Remate oficial de una fracción de campo en Paysandú y otra en Artigas

REMATE OFICIAL SIN BASE EN U$S
VIERNES 21 DE JULIO 14 HORAS
En PRESIDENTE BERRETA 452
CIUDAD DE ARTIGAS

PROGRAMA DE RACIONALIZACIÓN DE USO
DE BIENES INMUEBLES DEL ESTADO
Art. 70 Ley N°19.924

Administra ANRTCI

1 FRACCIÓN DE CAMPO EN PAYSANDÚ

1 FRACCIÓN DE CAMPO EN ARTIGAS

LOTE No. 1 – PADRÓN 6.113
Dirección: Paso Castell de Corrales – Paysandú.
Régimen: Rural.
Superficie: 5 hás.
Base: Sin Base

LOTE No. 2 – PADRÓN 4.178
Dirección: Localidad de Cuaró – Artigas.
Régimen: Rural.
Superficie: 8 hás. 2050 m².
Base: Sin Base

Seña 30% – Comisión e Impuestos 4.27% Imp. Incluidos. Transferencia o letra de cambio.

Informes: 2901 7366 – www.anrtci.uy

PROGRAMA DE RACIONALIZACIÓN DE USO DE BIENES INMUEBLES DEL ESTADO
REMATE DE INMUEBLES
DIA: 21/07/2023 HORA: 14.00
LUGAR: Presidente Berretta 452 – departamento de Artigas.

(1) El presente remate oficial se realizará en local sito en la calle Presidente Berretta 452, de la cuidad de Artigas departamento de Artigas, el día 21 de julio de 2023 a la hora 14.00.

(2) Intervendrán los rematadores sorteados por el Registro Nacional de Rematadores y por la ANRTCI, quienes actuarán bajo el control y la administración de ésta última o de quien ésta designe.

(3) Se trata de los siguientes bienes inmuebles:

LOTE No. 1 – Padrón 6113
Dirección: Paso Castell de Corrales– Paysandú
Sin Base – Régimen Rural
Superficie 5 has.

LOTE No. 2 – Padrón 4178
Dirección: Localidad de Cuaró – Artigas
Sin Base – Régimen Rural
Superficie: 8 has. 2050 mts.

LOTE 1 – Sin Base. Fracción de campo con las mejoras que le acceden situada en la séptima Sección Judicial del departamento de Paysandú, paraje Paso Castell de Corrales, zona rural, señalada con la fracción dos (2) en el Plano de Mensura del Agrimensor Rafael Thevenet de enero de 1951, registrado con el Nº 4 el 11 de enero de 1951 y registrado en la Dirección General de Catastro el 13 de marzo de 1952, con el número 474 y del Agrimensor Joaquín E. Mascaró de marzo de 1951 por composición por copia de los planos Julio H Roletti de octubre de 1911, registrado en la Dirección General de Catastro el 30 de abril de 1946, con el número 230, el cual se encuentra empadronado con el número SEIS MIL CIENTO TRECE (6113), antes padrón número 604 en mayor área, con una superficie de cinco hectáreas, que se deslindan de la siguiente manera: al norte, recta de doscientos cuarenta y nueve metros, sesenta centímetros con frente a Ruta 26 Gral. Leandro Gómez; al este-noreste, línea de doscientos noventa y seis metros, cuarenta centímetros tramo recto con padrón 604 (antes José Santos y Francisco Gambeta); al sur, recta de ciento un metros, tramo recto con padrón 574 (Leonardo Collares); y al suroeste, poligonal de dos tramos de recta de ciento noventa metros, setenta centímetros y ciento ochenta y cuatro metros, setenta centímetros con frente a Camino Vecinal.

LOTE 2 – Sin Base. Fracción de campo con las mejoras que le acceden ubicada en la quinta Sección Judicial del departamento de Artigas, Paraje Cuaró, zona rural, empadronada con el número CUATRO MIL CIENTO SETENTA Y OCHO (4178), antes padrón número 888 en mayor área, señalada con la fracción número 20 de la Colonia “José Artigas” en el Plano de Mensura de los Agrimensores Lorenzo Rodolfo Geep y José A. Richero, de setiembre de 1951, registrado en la Dirección General de Catastro el día 03 de abril de 1952 con el número 241; tiene una superficie de ocho hectáreas dos mil cincuenta metros (8 has. 2050 mts). El cual se deslinda de la siguiente manera: al este trescientos cuarenta y ocho metros ochenta y cinco centímetros de frente a camino vecinal; al sur doscientos cinco metros lindando con solar 19 hoy padrón 4177; al oeste cuatrocientos cincuenta y dos metros setenta y cinco centímetros tramo recto con Fracción 21, hoy padrón 4179 y al norte doscientos veintinueve metros treinta centímetros tramo recto con Fracción 22 hoy padrón 4180.

