
REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S
JUEVES 29 DE OCTUBRE 14:30 HORAS
En A.N.R.T.C.I. – AV. URUGUAY 826 –
MONTEVIDEO
CHALET EN EL PINAR SUR
PRÓXIMO A LA RAMBLA COSTANERA
Calle Colombia (continuación Haití)
entre Av. José D´Elia y Patria (Pinar Sur)
Manzana 6 Solar 21. – Padrón 18.948
Sup. terreno: 720 m²
Sup. edificada: 186 m²
Porche y jardín al frente con reja.
Amplio living con estufa a leña con gran ventanal al frente.
3 Dormitorios, baño reciclado a nuevo,
Cocina definida con ventana al fondo.
Parrillero techado.
Cochera, amplio acceso al fondo por el lateral.
Apartamento con un dormitorio pequeño, baño y hall de entrada.
Galpón pequeño de construcción económica al fondo.
Amplio jardín al fondo.
(Información y fotografías obtenidos de tasación de 2024 y fotografías
frontales actuales).
Sólida construcción de 1968 con reformas en 1995 (DNC).
Seña: 30% – Com. e imp: 3,66%
Informes: 099 688 946






















EDICTO: Por disposición del Señor Juez Letrado de Primera Instancia en lo Civil de 9º Turno en autos caratulados: “LAPENNE DE SALTERAIN, MARCOS Y OTRO c/ OIS FAGIAN, SHIRLEY. Ejecución hipotecaria” IUE 2-36582/2025, se hace saber que el próximo 29 de octubre de 2026 a las 14:30 horas en la calle Uruguay 826 de Montevideo,(ANRTCI) se procederá por intermedio del martillero PABLO BORSARI BRENNA matrícula 4821, R.U.T. 212109720012, presidido por la Sra. Alguacil a la venta en pública subasta, sin base, en dólares estadounidenses y al mejor postor del siguiente bien Inmueble: Solar de terreno con construcciones y demás mejoras que le acceden sito en el departamento de Canelones Localidad Catastral Ciudad de la Costa, balneario ºEl Pinarº, empadronado con el número DIECIOCHO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y OCHO (18.948), (antes en mayor área padrón 15.622 parte), señalado con el número 21 de la Manzana F6, en el plano definitivo parcial de mensura y fraccionamiento del Agrimensor Roberto Ballefín Galeano de mayo de 1962, aprobado por el Consejo Local Autónomo de Pando el 21 de junio de 1962, según expediente 862375, que forma parte del proyecto general aprobado por la Junta Local de Canelones el 26 de abril de 1949, y por la Junta Local Autónoma de Pando el 25 de mayo de 1949, según expediente G8979/948, e inscripto en la Dirección General de Catastro el 22 de junio de 1962 con el número 11.538, y según el cual consta de una superficie de setecientos veinte metros (720 m2) y se deslinda así: 18 metros al Suroeste de frente a la calle número Ocho (hoy Colombia), entre las calles Uno y Ruta 10 (Costanera Carrasco-Punta del Este), distando el punto medio 149 metros de la esquina con la Ruta 10, y 86,41 metros del comienzo de la ochava curva con la calle número uno, 40 metros al Noroeste lindando con el solar número 22,18 metros al Noreste lindando con el solar 6, y 40 metros al Sureste lindando con el solar 20. Todos solares del mismo plano. Se previene que: 1º) El mejor postor deberá consignar como seña el 30 % de su oferta al serle aceptada, como así también la comisión del rematador e impuestos, o sea el 3,66% del precio de remate, los que deberán consignarse por cualquiera de los medios de pago previstos por la Ley de inclusión financiera, modificativas y decretos reglamentarios. 2º) Será de cargo del expediente la comisión de venta del rematador e impuestos, o sea el 1,22% del precio de remate y el 1% de Impuesto Ley 12.700. 3º) Serán de cargo del comprador los gastos e impuestos que correspondan de su cargo. 4º) Se desconoce el estado ocupacional del bien en la actualidad. 5º) Se desconoce la existencia de deudas de construcción ante el BPS e Intendencia de Canelones, 6º) Se desconoce la existencia de deudas de contribución inmobiliaria e impuesto de enseñanza primaria. 7º) Solamente podrán ser imputados al precio los tributos necesarios para la escrituración hasta el momento del remate, en el caso de existir cuentas en juicio sólo se podrá descontar el monto del tributo y no los honorarios judiciales que se originaren, los cuales serán asumidos por quien resultare mejor postor en el remate; el plazo para consignar el saldo de precio es de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá ni por las ferias judiciales ni semana de turismo. La cancelación deberá realizarse y documentarse de acuerdo a la ley 19.210, modificativas y decretos reglamentarios. 8º) Quien resulte mejor postor deberá tramitar previamente a la escrituración del bien ante la Intendencia correspondiente, el certificado referente al derecho de preferencia previsto por el articulo 66 de la Ley 18.308. 9) Se deberá tener presente la información proporcionada por la Intendencia de Canelones respecto de la afectación urbanística, la cual se encuentra agregada al expediente. 10)- La documentación se encuentra a disposición de los interesados en la oficina del Juzgado sito en Palacio de los Tribunales Pasaje de los Derechos Humanos 1309 piso 1 de la ciudad de Montevideo, quedando a cargo de los interesados toda averiguación complementaria, debiendo tener presente el mejor postor lo dispuesto en el artículo 390 artículo final del CGP. Y a los efectos legales se realiza esta publicación. Montevideo, 07 de octubre de 2026. -VIRGINIA ELIZABETH MEGA YEREGUI, Actuario Adjunto
INFORMES:
PABLO DIEGO BORSARI BRENNA
borsariremates@gmail.com
Cel. 099 688 946