Propiedad en Velázquez, Rocha

REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S
VIERNES 6 DE DICIEMBRE 15 HORAS
En GRAL. ARTIGAS 83
CIUDAD DE ROCHA

PROPIEDAD EN VELÁZQUEZ, ROCHA

Dirección: Manzana 7 solar “B”

Superficie: 311 m²

Padrón Nº 790 de Velázquez

Seña 30% – Com. e Imp. 3% más IVA en el acto


 

EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Rocha de 4° Turno, dictada en autos: “REPÚBLICA AFISA C/ BALBIS RIVERO, LAURA Y OTROS JUICIO EJECUTIVO” IUE 342-47/2002, Se hace saber que el próximo 6 de Diciembre a las 15:00 horas en el hall de esta sede, sito en Gral. Artigas Nº 83, se procederá por intermedio del martillero Mario MOLINA ALONSO mat. 5148 rut 213005240012, asistido de la señora alguacil a la venta en pública subasta, sin base y al mejor postor en dólares americanos, el siguiente bien inmueble: Solar de terreno con el edificio en el construido y demás mejores que en el contiene, ubicado en la localidad catastral de Velázquez, del Departamento de Rocha tercera sección judicial del departamento del mismo nombre, empadronado con el numero 790 (antes empadronado en mayor área con el numeró 39), urbano, manzana 7 solar “B”, según plano del Agrimensor Pedro Luna Hormaeche, inscripto en la Dirección General de Catastro Oficina Delegada de Rocha con el numero 5.192 el 11/11/1992, se compone una superficie de trescientos once metros setenta y nueve decímetros. SE PREVIENE: 1- Que el mejor postor deberá consignar por concepto de seña el 30% de su oferta, así como la comisión del rematador todo lo que asciende al 3% más iva de la oferta en el acto; cumpliendo con lo dispuesto por la ley 19.210 y su decreto reglamentario 2- Que serán de cargo del expediente la comisión del rematador o sea 1% más iva ,así como los gastos originados por el mismo y el 1% del impuesto departamental sobre el precio del remate . 3- Se desconoce la situación ocupacional y contributiva del inmueble así como si existen deudas por aportes a la construcción al B.P.S., tributos o consumos. 4- Únicamente podrá descontarse del saldo de precio lo que se adeudare por Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Enseñanza Primaria hasta la fecha del remate. 5- Una vez escriturado se reintegrara al mejor postor los conceptos abonados por IRPF e ITP (en caso de corresponder) 6- El mejor postor deberá depositar el saldo de precio en plazo de 20 días corridos, contados a partir del siguiente día a la notificación del auto aprobatorio del remate y que no será interrumpido por la Feria Judicial ni por Semana de Turismo, teniendo presente que deberá resguardar los medios de pago (previstos en la Ley 19.210) con los cuales deposita el saldo de precio a la orden de la Sede y bajo el rubro de autos. 8- El inmueble se remata en las condiciones que surgen del expediente y de la documentación agregada, la que se encuentra a disposición de los interesados en esta sede sita en Gral. Artigas Nº 83 de la ciudad de Rocha.
Rocha, 12 de noviembre de 2024
BLANCA ENRIQUETA MOLINA OLID, Actuario

INFORMES:
MARIO SANTIAGO MOLINA ALONSO
rematesmolina@gmail.com
www.estudiomolina.uy
Tels. 099 634 318