Lagomar – Excelente casa en Ciudad de la Costa Sur

REMATE JUDICIAL SIN BASE – EN PESOS

EXCELENTE CASA EN LAGOMAR

JUEVES 25 DE OCTUBRE A LAS 14 HS EN 25 DE MAYO 604 PLANTA BAJA, EDIFICIO BARREIRO Y RAMOS

UBICADO EN AV. RIO URUGUAY CASI ESQUINA RIOS SENA

SOLAR DE TERRENO DE 568 m2 C/18 mts. DE FRENTE. POSEE CASA CONSTRUIDA
DE 194 m2 QUE CONSTA DE 3 DORM. EN BUEN ESTADO DE CONSERVACIÓN
(DATOS DE CATASTRO). A 2 CUADRAS DE LA PLAYA.

PADRÓN 8.330

SEÑA: 30% – COMISIÓN E IMPUESTOS: 3.66%

Edicto: Por disposición de la Sra. Juez Letrado del Trabajo de la Capital de 13er. Turno, dictado en autos caratulados “DAISSON, Héctor c/ ELABORADORA DE METALES S.A. Y OTROS” Pieza separada por Vía de Apremio Ficha 82-3/2017 se hace saber que el día 25 de octubre de 2018 a las 14:00 horas en 25 de mayo 604 Planta Baja, se procederá por intermedio de los Martilleros Sergio y/o Maximiliano Fain, Matrículas N.° 5.328 y N° 6.273, R.U.T. 213918210016 y 216618120016 respectivamente, presidido de la Sra. Alguacil, a la venta en pública subasta, en moneda nacional, sin base y al mejor postor, el siguiente bien inmueble: solar con construcciones y mejoras que le acceden, empadronado con el numero 8.330, antes padrón en mayor área con el numero 20.434 ubicado en la décima novena sección judicial del departamento de Canelones, localidad catastral Villa del Mar, zona urbana, paraje Balneario Lagomar, que según plano del Agrimensor Omar Paganini Rocamora de octubre de 1953, aprobado por la Junta de Pando el 12 de Noviembre de 1953 e inscripto en la Dirección General de Catastro Nacional el 17 de Noviembre del mismo año con el número 8.009, se señala como solar 24 de la manzana 106 y tiene una superficie de 568 metros con 22 decímetros cuadrados y se deslinda así: 18 metros de frente al oeste a la Calle Rio Uruguay entre la Avenida Transversal y la Calle Rio Sena distando su punto medio 50 metros 77 centímetros de la esquina formada con la Calle Rio Sena; 37 metros, 16 centímetros al norte, lindando con el solar 23, al sureste 21 metros 20 centímetros con solar 2 y 25 metros 97 centímetros al sur con solar 1, todos del mismo plano.
Se previene: 1) Que el mejor postor deberá consignar por cualquier medio de pago admitido por la Ley 19.210, en moneda nacional y a cuenta del precio, el 30% de su oferta en el acto de serle aceptada. 2) Que serán de cargo del comprador la comisión de compra del Sr. Rematador y demás impuestos y gastos que por ley le corresponden (3,66%) a pagar en el acto. 3) Que serán de cargo del vendedor la comisión e impuestos al Rematador, o sea, 1,22%. 4) Que se desconoce el estado ocupacional, de conservación y mantenimiento del inmueble. 5) Que no se presentó plano de mensura del inmueble padrón 8.330 de Canelones. 6) Que el saldo de precio deberá ser consignado por el mejor postor en el plazo de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las Ferias Judiciales ni por Semana de Turismo. 7) Que conforme establece el art. 384.3 literal c) los rubros que corresponde imputar al precio son Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Primaria. 8) Que el último título y antecedentes dominiales se encuentran depositados en el Tesoro de Títulos del B.H.U.. 9) Que el bien se vende en las condiciones que surgen de los títulos, del expediente y de los certificados registrales, todo lo que se encuentra a disposición de los interesados para su estudio en la Oficina Actuaria de este Juzgado, 25 de mayo 523 Piso 6°. Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones en Montevideo, a los 20 días del mes de setiembre de 2018. ESC. SANDRA BENEDITTO, ACTUARIA ADJUNTA.

INFORMES:

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