficina de la sede en José Batlle y Ordoñez N°674, Las Piedras. Las Piedras, 05 de junio de 2026 – NÉLIDA BEATRIZ HERNÁNDEZ VIDELA, Actuario
INFORMES: WALTER IMBERT BLANCO wibremate@hotmail.com Cel. 099 625 988