La totalidad de las acciones de Gilpyn s.a. y Cerneral s.a.: dos parque solares fotovoltaicos

REMATE EXTRAJUDICIAL
MARTES 14 DE NOVIEMBRE 15 HORAS
En RINCÓN 408 – MONTEVIDEO

EJECUCIÓN EXTRAJUDICIAL DE PRENDA

LA TOTALIDAD DE LAS ACCIONES

GILPYN S.A. y CERNERAL S.A.

REPRESENTATIVAS DE

2 PARQUES SOLARES FOTOVOLTAICOS

Situados en PAYSANDÚ

A 1,5 Kmts. de Ruta 3 Kmt. 373 y a 3/5 Kmts. de Paysandú

• Parques construidos y operando desde 2018.
• Cada uno con capacidad de generación de 1 MWh.
• Operativos entregando energía a la red de UTE.
• Contratos vigentes con UTE.

FORMA DEL REMATE

1) Se remata cada paquete accionario por separado con Base de U$S 1.000.000.-

2) De no haber ofertas, acto seguido se remata sin base.

Seña: 30% – Sald: 72 hs.
Comisión e IVA: 4,88%

 

 

EDICTO: Se hace saber que el día 14 de noviembre a las 15 Hs. en Rincón 408, Montevideo, por intermedio de los rematadores DANTE IOCCO y/o GUSTAVO IOCCO, Matriculas 6970 y 1716, respectivamente, se procederá a los siguientes remates extrajudiciales: a) en primer lugar con la base de U$S 1:000.000.- el 100% del paquete accionario de GILPYN S.A.; y en caso de no haber ofertas, acto seguido, se rematará sin base y en dólares norteamericanos; y b) en primer lugar con la base de U$S 1:000.000.- el 100% del paquete accionario de CERNERAL S.A. y en caso de no haber ofertas, acto seguido, se rematará sin base y en dólares norteamericanos.
Ambas sociedades son representativas de sendos parques solares fotovoltaicos ubicados a 1,5 Kmts. de Ruta Nº 3 y a 3/5 Kmts. de los accesos a la ciudad de Paysandú. El remate se realizara de acuerdo a lo establecido en el contrato de prenda de fecha 1 noviembre de 2018, celebrado entre LAFEMIR S.A., GLT FUNDING LP y GILPYN S.A. y, lo establecido en el contrato de prenda de fecha 1 de noviembre de 2018, celebrado entre LAFEMIR S.A., GLT FUNDING LP y CERNERAL S.A. SE PREVIENE: 1) El comprador deberá consignar por concepto de seña, en dólares estadounidenses el 30% de su oferta así como la comisión del rematador e IVA o sea el 4,88% del precio de remate, todo lo cual deberá realizarse por cualquiera de los medios de pagos previstos por la ley 19.210, modificativas y decretos reglamentarios. 2) El plazo para consignar el saldo de precio es de 3 días hábiles corridos a partir del día del remate, el que deberá realizarse y documentarse también de acuerdo a la ley 19.210, modificativas y decretos reglamentarios. Montevideo, 24 de octubre de 2023.

INFORMES:
DANTE Y GUSTAVO IOCCO
[email protected]
www.iocco.com.uy
Rincon Nº 412 – Montevideo
Tels. 29166910* – FAX.29166986