Pajas Blancas – Predio

REMATE JUDICIAL SIN BASE – EN DOLARES

PAJAS BLANCAS – Predio

CAMINO PAJAS BLANCAS 8401

MARTES 6 DE NOVIEMBRE A LAS 15 HS EN 25 DE MAYO 604  PLANTA BAJA, EDIFICIO BARREIRO Y RAMOS

Predio con 160 mts. de frente y 14 Has. 3.597 mts. de área.

Posee construcciones en mal estado (unos 300 m2 de galpones).

Tiene una expropiación de UTE en el frente para una subestación

PADRÓN 7.033

SEÑA: 30% – COMISIÓN E IMPUESTOS: 3.66%

Edicto: Por disposición del Sr. Juez Letrado de Primera Instancia en lo Civil de 9° Turno, dictado en autos caratulados “MISSING S.A. C/ ALO S.A. Y OTROS” – Ejecución de Hipotecaria y Prendaria, IUE 35-27/1995 se hace saber que el día 6 de noviembre de 2018 a las 15:00 horas en 25 de mayo 604 Planta Baja se procederá por intermedio del Martillero Sergio Fain, Matrícula N° 5.328, R.U.T. 213918210016, presidido de la Sra. Alguacil, a la venta en pública subasta, en dólares americanos, sin base y al mejor postor el siguiente bien: Una fracción de campo con construcciones, alambrados y mejoras, sito en la 13era. Y 17ª Sección Judicial del Departamento de Montevideo, zona rural, Localidad Catastral Pajas Blanca, Padrón 7.033 antes 42.370 en mayor área señalado como fracción 1 según plano del Agr. Gerardo Altieri de setiembre de 1957 inscripto en la Dirección General de Catastro con el No. 34.741 el 10/10/1957 consta de una superficie de 14 Has. 3.597 metros 60 decímetros y tiene: 160 metros 3 centímetros de frente al Noreste a Camino Pajas Blancas, 899 Metros 42 centímetros al Noroeste con padrón 158.954 (parte), 895 metros 55 centímetros al Sureste con fracción 2 y 160 metros al Suroeste con padrón 175.842.
Se previene: 1) Que el mejor postor deberá consignar por cualquier medio de pago admitido por la Ley 19.210, en dólares americanos y a cuenta del precio, el 30% de su oferta en el acto de serle aceptada. 2) Que serán de cargo del comprador la comisión de compra del Sr. Rematador y demás impuestos y gastos que por ley le corresponden (3,66%) a pagar en el acto. 3) Que serán de cargo del vendedor la comisión e impuestos al Rematador, o sea, 1,22%. 4) Que se desconoce el estado ocupacional del bien. 5) Que se desconoce la existencia de deudas de construcción ante el B.P.S. e Intendencia de Montevideo. 6) Que no existe deuda de Contribución Inmobiliaria ni de Impuesto de Enseñanza Primaria. 7) Que se previene que surge de la información registral solicitada por el padrón a rematarse una inscripción de designación de expropiación cuya última fecha de inscripción fue en el año 2010 no surgiendo más inscripciones al respecto con posterioridad a esa fecha. 8) Que solamente podrán ser imputados al precio los tributos necesarios para la escrituración (como ser Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Enseñanza Primaria). 9) Que el plazo para consignar el saldo de precio por el mejor postor es de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las Ferias Judiciales ni por Semana de Turismo. Dicha cancelación deberá realizarse y documentarse de acuerdo a lo establecido en el artículo 40 de la Ley 19.210 y su Decreto Reglamentario. 10) Que la subasta se realiza en las condiciones que surgen del expediente, información registral y documentación agregada la que se encuentra a disposición de los interesados en la Oficina del Juzgado sito en el Palacio de los Tribunales, Pasaje de los Derechos Humanos 1309 Primer Piso de la Ciudad de Montevideo. Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones en Montevideo, a los 08 días del mes de octubre de 2018. Esc. YIOVANA GORDILLO, ACTUARIA ADJUNTA.

INFORMES:

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