Muy buena casa en La Comercial, Democracia 2163

REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S
JUEVES 6 DE NOVIEMBRE 14:30 HORAS
En PAYSANDÚ 896 – MONTEVIDEO

MUY BUENA CASA EN LA COMERCIAL
DEMOCRACIA 2163
ENTRE NUEVA PALMIRA Y HOCQUART
PADRÓN 20214
ÁREA TOTAL 84 m² 06 dm²
SUPERFICIE CONSTRUIDA SEGÚN CATASTRO 157 m²
SEÑA 30% – COMISIÓN E IVA 3,66%
EN EL ACTO POR MEDIOS AUTORIZADOS

EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 19º Turno, dictada en autos: “LOPEZ MENDOZA, WASHINGTON c/ DOMINGUEZ LOPEZ; WILSON – EJECUCIÓN DE HIPOTECA” IUE 2-83675/2023, se hace saber que el próximo 6 de noviembre a las 14 y 30 horas, en el local sito en Paysandú 896, el Martillero Carlos Abdala Souto, Matrícula 4234, RUT 211750130014, asistido por la Señora Alguacil del Juzgado que presidirá la subasta, procederá al remate público, sin base y al mejor postor, en dólares norteamericanos, del siguiente bien inmueble: Solar de terreno y construcciones y demás mejoras que le acceden, ubicado en la séptima Sección Judicial de Montevideo, padrón veinte mil doscientos catorce, 20214), que según plano de mensura del Agrimensor Hipólito Zas Recarey de abril de 1965, inscripto en la Dirección General de Catastro con el número 51.187 el 2 de abril de 1965, consta de una superficie de ochenta y cuatro metros dieciséis decímetros, 84 metros 16 decímetros), que se deslindan así: 9 metros 06 centímetros de frene al Este a la calle Democracia, entre las calles Nueva Palmira y Hocquart, distando al punto medio 16 metros de la esquina formada por la última calle nombrada; 9 metros 32 centímetros al Sur lindando con padrón 18.187; 9 metros al Oeste lindando con parte del padrón 18.193; y 9 metros 32 centímetros al Norte lindando con parte del padrón 18.186. Se previene: I) Que el mejor postor deberá consignar el 30% de su oferta en el momento de serle aceptada, más la comisión de compra del Rematador más I.V.A., o sea 3,66% del precio de remate, debiendo consignar el saldo de precio en un plazo de veinte días corridos, a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate, plazo que no se interrumpirá por las Ferias Judiciales, ni por Semana de Turismo. II) Que tanto la seña como el saldo de precio deberán consignarse, en caso de corresponder, por cualquiera de los medios de pago previstos por la Leyes 19210 y 19574, en su redacción dada por la Ley 19.899, y decretos reglamentarios. III) Que también serán de cargo del mejor postor los gastos de escrituración y demás que la Ley pone a su cargo. IV) Que se desconoce el estado de ocupación de la propiedad a rematarse, así como la existencia y regularidad estructural y fiscal de las construcciones que hubiera en ella V) Que sólo se podrán descontar del precio del remate las deudas que existieran por concepto de Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Enseñanza Primaria, pudiéndose imputar al mismo las deudas generadas por tales conceptos hasta la fecha del remate y al momento de la integración del precio, no pudiéndose incluir en tales conceptos, los honorarios de los abogados de las administraciones involucradas, cuando existiera juicio tendiente a recuperar los tributos adeudados.. VI) Que para el caso de que el mejor postor sea diferente al actor de autos, será de cargo del expediente la devolución de lo que se abone por conceptos de impuestos necesarios para la inscripción de la escritura traslativa del dominio, ITP e IRPF, si correspondiere. VII) Que en la Sede se encuentran depositados los antecedentes dominiales originales del bien cuya ejecución se pretende, por lo que el remate del mismo se efectuará en las condiciones que resultan del expediente, documentación, y certificados registrales presentados oportunamente por el ejecutantes en autos, los que podrán ser examinados por los interesados en la oficina del Juzgado, sito en Pasaje de los Derechos Humanos 1309, segundo piso, de la ciudad de Montevideo, siendo de su cargo toda averiguación complementaria. Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones Montevideo, 01 de octubre de 2025. -MARTÍN LUIS MOLLER CAL, Actuario Adjunto

INFORMES:
CARLOS EDUARDO ABDALA SOUTO
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Cel. 094 436 573