(4) Los inmuebles se rematarán en lotes individuales, la Administración se reserva el derecho de rematar todos o prescindir del remate de alguno de ellos.

(5) Los bienes se enajenan en su actual estado material y jurídico. Se desconoce la situación ocupacional de los bienes.

(6) Los interesados dispondrán de copia de la documentación con que se cuenta, la que podrá ser consultada en la “A.N.R.T.C.I.”, Av. Uruguay 826 – Montevideo, los días 17, 19 y 20 de julio inclusive, previa coordinación con la Secretaría al teléfono 29017366.

(7) El remate se realizará en dólares estadounidenses y al mejor postor.

(8) Los mejores postores deberán consignar en el acto del remate por concepto de seña, el 30 % del valor del precio ofertado, suma que integrará el precio. Además, deberán abonar los 4,27 % impuestos incluidos, por concepto de comisión de los rematadores. El pago podrá realizarse mediante transferencia bancaria a la cuenta del BROU Nº 001569651-00004 en U$S a nombre de Panormos S.A., cheque certificado o letra de cambio de bancos de plaza, de acuerdo a las disposiciones vigentes.

(9) Una vez concluida la subasta deberá el mejor postor exhibir su documento de identidad, constituir domicilio legal, suscribir el acta de remate y designar escribano, así como aportar todos los datos que le sean requeridos por el Rematador en cumplimiento a la normativa vigente en materia de prevención de lavado de activos.

Hasta tanto se labre el acta de remate y se abone la seña, comisión e impuestos, deberá permanecer en sala el segundo mejor postor, a cuyos efectos se le recabarán los mismos datos que al resultante en primer término.

(10) El saldo del 70 % del precio, deberá abonarse a la ANRTCI, mediante transferencia bancaria a la cuenta del BROU Nº 001569651-00004 en U$S a nombre de Panormos S.A., dentro de los 20 días corridos posteriores siguientes al remate.

Dicho plazo es improrrogable, y vencido el mismo, el mejor postor perderá todo derecho a la seña y comisiones pagadas, así como al bien subastado, convocándose al segundo mejor postor para que manifieste si mantiene su oferta.

Si lo hace deberá depositar la respectiva seña en el plazo de 48 horas a contar desde la comunicación, y el saldo conforme a lo indicado anteriormente.

11) El mejor postor dispondrá de un plazo de 30 días corridos para realizar la escrituración, contados desde la fecha de notificación por parte de la ANRTCI al PRUBIE del pago del saldo del precio. Si el plazo se extendiera por causas imputables al interesado, será pasible de una multa equivalente al valor de la seña.

(12) Serán de cargo del mejor postor todos los gastos, impuestos, honorarios de escritura, certificados, pagos del Impuesto a las Trasmisiones Patrimoniales (I.T.P.) -de la parte compradora- y cualquier otra deuda que grave el inmueble por cualquier concepto, a excepción de las deudas municipales generadas hasta la fecha del remate, en virtud de que el titular actual del inmueble se encuentra exonerado de Contribución Inmobiliaria y adicionales, conforme al artículo 463 de la Ley N° 16.226 de 29 de octubre de 1991.

(13) La ocupación de los referidos bienes, se realizará simultáneamente a la firma de la escritura de compraventa.

(14) Los derechos emanados de la compra son intransferibles, no pudiendo el mejor postor ceder sus derechos.

(15) No podrá aducir el mejor postor vicios o defectos de la titulación. La sola presentación a la subasta y formulación de oferta implica la aceptación de los títulos y de la documentación relativa al inmueble, así como de la situación en la que se encuentra cada inmueble.

(16) Los Martilleros actuarán con sujeción a las disposiciones que regulan su quehacer, a estas condiciones y bajo el control y administración de la ANRTCI.

INFORMES:
PROGRAMA DE RACIONALIZACIÓN DE USO DE BIENES INMUEBLES DEL ESTADO
[email protected]
www.anrtci.com
Tels. 2901 7366