¡¡¡SUSPENDIDO!!!
REMATARÁ JUDICIAL SIN BASE EN PESOS
MANGA. TRES PADRONES LINDEROS EN 1 SOLO LOTE
LUNES 26 DE NOVIEMBRE A LAS 14:30 HORAS EN 25 DE MAYO 604, PLANTA BAJA EDIFICIO “BARREIRO Y RAMOS”
MAS DE 67.000 m2 QUE SE REMATAN EN UN SOLO LOTE. CON 269 mts. DE FRENTE POR CAMINO CARLOS A. LOPEZ Y 250 mts. DE FRENTE POR CAMINO PETIROSSI. IMPORTANTES DEUDAS MUNICIPALES.
PADRONES 142.859, 91.907 Y 91.906.
SEÑA: 30% – COMISIÓN E IMPUESTOS: 3,66%
Edicto: Por disposición del Sr. Juez Letrado de Primera Instancia en lo Civil de 14º Turno, dictado en autos caratulados “COOVIMANGA C/DALKY S.A.”, Ejecución de Hipoteca, Ficha 29-129/2004, se hace saber que el día 26 de noviembre de 2018 a las 14.30 horas en 25 de mayo 604 Planta Baja Edificio Barreiro y Ramos, se procederá por intermedio del Martillero Sergio Fain, Matrícula Nº 5.328, R.U.T. 213918210016, presidido de la Sra. Alguacil, a la venta en pública subasta, en moneda nacional, sin base, al mejor postor, y en un solo lote los siguientes bienes inmuebles: 1) Padrón 142.859, antes padrón 91.097 en mayor área, indicado como fracción 2 y 3 en el plano del Agr. Carlos A. Mac Coll del 20 de abril de 1928, inscripto en la Dirección de Topografía el 25 de abril de 1928, que resulto de la fusión del padrón 142.859 y el padrón 142.860, según plano de mensura y fusión del Agr. Juan J. Gambini, de octubre de 1978 inscripto en la Dirección General del Catastro Nacional el 3 de noviembre de 1978 con el No. 87.319 donde se señala como solar 4 y según el cual tiene una superficie de 25.771 metros con 100 metros de frente al Sur a Camino Carlos A. López; 259,40 metros al Noreste lindando con padrón 142.861; 100 metros al Norte también de frente a Camino Al Paso de la Española hoy Camino Peterossi; y 259,40 metros al Oeste con padrón 91.907. 2) Padrón 91.907 con las construcciones allí existentes, el que según el plano del Agr. Carlos A. Mac Coll del 20 de abril de 1928 inscripto en la Dirección de Topografía el 25 de abril de 1928 ya mencionado tiene una superficie de 3 Has 1.044 metros 55 decímetros con 125 metros de frente al Sureste a Camino Calos A. López donde su puerta de acceso de indica con el No. 4648; 259 metros 40 centímetros al Suroeste curso de la Cañada Grande por medio con padrón 91.906; 150 metros al Noroeste de frente a la calle Peterossi antes Camino Abrevadero y 259,40 metros al Noreste lindando con el Padrón 142.859. 3) Padrón 91.906 señalado en el plano del Agr. Julio Cesar Horta del 21 de enero de 1944, inscripto en la Dirección de Catastro el 24 del mismo mes y año con el No. 9.796 con una superficie de 1 Ha. 826 metros 34 decímetros con 44 metros de frente al Sureste a Camino Carlos A. López; 169 metros al Oeste lindando con el Padrón 142.210; 42 metros al Norte lindando con fracción B del mismo plano; y al Este curso de la Cañada Grande por medio con padrón 91.907. ——————————————————————————————-
Se previene: 1) Que el mejor postor deberá consignar por cualquier medio de pago admitido por la Ley 19.210, en moneda nacional y a cuenta del precio, el 30% de su oferta en el acto de serle aceptada. 2) Que serán de cargo del comprador la comisión de compra del Sr. Rematador y demás impuestos y gastos que por ley le corresponden (3,66%) a pagar en el acto. 3) Que serán de cargo del vendedor la comisión e impuestos al Rematador, o sea, 1,22%. 4) Que en los padrones a subastar existe un asentamiento con múltiples construcciones de las cuales se desconoce el estado ocupacional y de conservación así como de regularidad de las mismas respecto de Organismos Nacionales o Departamentales. 5) Que se desconoce el estado actual de deudas respecto de la Intendencia, Impuesto de Primaria, O.S.E. y cualquier otro impuesto, Tasa o Tributo que corresponda de carácter Nacional o Departamental. 6) Que de los certificados obtenidos resulta la inscripción de arrendamiento en 1987. 7) Que del Certificado expedido por la Intendencia de Montevideo resultan afectaciones por los tres padrones. 8) Que respecto del derecho de preferencia establecido por el artículo 66 de la Ley 18.308 deberá estarse a la Resolución No. 4144/2009 del 28/09/2009 de la Intendencia de Montevideo, si la misma se modificare la obtención del certificado será de cargo del comprador. 9) Que solo son imputables al precio el cual deberá integrarse mediante los medios de pago previstos por la Ley 19.210, los tributos necesarios para la escrituración (Contribución Inmobiliaria y Primaria) que se adeudaren a la fecha del remate y el I.T.P. e I.R.P.F. si correspondiere, se reintegraran luego de otorgada la respectiva escritura. 10) Que el saldo de precio deberá ser consignado el mejor postor en el plazo de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las Ferias Judiciales ni por Semana de Turismo. 11) Que el remate se efectuara sobre la base de lo que surge del expediente, antecedentes dominiales y los certificados registrales agregados oportunamente por el accionante de autos, todo lo que se encuentra a disposición de los interesados para su estudio en la Oficina Actuaria de este Juzgado, Pasaje de los Derechos Humanos 1309 Piso 2º. Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones en Montevideo, a los 08 días del mes de noviembre de 2018.
¡¡¡SUSPENDIDO!!!
INFORMES:
2916.4731 – (099) 151.883
mail: [email protected] – web: www.estudiofain.com