Remate Oficial. Dos buenos padrones.

Padrón 54416 sito en la cale Agraciada Nº 3117 – 3121
Padrón 105240 sito en la calle JJ Quesada y Gualeguay

24 DE MAYO DE 2019 – HORA 14:30 EN AV. URUGUAY 826 (ANRTCI)

BASES DEL REMATE:
PADRÓN 54416 USD 80.000 – PADRÓN 105240 USD 30.000

SEÑA 20% + COMISIÓN DEL 4,27 IMP. INCLUIDOS, AMBOS EN EL ACTO

FORMA DE PAGO SEGÚN LEY 19.210
CHEQUE CRUZADO O LETRA DE CAMBIO DE INSTITUCIÓN FINANCIERA DE PLAZA

REMATADORES ACTUANTES

JUAN ERNESTO BENTANCUR SILVA – MAT. 4663
ALFREDO BERRETTA CHIARA – MAT. 5331

REMATE Nº741/2019. Inmueble padrón 54.416/001 sito en Avenida Agraciada 3121 (Prado-Capurro) propiedad de la INTENDENCIA DE MONTEVIDEO.
FECHA DEL REMATE: 24 de MAYO/2019 a las 14:30 hs.
CONDICIONES DE LA SUBASTA. El día 24de MAYO del año 2019, a partir de la hora 14:30, en el local de la Asociación Nacional de Rematadores, Tasadores y Corredores Inmobiliarios, en Avenida Uruguay 826, se sacará a la venta en REMATE OFICIAL, el bien inmueble Unidad de Propiedad Horizontal que se dirá, propiedad de la Intendencia de Montevideo. Intervendrán en las subastas los Rematadores designados al efecto por la Comisión Administradora del Registro Nacional de Rematadores, quienes actuarán bajo el contralor y administración de la Asociación Nacional de Rematadores, Tasadores y Corredores Inmobiliarios, entidad que ha designado los Martilleros encargados de la efectiva realización de las diligencias. El remate se realizará sujeto a las siguientes Condiciones, que junto a las disposiciones legales aplicables regularán el acto. Primero. El bien que saldrá a la venta es la Unidad de Propiedad Horizontal 001, padrón individual número 54.416/001, que forma parte del edificio construido en el padrón matriz 54.416 según permisos de construcción autorizados el 23/08/1950 y 28/03/1951, incorporado al régimen de PH de la Ley 10.751 por aplicación de las normas del Decreto Ley 14.261; el inmueble está ubicado en el Departamento de Montevideo, localidad catastral Montevideo, zona urbana, con frente al Noreste a la Avenida Agraciada, entre José Nazzasi y Asencio. Dicha Unidad según plano de mensura y modificación de Propiedad Horizontal del Agrimensor Ruben V Kovasevich, de julio de 1987, inscripto en la Dirección General de Catastro el 31/07/1987 con el Nº 10982, se desarrolla en dos plantas,en Planta Baja a cota vertical +0,75m tiene una superficie de 111,20m2 y en planta alta a cota vertical +2,61m tiene una superficie de 17,77m2; superficie total de la Unidad 128,97m2; y le corresponde el uso exclusivo de los siguientes bienes comunes: patio C, patio D, balcón AEP 1, azotea D1, azotea E1, azotea AA1 y azotea AB1. Segundo. El inmueble se encuentra desocupado, en mal estado de conservación, y en condiciones de ser entregados en forma simultánea al otorgamiento de la escritura de compraventa con quien resulte mejor postor. Tercero. Los títulos, antecedentes dominiales, reglamento de copropiedad y plano de mensura están a disposición de los interesados en el “Servicio de Escribanía“, piso 6º del Palacio Municipal, en el horario de 10 a 16 horas en días hábiles (El remate se tramita en expediente 2016-4300-98- 000030). Cuarto. El inmueble saldrá a la venta en Dólares Estadounidenses, sobre la base de: U$S 80,000,- (dólares estadounidenses OCHENTA MIL). El Mejor Postor deberá depositar en el acto de bajar el martillo una suma equivalente al 30% del precio aceptado en concepto de SEÑA, mediante letra de cambio cruzada, transferencia electrónica o cheque cruzado no a la orden y en dólares estadounidenses, contra bancos de plaza. Dicha seña integrará el precio. Quinto. Será de cargo de los Mejores Postores el pago en el acto de bajar el martillo de la Comisión de los Rematadores, más impuesto, lo que asciende a un 4,27% del monto de la oferta aceptada impuesto incluido. Dicho concepto no integrará el precio. Soportarán asimismo los compradores, en su oportunidad, el pago del ITP de la parte compradora y los gastos y honorarios de escrituración. Sexto. Una vez concluida la subasta, deberá cada Mejor Postor además exhibir su documento de identidad, constituir domicilio legal, suscribir el Acta de Remate, y designar en el acto el Escribano que habrá de autorizar la escritura. Séptimo. La Seña se destinará a garantizar las obligaciones que asume el Mejor Postor, quien, al formular postura se entiende que acepta estas Condiciones. Octavo. Hasta tanto no se otorgue la escritura de compraventa, la operación deberá ajustarse a las previsiones legales, al contenido de estas Condiciones, y a las estipulaciones contenidas en el Acta de Remate. Noveno. El Mejor Postor dispondrá hasta el 24 de julio de 2019 como plazo máximo e improrrogable para el depósito del saldo de precio en la cuenta BROU de la IM C/A dólares No.001551696-00101 y para escriturar el inmueble. Si el Comprador no depositare el saldo de precio en el plazo establecido, o se resistiese a escriturar, se entenderá nulo el remate, en cuyo caso perderá el importe depositado por seña y saldo de precio, sin perjuicio de los daños y perjuicios que hubiere ocasionado. No podrá el Mejor Postor negarse a escriturar aduciendo vicios o defectos de titulación anteriores al remate. Quien se presentare a la subasta y formulare postura se entiende que acepta el título. Décimo. Los Martilleros actuarán con sujeción a las disposiciones legales que regulan su quehacer, a estas Condiciones, y bajo el contralor y administración de la ANRTCI.

