Solar de terreno esquinero en Punta del Este

REMATE JUDICIAL SIN BASE EN $
LUNES 9 DE OCTUBRE 14 HORAS
En CASA ROSADA EN DODERA Nº 869
ENTRE FLORIDA E ITUZAINGÓ – MALDONADO

SOLAR DE TERRENO
ESQUINERO (ZONA ARCOBALENO)

PUNTA DEL ESTE

Padrón Nº 2884 – 1.581,35 m²

EXCELENTE OPORTUNIDAD

SEÑA 30% DEL PRECIO PESOS URUGUAYOS, más COMISIÓN E IMPUESTOS 3,66%
EN EL ACTO, EFECTIVO, LETRA DE CAMBIO U OTRO medio idóneo,
establecido por la ley No. 19210 y sus modificaciones.

EDICTO: Por disposición del a Sra. JUEZ LETRADO DE 1a. Instancia de 6to. TURNO de MALDONADO, dictado en autos caratulados: “INTENDENCIA DEPARTAMENTAL DE MALDONADO C/REVELLO José, “JUICIO EJECUTIVO” IUE 290-357/2019 se hace saber que el próximo Lunes 09 de Octubre de 2023, a la Hora 14:00, en el Local Casa Rosada, ubicado en la calle José Dodera No. 869, entre Florida e Ituzaingó de la ciudad de Maldonado, por intermedio del martillero Gustavo ALVAREZ ALZUGARAY, matrícula 5722, RUT 100356560011, asistido por la Alguacil del Juzgado, se procederá al Remate Público SIN BASE y en pesos uruguayos: del siguiente bien Inmueble: solar de terreno baldío con construcciones y todas las mejoras que le acceden, sito en la Localidad catastral Punta del Este, departamento de Maldonado, manzana catastral 463, Paraje Cantegril, empadronado con el número 2884 (dos mil ochocientos ochenta y cuatro), el que según plano del Agrimensor Antonio Asuaga, de noviembre de 1946, inscripto en la Oficina Departamental de Catastro de Maldonado con el número 70 el 25 de abril de 1947, se identifica como solar 1 de la manzana 36 y según el cual tiene una superficie de metros 1581,35 (mil quinientos ochenta y un metros treinta y cinco decímetros), que se deslinda así: 35,63 metros de frente al Noroeste a calle 17 metros (hoy calle Juan B. Alberdi) que lo separa de la manzana 37; 43,66 metros al Norte también de frente por ser esquina a calle 17 metros de ancho (hoy J. Suarez) que lo separa de la manzana 38; 36,09 metros al Sureste lindando con solar 2 y 43,64 metros al Suroeste lindando con solar 4.
SE PREVIENE:
1) Que el mejor postor deberá consignar por concepto de seña el 30% (treinta por ciento) de su oferta, en el acto de ser aceptada la misma y en pesos uruguayos debiendo consignar el saldo en un plazo de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por la semana de turismo. Los pagos se deberán realizar cumpliendo lo dispuesto por las leyes Nos. 19210, 19478 y 19989 y sus decretos reglamentarios, en caso de que el monto supere la cantidad de1:000.000 de UI.(Unidades Indexadas).
2) Que serán de cargo del mejor postor los gastos de escrituración, impuestos y demás que la ley pone a su cargo, como así también la comisión del Rematador más IVA, o sea el 3,66% en el Acto.
3) Que serán de cargo del Expediente el 2,22% correspondiente a Comisión e Impuestos.
4) El remate se efectúa en las condiciones que resultan del expediente, documentación testimonio por exhibición.
5) Se desconoce el estado de ocupación del bien.
6) Se aplicará el artículo 387.2 literal h “in fine” del C.G.P. a efectos de imputación de los rubros como parte del precio del Remate, requiriendo para cualquier otra imputación, autorización Judicial.
Y a los efectos legales se realiza una Publicación en el Diario Oficial y Diario Local.
Maldonado, de Agosto de 2023.

INFORMES:
GUSTAVO ALVAREZ ALZUGARAY
[email protected]
Cel. 099 817621