Remate Judicial: Casa en La Blanqueada sin base

REMATE JUDICIAL

JUEVES 30 JUNIO

En A.N.R.T.C.I. –  AV. URUGUAY 826 –  MONTEVIDEO  13:30 Hrs

SIN BASE

CASA EN LA BLANQUEADA
MARIANO MORENO 2363 ENTRE CÁDIZ Y THOMPSON
Padrón Nº 139.924
SUPERFICIE SOLAR: 217 m²
SEÑA 30% – COMISIÓN E IMPUESTOS 3,66%

EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 17º Turno, dictada en autos: “PRADERA DEL SUR S.A. C/ PEREYRA ACUÑA, MARCELO Y OTRA EJECUCION DE HIPOTECA EJECUCION DE HIPOTECA” IUE 37-265/2002, se hace saber que el próximo día jueves 30 de junio de 2022 a las 13:30 horas en Av. Uruguay 826, Montevideo, sede de ANRTCI presidido por la Sra. Alguacil de este Juzgado y por intermedio del Rematador Eduardo Franchi Soria, Mat. 4974, RUT 212496480010, se procederá al remate, sin base, al mejor postor, del siguiente bien inmueble: terreno con sus construcciones y mejoras que le acceden, sito la localidad catastral Montevideo, antes décimo segunda sección judicial, zona urbana, empadronado con el número CIENTO TREINTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS VEINTICUATRO (139.924) que forma parte del solar número 26 del plano del Agrimensor Félix Logaldo de setiembre de 1924 inscripto en la Dirección de Topografía el 25 de febrero de 1927 y según plano del Agrimensor Santiago Arrarte Victoria de diciembre de 1928, inscripto en la dirección de Topografía el 4 del mismo mes y año, tiene una superficie de doscientos diecisiete metros dos mil trescientos cincuenta y siete centímetros (217 metros 2357 centímetros) y que se deslinda así; 14 metros 83 centímetros de frente al Suroeste a la calle Mariano Moreno, puerta de entrada número 2363 entre las calles Cádiz y Thompson distando el punto extremo del frente 19 metros de la esquina formada con la primera de las nombradas; 14 metros 66 centímetros al Noroeste lindando con el resto del solar número 26 del plano del Agrimensor Logaldo antes referido; 14 metros 84 centímetros al Noreste lindando con parte del solar 27 del plano de Logaldo antes citado y 14 metros 55 centímetros al Sureste lindando con parte del solar 25 del mismo plano.- SE PREVIENE QUE: I) El mejor postor deberá consignar el 30% de su oferta en carácter de seña, en el acto de serle aceptada. II) Será de cargo del mejor postor la comisión de compra (3 % + IVA). III) Será de cargo del expediente la comisión de venta (1 %) más IVA. IV) El mejor postor deberá consignar el sado del precio en un plazo de 20 días corridos, contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por semana de turismo V) Los gastos de escrituración y todos aquellos que la ley pone de su cargo, serán asumidos por el adquirente. VI) Se desconoce el actual estado de ocupación de la propiedad a rematarse, así como existencia y regularidad estructural y fiscal de las construcciones que hubiera en ella. VII) Sólo se podrá descontar del precio de remate la deuda que existiera por concepto Contribución Inmobiliaria y de Enseñanza Primaria, pudiéndose imputar al mismo la deuda generada por tal concepto hasta la fecha de la subasta. VIII) En la Sede se encuentra depositado los antecedentes dominiales originales del bien cuya ejecución se pretende, por lo que el remate del mismo se efectuará en las condiciones que resultan del expediente y documentación y certificados registrales presentados oportunamente por el ejecutante en autos los que podrán ser examinados en la sede por los interesados, Palacio de los Tribunales, Pasaje de los Derechos Humanos 1309. IX) El mejor postor deberá dar cumplimiento en todo lo que refiere a las leyes 19.210, 19.574 en la redacción dada por la ley 19.889. – A los efectos legales se hacen estas publicaciones.
Montevideo, 24 de mayo de 2022
MARTÍN LUIS MOLLER CAL, Actuario Adjunto

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