Ose: Vehículos Varios

VEHÍCULOS VARIOS

MIÉRCOLES 28 DE NOVIEMBRE A LAS 10 HORAS EN FERNANDO OTORGUES 1219

EXHIBICIÓN EN: Fernando Otorgues 1219 los días 26 y 27 de noviembre en el horario de 12 a 16 horas.

Seña al bajar el martillo 30% + Comisión 18,4% Imp. Incluido ambas en el acto

Rematadores designados:

PASCAL SAIZAR ITHURSARRY MAT. 4247 – 099532193
JUAN MANUEL GONZALEZ PARODI MAT. 5289 – 099615511
PABLO JORGE ORIBE MACHADO MAT. 4563 – 097404142
ANIBAL BANCHERO CABRERA MAT. 5565 – 099046919
NICOLAS PEILLO RODRIGUEZ MAT. 6812 – 094506744
EDUARDO BENTANCOR LORENZOTTI MAT. 2959 – 099342674

NÓMINA LOTEADA

CONDICIONES DE LA SUBASTA.
El día 28 de noviembre de 2018, a partir de la hora 10 en la calle Fernando Otorgues 1219 de Montevideo, se sacarán a la venta, en REMATE OFICIAL, los vehículos automotores que se dirán, en desuso, propiedad de la Administración de las Obras Sanitarias del Estado (O.S.E). Intervendrán en la subasta los Rematadores designados al efecto por la Comisión Administradora del Registro Nacional de Rematadores y por la Asociación Nacional de Rematadores, Tasadores y Corredores Inmobiliarios, quienes actuarán bajo el contralor y administración de ésta última o de quien ésta designe. El remate se realizará sujeto a las siguientes condiciones, que conjuntamente con las disposiciones aplicables, regularán los actos a cumplirse:

PRIMERO: Los vehículos automotores que saldrán a la venta son los que figuran en la nómina adjunta a las presentes actuaciones, la misma que se plasmara en las distintas publicaciones a realizar tanto por la Administración como por La Asociación Nacional de Rematadores.
SEGUNDO: Los bienes se rematarán a la vista y en su actual estado de conservación y se encontrarán en exhibición el 26 y 27 de noviembre de 2018 en la calle Fernando Otorgues 1219 de Montevideo en el horario de 12 a 16 hs. La documentación existente respecto de los vehículos automotores se exhibirá a los interesados, en Fernando Otorgues 1219 de Montevideo, los mismos días de exhibición (26 y 27 de noviembre) y en el mismo horario.
TERCERO: Los bienes saldrán a la venta en Dólares Estadounidenses, sin base y al mejor postor. Los mejores postores deberán depositar, como mínimo, en el acto de bajarse el martillo la suma equivalente al 30% del precio aceptado (en Dólares) Dicha seña, se considerará parte integrante del precio. Ajustándose a las disposiciones tanto de la Administración como de la nueva Ley N° 19.210 se establecen como forma de pago:
– En el caso de lotes superiores a 40.000 UI: se aceptarán únicamente CHEQUE CRUZADO, no a la orden (librado a OSE), LETRA DE CAMBIO CRUZADA emitida por institución financiera de plaza a nombre del adquirente, o TRANFERENCIA BANCARIA EN DOLARES en cuenta BROU de OSE.
Para lotes inferiores a 40.0000 UI: además de los medios de pago contemplados en ítem anterior, se aceptará pago en efectivo.

Cada lote deberá pagarse de forma independiente sea cual sea el medio de pago (a cada lote le corresponderá un documento).CUARTO: Será de cargo de los mejores postores en el acto de bajarse el martillo, el pago de la comisión de los Rematadores más impuestos, que asciende al 15% del monto de la oferta aceptada más IVA (en Dólares Estadounidenses).

