La Paloma. 2 Solares contiguos de 510 m2, cada uno

REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S

LA PALOMA, 2 SOLARES CONTIGUOS de 510 m² CADA UNO

(con 15 mts. de frente cada uno a calle 38)

MIÉRCOLES 6 DE NOVIEMBRE A LAS 15:30 HORAS EN A.N.R.T.C.I. – AV. URUGUAY 826 – MONTEVIDEO

Se rematarán individualmente

Lote 1) Solar 15 manzana D-7 (Manz. Catastral 292)
Lote 2) Solar 16 manzana D-7 (Manz. Catastral 292)
Padrones 3069 y 3070 respectivamente

Seña 20% – Com e Imp 3,66%
Juzgado Civil 11° Turno – IUE 23-411/1983

EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 11º Turno, dictada en autos: “’’BANCO CENTRAL DEL URUGUAY C/ERNESTO MARTINS SUAREZ Y MARIA SUAREZ’’ JUICIO EJECUTIVO. JUICIO EJECUTIVO.” IUE 23-411/1983, se hace saber que el próximo 6 de noviembre de 2019 a las 15:30 horas en Avenida Uruguay 826 (ANRTCI), se procederá por intermedio del martillero PABLO BORSARI BRENNA matrícula 4821, R.U.T. 212109720012, presidido por la Sra. Alguacil a la venta en pública subasta, sin base, en dólares estadounidenses y al mejor postor, de los siguientes bienes: Dos Solares QUINCE y DIECISEIS de la manzana D-7, padrones tres mil sesenta y nueve (3.069) y tres mil setenta (3.070) respectivamente, antes quince mil cuatrocientos sesenta y seis, sitos en la zona urbana de la localidad catastral Balneario La Paloma, 10ª sección judicial del departamento de Rocha y según plano de los Agrimensores Mario Bula y Carlos Borotra inscripto en la Dirección de Catastro el doce de junio de mil novecientos cincuenta y ocho con el número mil quinientos veintitrés, constan de un área de quinientos diez metros cada uno y por ser contiguos en conjunto se deslindan así: al Este treinta metros de frente a calle número treinta y ocho, por treinta y cuatro metros de fondo lindando: al Norte con solar catorce, al Oeste con solares dos y tres, y al Sur con solar diecisiete. Los solares a rematar se subastarán en forma individual como lote uno el solar quince y como lote dos el solar dieciseis. Se previene que: 1º) El mejor postor deberá consignar en el acto como seña el 20% de su oferta al bajarse el martillo, como así también la comisión del rematador e impuestos, o sea el 3,66% del precio de remate. 2º) Será de cargo del expediente la comisión de venta del rematador e impuestos, o sea el 1,22% del precio de remate así como el 1% de impuesto departamental (ley 12.700). 3º) Se desconoce si los inmuebles se encuentran ocupados. 4º) De existir deudas por aportes al BPS por las construcciones existentes en los inmuebles, las mismas serán de cargo del mejor postor. 5º) Se desconoce si el gobierno departamental de Rocha hace uso del derecho de preferencia del artículo 66 de la Ley de Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente. 6º) Del precio de la subasta sólo se podrá descontar Contribución Inmobiliaria, Impuesto de Enseñanza Primaria y el 2% correspondiente al vendedor del ITP. 7º) La subasta se realiza en las condiciones que surgen del expediente y de la documentación agregada al mismo, habiéndose realizado el estudio de títulos con testimonio notarial. Los certificados registrales fueron ampliados al día 22 de octubre de 2019, 8º) El mejor postor deberá tener presente que: A) deberá depositar el saldo de precio en el plazo de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por la semana de turismo, B) tanto al momento de abonar la seña como el saldo de precio debe cumplir con lo establecido en la Ley 19.210 modificativas y concordantes y decretos reglamentarios. 9º) La documentación se encuentra a disposición de los interesados en la oficina del juzgado sito en Palacio de los Tribunales, Pasaje de los Derechos Humanos 1309 piso 3 de la ciudad de Montevideo. Montevideo, 25 de octubre de 2019 LUISA PEGGY MAICH ELIEZER, Actuario Adjunto.

INFORMES:
PABLO DIEGO BORSARI BRENNA
[email protected]

Cel. 099 688 946