Mitad indivisa de terreno en el centro de Maldonado

 

REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S
JUEVES 20 DE OCTUBRE 14 HORAS
En CENTRO ESPAÑOL DE MALDONADO
18 JULIO ESQ. ARTURO SANTANA – MALDONADO

MITAD INDIVISA (50%) DE TERRENO
EN EL CENTRO DE MALDONADO

José Pedro Varela entre San Carlos y Av. Batlle y Ordoñez
A 8 cuadras de la Plaza San Fernando

IDEAL EDIFICIO (PB + 9 PISOS)

Sup. 1.160 m² 49 dm²

Seña 30% – Comis. e IVA 3,66% 

Ficha IUE 290-168/2019

EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Maldonado de 6° Turno, dictada en autos: “FALCO, ENRIQUE Y OTRA C/ VERA, VIVIAN -EJECUCION HIPOTECARIA” IUE 290-168/2019, se hace saber que el próximo 20 de Octubre de 2022 a las 14 hs. en el Centro Español de la ciudad de Maldonado, 18 de Julio 708 esquina Arturo Santana, se procederá por intermedio del martillero Elbio Araújo (Matrícula 1874, R.U.T. 210338700013) en diligencia presidida por la Sra. Alguacil del Juzgado, a la venta en subasta pública sin base, al mejor postor y en dólares estadounidenses, del siguiente bien inmueble: mitad indivisa del solar de terreno baldío ubicado en la 1ª. Sección Judicial de Maldonado, localidad catastral Maldonado, manzana catastral 71, empadronado con el Nº 393, el cual según plano de mensura del Agrimensor Adolfo Segovia de abril de 1993 inscripto en la Dirección Gral. de Catastro Oficina Delegada de Maldonado con el Nro. 3439 el 19 de mayo de 1993, consta de una superficie de 1.160 m 49 dm y se deslinda así: al sur 54 m 58 cm de frente a calle José Pedro Varela, al oeste 18 m 81 cm también de frente a calle San Carlos por ser esquina uniendo ambos frentes ochava recta de 3 m.; al norte tres tramos rectos de 38 m. 94 cm., 10 m. 34 cm. y 7 m. 33 cm. lindando con los padrones 394 y 13573; al este 19 m. 82 cm. lindando con predio municipal. Se previene: 1) Que el mejor postor deberá consignar el 30 % de su oferta en el acto de remate en carácter de seña y el saldo de precio en el plazo de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto que lo aprueba. 2) Que serán de cargo del comprador los gastos de escrituración e impuestos que la ley pone a su cargo, así como la comisión de compra del martillero del 3% más el IVA (3,66%) del precio de remate, que deberá pagarse en el acto. 3) Que será de cargo del expediente la comisión de venta del Rematador más IVA (1,22%) así como el 1% por concepto de impuesto municipal. 4) Solamente podrán imputarse al precio de la subasta, las deudas provenientes de Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Primaria hasta la suma concurrente requiriendo para cualquier otra imputación, autorización judicial. 5) Se desconoce la situación ocupacional del inmueble. 6) Que en caso que el precio total de lo rematado superase las 1.000.000 UI, se abonará la seña y el saldo de precio mediante letra de cambio o transferencia electrónica de una entidad bancaria de plaza acorde a lo previsto por las leyes 19.210, 19.478, 19732, sus modificaciones y decretos reglamentarios. 7) el remate se efectúa en las condiciones que resultan del expediente, documentación, titulación e información registral adjunta.8) Existe una diferencia de área entre el plano de mensura anterior del Agrimensor Washington Pereira De León, inscripto en la Oficina dptal de Catastro Nacional con el Nº 4840 el 18/01/1968 y el plano del Ing Agrimensor Adolfo Segovia Nieto inscripto en la Dirección Dptal de Catastro Nacional con el Nº 3439 el 19/05/1993, citándose en las Compraventas de fecha 20/05/1993, 30/05/2002 y 08/07/2009, que el Padrón tiene un área de 1160m. 49dm. y según títulos de 1111m. 7Dm, resultando del último plano citado nota Nº 2, por la cual “…La sobra en área es ubicable, se debe a que el terreno que figura en titulación dejaría una faja de ancho mayor a 1.72m. desde el cordón de la vereda de la calle José Pedro Varela a la línea de propiedad…” , no haciéndose referencia a la expresión “según títulos de 1111m. 7dm” en último título de propiedad de fecha 25/03/2011 ni en Hipoteca que se ejecuta.9)Se deja constancia que de Hipoteca que se ejecuta, se hipoteca la mitad indivisa de solar de terreno baldío,resultando de cédula catastral a fs. 50 que existen mejoras y que dicho padrón no cumple con el art. 178 de la Ley 17.296 (Declaración de caracterización urbana).10)Se remata la mitad indivisa, quedando el mejor postor en indivisión con los restantes condóminos.11)Que la documentación disponible relativa al bien a rematarse se encuentra en la Oficina Actuaria de este Juzgado donde podrá ser examinada por los interesados, calle Sarandí y Ledesma, edificio San Lázaro. Y a los efectos legales se hace esta publicación.
Maldonado, 06 de octubre de 2022
MARÍA LUCIANNE YONA PEREIRA, Actuario Adjunto

INFORMES:
ELBIO ADHEMAR ARAUJO PIRRO
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www.elbioaraujo.com
Cel. 099192310