Solar en Las Toscas

REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S

SOLAR EN LAS TOSCAS, AL SUR

JUEVES 1 DE NOVIEMBRE A LAS 15:30 HORAS EN URUGUAY 826 (ANRTCI, MONTEVIDEO)

Con frente a calle Nº 5
entre calles E y F
A 8 cuadras de la costa del Río de la Plata

Padrón 1.632 – Superficie aproximada 628 m²

EDICTO: Por disposición del Señor Juez Letrado de Primera Instancia en lo Civil de Cuarto Turno, dictada en autos caratulados BENTANCORT FERREIRA, ALVARO C/ ACEVEDO PEREZ NATALIA. EJECUCION DE HIPOTECA, IUE 2-44269/2017, se hace saber que el próximo 1° de noviembre del 2018 a las 15:30 horas, en el local de ANRTCI, AV. Uruguay 826, el martillero Rodrigo Abasolo Matrícula 5481, RUT 214748820011 asistido de la Señora Alguacil de la Sede, procederá a la venta en remate público, en dólares estadounidenses, sin base, al mejor postor, del siguiente bien inmueble: solar de terreno baldío y demás mejoras que le acceden, ubicado en la Séptima Sección Judicial de Canelones, Localidad Catastral Las Toscas, empadronado con el numero mil seiscientos treinta y dos (1.632), antes en mayor área con el número 1605, señalado con el número 28 de la manzana “V” en el plano del Agrimensor Uruguay Beca, inscripto en la Dirección de Catastro el 7 de noviembre de 1947, según el cual tiene una superficie de seiscientos veintiocho metros según títulos y se deslinda así: 12 metros 50 centímetros al noroeste de frente a la calle número 5 entre las calles E y F, distando su punto medio 81 metros 25 centímetros de la esquina formada con la calle F; 50 metros al noreste lindando con el solar 27; 12 metros 50 centímetros al sureste por donde linda con el solar 15; y 50 metros al suroeste con la fracción 29.- SE PREVIENE: I) Que el mejor postor deberá consignar en concepto de seña el 30% (treinta por ciento) de su oferta, así como la comisión del Rematador más I.V.A.. Dicho pago deberá realizarse en el acto, y si el precio total de lo rematado superare las U.I. 40.000 (Unidades Indexadas cuarenta mil) se hará efectivo mediante letra de cambio, cheque certificado, o trasferencia electrónica bancaria de plaza, cumpliendo así con lo dispuesto por las leyes 19.210 y 19.478 y sus decretos reglamentarios.- II) Que serán de cargo del comprador los gastos de escrituración, honorarios y certificados.- III) Que será de cargo del expediente la Comisión de venta del Rematador e Iva, o sea el 1,22% del precio del remate y el Impuesto Municipal del 1%.- IV) Que el bien se remata en las condiciones que resultan del expediente, de la información registral y la documentación agregada.- V) Se desconocen el estado ocupacional del bien, de la regularidad de las construcciones existentes en el mismo, y contributiva, especialmente en cuanto refiere a las construcciones, sí las hubiere, así como si existen deudas pendientes por concepto de Contribución Inmobiliaria, Anep, Tributos y Gravámenes Municipales. VI) Que los únicos rubros que corresponde imputar al precio son la Contribución Inmobiliaria y el Impuesto de Primaria a la fecha del remate. VII) Que el mejor pastor deberá depositar el saldo de precio en plazo de 20 días corridos, contados a partir del siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate y que no será interrumpido por la Feria Judicial ni por Semana de Turismo, teniendo presente que deberá resguardar la constancia de los medios de pago (previstos en la Ley 19.120) con los cuales deposita el saldo de precio a la orden de la Sede y bajo el rubro de autos. VIII) Que la documentación relativa al inmueble se encuentra a disposición de los interesados en la Sede, Pasaje de los Derechos Humanos, Segundo Piso. Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones, Montevideo octubre 18 de 2018.- Dra. Esc. FIORELLA MOREIRA MARIÑO, ACTUARIA ADJUNTA.

INFORMES:
RODRIGO ABÁSOLO CABRERA

Tels. 24022165 – 24023638 Cel. 099245222