Soberbio campo compuesto por tres padrones con excelentes instalaciones en Paysandú ¡¡¡SUSPENDIDO!!!

¡¡¡SUSPENDIDO!!!

JUDICIAL SIN BASE EN DÓLARES

SOBERBIO CAMPO COMPUESTO POR TRES PADRONES CON EXCELENTES INSTALACIONES
EN PAYSANDÚ, PARAJE TIERRAS COLORADAS, CON COSTAS SOBRE EL RÍO DAYMÁN

JUEVES 25 DE ABRIL – 14:30 HRS. EN SALÓN MATISSE, 4° PISO DEL RADISSON MONTEVIDEO VICTORIA PLAZA HOTEL, PLAZA INDEPENDENCIA 759 MONTEVIDEO

Se accede fácilmente por camino en excelente estado de 9 kmts. (hacia el norte) que sale al kilometro 117, 500 de la ruta 26 y termina en el campo.

Padrones: 9360 9361 9362
Áreas: 1.101 hás 1.677 hás 662 hás.
9.401 mts. 6.469 mts. 6.908 mts.
Total 3.442 hectáreas, 2.778 mts.
Indice de Productividad según catastro 92.

Cuenta con: Preciosa casa principal, excelentes instalaciones para personal, galpón de grandes dimensiones, mangas, y tanque australiano

EXCEPCIONAL SUBASTA
TODO EN UN LOTE

Antecedentes: Juzgado Ltdo. de 1era Instancia en lo Civil de 2do turno, Pasaje de los Derechos Humanos 1309 3er piso. Ficha IUE 2-36057/2017
Seña 20 % más comisión e iva 3,66% en el acto y por los medios establecidos por Ley 19.210 y 19.478 y decretos reglamentarios 351/2017 y 132/2018, y Ley 19.574 en lo que pueda corresponder.

EDICTO:  Por disposición de la Señora Juez Letrado de Primera Instancia en lo Civil de Segundo Turno, en autos caratulados: “Luis Omar Macció c/ Costas del Daymán S.A.; Ejecución de hipoteca; ficha 2-36057/2017”; se hace saber que el próximo 25 de abril a las 14 y 30 horas, en el Salón Matisse, del cuarto piso del Radisson Montevideo Victoria Plaza Hotel, sito en Plaza Independencia No. 759, Montevideo; el Martillero Carlos Abdala Souto, matrícula 4234, RUT 211750130014, asistido por la Señora Alguacil del Juzgado que presidirá la subasta, procederá al remate público, sin base y al mejor postor, en dólares estadounidenses, de: Tres fracciones de campo con las mejoras que les acceden, sitas todas en la Décima Sección Catastral de Paysandú, zona rural, paraje “Tierras Coloradas”, empadronadas con los números NUEVE MIL TRESCIENTOS SESENTA, NUEVE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y UNO, Y NUEVE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y DOS, (9360, 9361, Y 9362), antes empadronadas en conjunto con el número 1272 en mayor área, señaladas respectivamente como fracciones DOS, TRES, CUATRO en el plano de mensura y fraccionamiento del Agrimensor Roberto Benelli, inscripto en la Dirección Nacional de Catastro, Oficina Delegada de Paysandú el 24 de setiembre de 1997 con el número 9576, tienen unas superficies respectivas de: mil ciento una hectáreas nueve mil cuatrocientos un metros, mil seiscientas setenta y siete hectáreas, seis mil cuatrocientos sesenta y nueve metros, y seiscientas sesenta y dos hectáreas seis mil novecientos ocho metros, (1101 hás 9401 mts., 1677 hás 6469 mts., y 662 hás 6908 mts.), y se deslindan asi: PADRON 9.360, FRACCION 2: al Sureste 2 rectas que miden 2551,88 metros y 466,25 metros y lindan con parte del padrón 7507 la primera y ambas con la fracción 1 del mismo plano; al Suroeste 4 rectas que miden 1047,34 metros, 766,60 metros, 2468, 74 metros, y 731,66 metros, lindando las dos primeras con la fracción 4 y las dos últimas con la fracción 3, ambas fracciones del mismo plano; al Norte el Río Daymán; y al Noreste recta de 1742,57 metros linda con parte del padrón 1271. Esta fracción soporta servidumbre legal de paso a favor de las fracciones 3 y 4 en el límite orientado al Suroeste. PADRON 9.361, FRACCION 3: al Sureste 3 rectas que miden 2641,96 metros, 272,44 metros, y 621,36 metros, lindando todas con la fracción 4 del mismo plano; al Suroeste el Arroyo de las Tunas que la separa de los padrones 7977, 1275, y 1230; al Norte el Río Daymán; y al Noreste 2 rectas de 731,66 metros y 2468,74 metros lindando con parte de la fracción 2 del mismo plano. PADRON 9.362, FRACCION 4: al Noreste 2 rectas que miden 766,60 metros y 1047,34 metros, lindando con la fracción 2 del mismo plano, servidumbre de paso por medio; al Sureste recta de 1754,25 metros, linda con parte del padrón 7507; al Suroeste el Arroyo de las Tunas que la separa de los padrones 1273 parte, 5204, y parte del 7977; y al Noroeste 3 rectas que miden 621,36 metros, 272,44 metros, y 2641,96 metros, lindando todas con la fracción 3 antes deslindada.
Se previene: I) Que el mejor postor deberá consignar el 20% de su oferta en el momento de serle aceptada, más la comisión de compra del Rematador más I.V.A., o sea 3,66% del precio de remate, debiendo consignar el saldo de precio en un plazo de veinte días corridos a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate, plazo que no se interrumpirá por las Ferias Judiciales, ni por Semana de Turismo.
II) Que el mejor postor deberá de dar cumplimiento en todo lo que refiere a las Leyes Nos. 19.210 y 19.478, Decretos Reglamentarios 351/2017, 132/2018, todas en materia de Inclusión Financiera, así como lo que pueda corresponder en cuanto a las previsiones de la Ley 19.574.
III) Que también serán de cargo del mejor postor los gastos de escrituración y demás que la Ley pone a su cargo.
IV) Que se desconoce el estado ocupacional de los inmuebles, así como también si en los mismos existen explotaciones agropecuarias y/o arrendamientos vigentes.
V) Que los padrones 9360 y 9362, según certificados del 24/5/2018 del INC, son linderos del padrón No. 9359 que se encuentra comprendido en el régimen de las Leyes 11029, 18187, 18756, y 19577, y decretos reglamentarios.
VI) Que de existir deudas por aportes al BPS por las construcciones existentes, las mismas serán de cargo del mejor postor.
VII) Que se desconoce la existencia de deudas por tributos nacionales y/o municipales; siendo los únicos rubros imputables al precio de la subasta: Contribución Inmobiliaria, Impuesto de Enseñanza Primaria, y el 2% correspondiente al vendedor por ITP.
VIII) Que será de cargo del expediente, la comisión de venta del Rematador más I.V.A., o sea 1.22% del precio de remate, así como el Impuesto Departamental del 1%, Ley 12.700.
IX) Que la subasta se realiza en las condiciones que resultan del expediente, y de la documentación agregada al mismo, los que podrán ser examinados en la Oficina del Juzgado sito en el Palacio de los Tribunales, Pasaje de los Derechos Humanos 1309, tercer piso, de la ciudad de Montevideo. Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones. Montevideo, 12 de marzo de 2019. Esc. NATALIA SILVERA, ACTUARIA ADJUNTA.

¡¡¡SUSPENDIDO!!!

INFORMES:

2916 63 91 – 094 436 573

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