REMATE Nº**/2018. INMUEBLE Padrón 105.240 sito en la localidad catastral Montevideo, en la esquina de la calle Cnel. Juan José Quesada y Gualeguay (Jacinto Vera- La Blanqueada), propiedad de LA INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
FECHA DEL REMATE: 24 de mayo del 2019 a las 14:30 hs.
CONDICIONES DE LA SUBASTA. El día 24 de mayo del año 2019, a partir de la hora 14:30 hs., en el local de la Asociación Nacional de Rematadores, Tasadores y Corredores Inmobiliarios, en Avenida Uruguay 826, se sacará a la venta en REMATE OFICIAL, el bien inmueble que se dirá, propiedad de la Intendencia de Montevideo. Intervendrán en las subastas los Rematadores designados al efecto por la Comisión Administradora del Registro Nacional de Rematadores, quienes actuarán bajo el contralor y administración de la Asociación Nacional de Rematadores, Tasadores y Corredores Inmobiliarios, entidad que ha designado los Martilleros encargados de la efectiva realización de las diligencias. El remate se realizará sujeto a las siguientes Condiciones, que junto a las disposiciones legales aplicables regularán el acto. Primero. El bien que saldrá a la venta es el inmueble padrón número 105.240, solar de terreno baldío, ubicado en el Departamento de Montevideo, localidad catastral Montevideo, zona urbana, el que según plano de mensura del Agrimensor Alberto de Arteaga (hijo), de agosto de 1946, inscripto en la Dirección General de Catastro el 20 de agosto de 1946 con el Nº 15.547, tiene una superficie de 111 metros 4920 centímetros y se deslinda así: 9 metros 40 centímetros de frente al Noreste a la calle Cnel. Juan José Quesada; 12 metros al Sureste, también de frente por ser esquina, a la calle Gualeguay; 9 metros 35 centímetros al Suroeste linda con padrón 105.241; y 11 metros 86 centímetros al Noroeste linda con padrón 105.890. Segundo. El inmueble está en condiciones de ser entregado en forma simultánea al otorgamiento de la escritura con quien resulte adquirente. Tercero. Los títulos, antecedentes dominiales y plano de mensura del inmueble, están a disposición de los interesados en el “Servicio de Escribanía“, piso 6º del Palacio Municipal, en el horario de 10 a 16 horas en días hábiles. El remate se tramita en expediente 2016-4006-98-000014. Cuarto. El inmueble saldrá a la venta con la base de U$S 30.000 (dólares estadounidenses treinta mil). El Mejor Postor deberá depositar en el acto de bajar el martillo una suma equivalente al 20% del precio aceptado en concepto de SEÑA, por cualquier medio admitido por la Ley 19.210 de inclusión financiera. Dicha seña integrará el precio. Quinto. Será de cargo del Mejor Postor el pago en el acto de bajar el martillo, de la Comisión de los Rematadores, más impuesto, lo que asciende a un 4,27% del monto de la oferta aceptada impuesto incluido. Dicho concepto no integrará el precio. Soportarán asimismo los compradores, en su oportunidad, el pago del ITP en la parte compradora y los gastos y honorarios de escritura que la ley pone de su cargo. Sexto. Una vez concluida la subasta, deberá el Mejor Postor además, exhibir su documento de identidad, constituir domicilio legal, suscribir el Acta de Remate, y designar en el acto el Escribano que habrá de autorizar la escritura. Séptimo. La Seña se destinará a garantizar las obligaciones que asume el Mejor Postor, quien, al formular postura se entiende que acepta estas Condiciones. Octavo. Hasta tanto no se otorgue la escritura de compraventa, la operación deberá ajustarse a las previsiones legales, al contenido de estas Condiciones, y a las estipulaciones contenidas en el Acta de Remate. Noveno. El Mejor Postor dispondrá hasta el 24 de julio de 2019, como plazo máximo e improrrogable para el depósito del saldo de precio en la Intendencia de Montevideo, cuenta BROU de la IM C/A dólares No.001551696-00101 y para escriturar el inmueble. Si el Comprador no depositare el saldo de precio en el plazo establecido, o se resistiese a escriturar, se entenderá nulo el remate, en cuyo caso perderá el importe depositado por seña, sin perjuicio de los daños y perjuicios que hubiere ocasionado. No podrá el Mejor Postor negarse a escriturar aduciendo vicios o defectos de titulación anteriores al remate. Quien se presentare a la subasta y formulare postura se entiende que acepta el título. Décimo. Los Martilleros actuarán con sujeción a las disposiciones legales que regulan su quehacer, a estas Condiciones, y bajo el contralor y administración de la ANRTCI.

INFORMES:
I.M.M. – A.N.R.T.C.I.
[email protected]
www.anrtci.com
Tels. 29017366