PH en el Cordón desocupada en Chaná y Gaboto

REMATE JUDICIAL SIN BASE EN $
MARTES 14 DE MAYO 14:30 HORAS
En A.N.R.T.C.I. – AV. URUGUAY 826 – MONTEVIDEO

PH EN EL CORDÓN DESOCUPADA
en CHANÁ Y GABOTO

Ubicación del padrón:

Chaná 1816 entre Gaboto y E. Furgoni

Padrón:

15.293/001 de Montevideo.

VISITAS COORDINAR CON EL REMATADOR al 099 685 653

Condiciones de Remate:

El mejor postor deberá consignar en pesos uruguayos el 30% de su oferta en carácter de seña en el acto, al momento de serle aceptada la misma y que serán de su cargo la comisión de compra del Rematador y tributos que la ley impone o sea el 3,66%. Dicho pago deberá realizarse mediante letra de cambio cruzada o transferencia electrónica bancaria, cumpliendo con lo dispuesto por la Ley 19.210, decretos reglamentarios, y la Ley 19.889 y modificativas. En caso de abonar con transferencia electrónica el mejor postor deberá tener disponibles los fondos necesarios previo al momento de la realización de la subasta.

Expediente: Familia 21er.Turno IUE: 2-3428/2011 “FERNANDEZ BUSCHIAZZO, HECTOR – HERENCIA YACENTE”

Calle Rondeau 1570 piso 4to.

ES RESPONSABILIDAD DE LOS INTERESADOS HACER LAS CONSULTAS JURÍDICAS Y NOTARIALES A UN PROFESIONAL DE SU CONFIANZA, ASI COMO AVERIGUAR LAS DEUDAS EXISTENTES A LA FECHA DE REMATE.

 

EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Familia de 21º Turno, dictada en autos: “FERNANDEZ BUSCHIAZZO, HECTOR – Herencia Yacente” IUE 2-3428/2011, se hace saber que el próximo 14 de mayo de 2024 a las 14:30 horas en el local de la calle Uruguay 826, por intermedio del Martillero ALFREDO RAMOS MASTALLI, Matrícula Nº 5579, RUT 214920180011, en acto presidido del Oficial Alguacil del Juzgado, se subastará, sin base, en moneda nacional y al mejor postor, el siguiente bien: unidad de propiedad horizontal número CERO CERO UNO que forma parte del edificio construido en un solar de terreno, sito en la décimo quinta sección judicial de Montevideo, empadronado con el número QUINCE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y TRES (15.293); que según plano del Agrimensora Valeria Dominguez de mayo de dos mil tres, inscripto en Catastro con el Nº 36503, se compone de una superficie de ciento ochenta y seis metros cuadrados ochenta y nueve decímetros y que se deslinda así: nueve metros doce centímetros al noreste de frente a la calle Chana, veintidós metros diez centímetros al noreste con padrón 15.292; nueve metros sesenta y cinco centímetros al sureste con padrón 15263 y parte de padrones 15262 y 15264 y dieciocho metros noventa y cuatro centímetros al sureste con padrón 15.294. La unidad 001, esta empadronada individualmente con el número QUINCE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y TRES barra CERO CERO UNO (15.293/001) y se ubica 564 Avisos Nº 31.403 – abril 18 de en planta baja a cota más 0.70 centímetros y tiene una superficie de cuarenta y un metros cincuenta y cinco decímetros (41m 55dm), con 4 metros 5 centímetros de frente a la calle Chaná. Le corresponde el uso exclusivo del patio “A”, garaje “D”, azotea “A1” y escalera “E1”. SE PREVIENE:: 1) El mejor postor deberá consignar en pesos uruguayos el 30% de su oferta en carácter de seña en el acto, al momento de serle aceptada la misma y que serán de su cargo la comisión de compra del Rematador y tributos que la ley impone o sea el 3,66%. Dicho pago deberá realizarse mediante cualquiera de los medios de pago previstos por la Ley 19.210, modificativas y decretos reglamentarios. En caso de abonar con transferencia electrónica el mejor postor deberá tener disponibles los fondos necesarios previo al momento de la realización de la subasta. 2) Que serán de cargo del vendedor (expediente) la comisión del Rematador e impuestos, o sea, 1,22%. 3) El plazo para consignar el saldo de precio por el mejor postor, será de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá ni por las ferias judiciales ni semana de turismo. La cancelación deberá realizarse y documentarse de acuerdo a la ley 19.210, modificativas y decretos reglamentarios. 4) Se desconoce el estado ocupacional del bien en la actualidad. 5) Se desconoce la existencia de deudas de construcción ante el BPS e Intendencia de Montevideo. 6) Que se desconoce la existencia de deudas por gastos comunes. 7) Que se desconoce la existencia de cualquier tipo de deuda que afecte al inmueble. 8) De la cédula catastral resulta que no se dio cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 178 de la Ley 17.296 (Declaración de caracterización urbana). 9) La subasta se realiza en las condiciones jurídicas y materiales que resultan del expediente, de la documentación y testimonio por exhibición de los títulos agregados e información registral ampliada al día 20 de marzo del corriente, que se encuentra a disposición de los interesados en la Oficina del juzgado, sito en Rondeau 1750 piso 4º esquina Valparaíso, de la ciudad de Montevideo, debiéndose tener presente el art. 390 inc. final del CGP. Y a los efectos legales se realiza esta publicación. Montevideo, 11 de abril de 2024. MARÍA GABRIELA GARIN VARELA, Actuario Adjunto.

INFORMES:
ALFREDO RAMOS MASTALLI
[email protected]
Cel. 099685653