Terreno con mejoras sobre Ruta Interbalnearia en Marindia – Canelones

REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S
MIÉRCOLES 8 DE MAYO 14:30 HORAS
En A.N.R.T.C.I. – AV. URUGUAY 826 – MONTEVIDEO

MARINDIA – CANELONES

TERRENO CON MEJORAS
SOBRE RUTA INTERBALNEARIA KM 41

Padrón Nº 619

Superficie 875 m²

Edificada 133 m²

Seña 30% – Com. e Imp. 3% más IVA en el acto

EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 6º Turno, dictada en autos: “INVESTIMENTO SAS c/ FIDOCARO CADOPPI, GUSTAVO – EJECUCIÓN DE HIPOTECA – ” I U E 2-33159/2021, Se hace saber que el próximo 8 de Mayo a las 14:30 horas en el local de la ANRTCI sito en Av. Uruguay 826. Se procederá por intermedio del martillero Mario MOLINA ALONSO mat. 5148 rut 213005240012, asistido de la señora alguacil a la venta en pública subasta, sin base en dólares estadounidenses y al mejor postor, del siguiente bien inmueble: solar de terreno con sus construcciones y demás mejoras que le acceden, sito en la localidad catastral Marindia, Departamento de Canelones, zona suburbana, empadronado con el numero 619, señalado como solar numero 12 de la manzana 39, en el plano del Agrimensor Héctor Carlomagno de Octubre de 1950, inscripto en la Dirección General de Catastro con el numero 6208 el 13 de Febrero de 1951, según el cual consta de una superficie de 875 metros , que se deslindan así: 17 metros 50 centímetros de frente al Noroeste a Ruta Interbalnearia; 50 metros 74 centímetros al Noreste limitando con solar numero 13, 47 metros 50 centímetros al Sureste lindando con solar numero 19 y 19 metros 50 centímetros al Suroeste lindando con solar numero 11, todos del mismo plano. SE PREVIENE: 1- Que el mejor postor deberá consignar 30% del porcentaje de su oferta, en carácter de seña, en el acto de serle aceptada la postura así como la comisión del rematador 3% más IVA. Dicho pago deberá realizarse en el acto de serle aceptada la postura, LO QUE PODRA HACER MEDIANTE CUALQUIER MEDIO DE PAGO HASTA EL EQUIVALENTE A LA SUMA DE LA u.i 1.000.000 (unidades indexadas un millón) TODO PAGO EN EXCESO DE DICHO MONTO deberá abonarse mediante letra de cambio, cheque certificado o transferencia electrónica de una entidad bancaria de plaza, cumpliendo así con lo dispuesto por las Leyes números 19.210, 19.478 y 19.889 y sus decretos reglamentarios. 2- Que serán de cargo del expediente la comisión del rematador o sea 1% más iva, así como los gastos originados por el mismo y el 1% del impuesto departamental sobre el precio del remate. 3- El Remate se efectúa en las condiciones que resultan del expediente, de la documentación agregada y de la información registral adjunta. 4- Se agrego cedula catastral que no cumple con el artículo 178 de la Ley 17.296. 5- La caracterización urbana deberá estar vigente al momento de otorgarse la escritura judicial. 6- Existe deuda de contribución inmobiliaria y deuda por impuesto de primaria. 7- Los únicos rubros imputables al precio hasta la fecha del remate son la contribución inmobiliaria y el impuesto de primaria. 8- Se desconoce la existencia de deudas con BPS por construcciones, el estado de conservación y el estado ocupacional del bien. 9- Se desconocen si la Intendencia de Canelones hará uso del derecho de preferencia (articulo 66 ley 18.308). 10- El mejor postor deberá consignar el saldo de precio en un plazo de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate que no s e interrumpirá por las Ferias Judiciales ni por semana de turismo teniendo presente que deberá resguardar los medios de pago (previsto por la ley 19.210, decretos reglamentarios y ley 19.889) con las cuales deposita el saldo de precio a la orden de la Sede y bajo el rubro de autos.- 11- Los mencionados títulos y documentación se encuentra en la Sede de Juzgado Ldo. en lo Civil de 6º T, sito en Pasaje de los Derechos Humanos número 1309 1º piso. Montevideo, 11 de abril de 2024. ADRIANA JACQUELINE FALCON DEMETRIUK, Actuario Adjunto.

INFORMES:
MARIO SANTIAGO MOLINA ALONSO
[email protected]
www.estudiomolina.uy
Tels. 099 634 318