La comisión e impuestos no integran el precio. La forma de pago de los mismos, debe ajustarse a las disposiciones establecidas por la Administración en cumplimiento a la vigente ley 19210 de Inclusión Financiera. Asimismo serán de cargo de los compradores los gastos de certificados y demás documentación que deban obtener a efectos de otorgar el título de propiedad y transferencia municipal o re empadronamiento a su nombre de tales vehículos, honorarios y demás gastos que se generen por tales conceptos. QUINTO: Una vez concluida la subasta, cada mejor postor deberá exhibir su documento de identidad, constituir domicilio legal, proporcionar un número de teléfono en el cual será contactado y designar en el mismo acto un Escribano que habrá de intervenir a efectos de realizar el título de propiedad de los vehículos. SEXTO: La seña se destinará a garantizar las obligaciones que asume el mejor postor, quien, al formular postura, se entiende que acepta estas condiciones. SEPTIMO: a) Depósito del saldo: El mejor postor dispondrá de un plazo de 48 horas hábiles a partir del día siguiente a la subasta para completar el saldo. Si dentro del plazo indicado el mejor postor no cumpliera con el pago del saldo de precio, perderá sin derecho a reclamo alguno, el importe o los importes pagos por concepto de seña y la comisión e impuestos que hubiere abonado, sin perjuicio de los daños y perjuicios que hubiera ocasionado; b) Documentación relativa a los vehículos: Los mejores postores tendrán a su disposición la documentación existente respecto de los vehículos, al momento del retiro del mismo siempre que hubieran abonado la totalidad del precio en forma previa. c) Retiro de los bienes: El mejor postor deberá, una vez concluido el pago total del bien y con factura original a la vista (la factura se emitirá una vez verificado el ingreso de los fondos a las arcas del organismo) agendarse para su retiro, llamando al teléfono 22030515 internos 310, 326 los días 29 y 30 de noviembre de 2018, en horario de 09:00 a 16 horas. La efectiva entrega de los bienes se realizará desde el 29 de noviembre al 12 de diciembre inclusive (supeditada al pago total del lote adquirido), en horario de 09:00 a 16 horas y sujeto a la disponibilidad de la agenda. En caso de no proceder al retiro de los bienes dentro del plazo mencionado precedentemente, a partir del día 13 de diciembre 2018, deberá abonar una multa de 1 UR (Unidad Reajustable) por cada día hábil hasta su efectivo retiro. De no retirarlos en un plazo de 30 días corridos, a contar de la fecha del remate, perderá sin derecho a reclamo alguno, todo importe depositado, sin perjuicio del derecho de OSE de cobrar lo que se adeude por concepto de multas. Los bienes deberán ser retirados por los mejores postores en forma personal, o en caso de enviar un representante, el mismo deberá estar facultado mediante poder general o carta poder especial con firmas certificadas notarialmente, que deberá exhibir, conjuntamente con certificado notarial de vigencia expedido al día anterior al del retiro. OCTAVO: Respecto de los vehículos: a) Se encuentran sin deudas municipales, con chapas y libretas oficiales entregadas en las respectivas comunas y sin multas de Policía de Tránsito según reporte adjunto a la documentación que será entregada al mejor Postor. b) No cuentan con inspección técnica vehicular vigente. Se hace constar que de acuerdo a la resolución recaída en el expediente de la Intendencia Municipal de Montevideo número 2016-7411-98-000049, que remite al expediente 7411002627-14: “para este caso y a modo de excepción, teniendo en cuenta que con las transferencias de oficio no se solicitaba la inspección técnica vehicular, se tomará idéntico criterio”. No obstante, se establece que en caso de que fuera indispensable la realización de esta inspección, o para el caso de que el Municipio en donde esté empadronado el vehículo exigiera que el vehículo se encuentre en determinadas condiciones, será de cargo del mejor postor el pago de la inspección técnica correspondiente, de las reparaciones, puesta a punto y cumplimiento de todo requisito que se exija por la autoridad y de los traslados de los vehículos. c) El mejor postor deberá otorgar el título de propiedad, proceder a su inscripción y realizar la transferencia municipal y/o re empadronamiento a su nombre (no se otorgará título a nombre de personas diversas del mejor postor), disponiendo de un plazo máximo de 45 días corridos a partir de la subasta. d) Una vez efectuados los trámites indicados en el literal c) y dentro de los plazos indicados (45 días corridos a partir de la subasta), el mejor postor deberá exhibir en Oficinas de División Escribanía de OSE (Carlos Roxlo 1275, piso 5) originales de libreta municipal a su nombre y título de propiedad inscripto también a su nombre, debiendo proporcionar a dicha División en el mismo acto, copia de los mismos. e) Serán de cargo del mejor postor, a partir de la fecha de la subasta, todos los gastos y tributos que la ley y/o la reglamentación pone de cargo del comprador, incluidos patente y seguro, y a partir de la fecha de entrega, asumirá todas las responsabilidades civiles, penales, administrativas y/o de cualquier otra naturaleza que con el vehículo se produzcan, tanto sea a bienes como a personas, deslindando a OSE de toda responsabilidad. f) OSE oficiará a cada Intendencia el resultado del remate y los datos del mejor postor. g) En caso de paros y/o conflictos que afecten la obtención de la documentación necesaria para efectuar el título de propiedad, el plazo se prorrogará automáticamente hasta que se esté en condiciones de obtener la referida documentación, sin responsabilidad para el mejor postor. h) Los derechos de mejor postor son intransferibles. Sólo se otorgará el título a nombre de quien figura en el acta como mejor postor. i) No podrá el mejor postor negarse a realizar el título de propiedad de los vehículos bajo ningún concepto. Quien se presente a la subasta y formule postura acepta el estado actual del vehículo, la documentación relativa a los mismos y las condiciones del remate. NOVENO: Los martilleros actuarán con sujeción a las disposiciones legales y reglamentarias que regulan su actividad y de acuerdo a estas condiciones. DECIMO: Quienes resulten mejores postores deberán dar cumplimiento a las disposiciones vigentes en materia de prevención y control del lavado de activos (Ley Nº 18494, Decreto 355/010 y demás normas concordantes).

INFORMES:
OSE – ANRTCI
[email protected]
www.anrtci.com
Tels. 2901 7366