Magnifica esquina en el Pinar Norte

REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S
JUEVES 29 DE FEBRERO 10 HORAS
En PUERTAS DEL JUZGADO
AVDA. GIANNATTASIO KM 23
CIUDAD DE LA COSTA

EL PINAR NORTE

A METROS DE GIANNATASSIO
MAGNIFICA ESQUINA
MAR MEDITERRANEO Y MURILLO
EN SOLAR DE TERRENO DE 576 m²
CON 149 m² CONSTRUIDOS (CATASTRO)

CASA DE 3 DORM. BAÑO COCINA, LIV. COM. GARAJE Y ESPECTACULAR FRENTE. INGRESO POR LAS 2 CALLES.
PADRON 33.283

SEÑA: 30% – COMISIÓN E IMPUESTOS: 3,66%

EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Ciudad de la Costa de 5° Turno, dictada en autos: “REPÚBLICA AFISA S.A C/ OCCELLI GOÑI, LEONARDO Y OTRAEJECUCIÓN DE SENTENCIA” IUE 467-105/2018, Edicto: Por disposición de la Sra. Juez Letrado de Primera Instancia de Ciudad de la Costa de 5º Turno, dictado en autos caratulados “REPÚBLICA AFISA S.A. C/OCCELLI GOÑI, LEONARDO Y OTRA”, IUE 467-105/2018, se hace saber que el día 29 de febrero de 2024 a las 10.00 horas en las puertas del Juzgado sito en Av. Giannattasio Km. 23, Ciudad de la Costa, se procederá por intermedio del Martillero Sergio Fain, Matrícula Nº 5.328 R.U.T. 213918210016, presidido de la Sra. Alguacil, a la venta en pública subasta, en dólares americanos, sin base y al mejor postor, el siguiente bien inmueble: Solar con construcciones ubicado en el Departamento de Canelones, Localidad Catastral Ciudad de la Costa, antes El Pinar, Padrón No. 33.283, el que según plano de mensura del Agrimensor Álvaro González Bogliolo, de marzo de 1990 con el No. 3386, que comprende las fracciones A y B, y consta de una superficie de 645 metros 89 decímetros, y se deslinda así: 19,51 metros al Sureste, de frente a la calle Mar Mediterráneo; 11,05 metros al Noroeste de frente a la calle Murillo por ser esquina, unidos ambos frentes por ochava curva de 18,32 metros; 26,25 metros al Noroeste con parte del padrón 33.284; 23,31 metros al Noreste con Fracción C, padrón 33.282. SE PREVIENE: 1) Que el mejor postor deberá consignar por concepto de seña el 30% de su oferta, así como la comisión del Rematador más I.V.A. (3,66%). Dicho pago deberá realizarse en el acto mediante transferencia bancaria, letra de cambio o en efectivo hasta U.I. 1.000.000 (unidades indexadas un millón). Todo exceso de este último valor se hará efectivo mediante letra de cambio, o transferencia electrónica de una entidad bancaria de plaza, cumpliendo así con lo dispuesto por las Leyes No. 19.210, 19.478 y 19.889 modificativas, concordantes y sus decretos reglamentarios. 2) Que serán de cargo del vendedor la comisión e impuestos al Rematador, o sea, 1,22%. 3) Que existe importante deuda de Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Primaria; se descontará del saldo de precio de remate la deuda de Contribución Inmobiliaria y del Impuesto de Enseñanza Primaria, hasta le fecha de remate 4) Que no cumple con el artículo 178 de la Ley 17.296. 5) Que existe discordancia entre el área que surge del plano de mensura y reparcelamiento y el que surge de la cedula catastral. 6) Que se desconoce si existen otras deudas, el estado de conservación del inmueble y si el mismo está ocupado. 7) Que solamente podrán ser imputados al precio los tributos necesarios para la escrituración hasta el momento del remate. 8) Que el plazo para consignar el saldo de precio es de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirán ni por las ferias judiciales ni por semana de turismo. La cancelación deberá realizarse y documentarse de acuerdo a la Ley 19.210, modificativas y Decretos Reglamentarios. 9) Que la subasta se realiza en las condiciones que surgen del expediente, información registral y documentación agregada, la que se encuentra a disposición de los interesados en la Oficina del Juzgado, sito en Av. Giannattasio Km. 23 Ciudad de la Costa.
Ciudad de la Costa, 05 de febrero de 2024
SILVIA GIANINA FREDA MUÑOZ, Actuario

INFORMES:
SERGIO FAIN AJDELMAN
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Tels. 2916 47 31 Cel. 099 151 883