Remate Judicial y Otros

REMATE JUDICIAL SIN BASE EN DÓLARES

MIÉRCOLES 8 DE AGOSTO A LAS 13:30 HORAS EN CAMINO MÉNDEZ 2151 ESQ. LUIS BATLLE BERRES

Camioneta EFFA D/cabina 4×2 – Motos (varias) – Retroexcavadora CAT 219D – Contenedor 20 pies (oficina) + Buldog John Deere – Autos antiguos – Radios – Ford cargo 1617 – Porta pallets – Bobcat varias marcas – Barredora (Tennant) – Elevadores varios (marcas, modelos y carga) – Antigüedades – Llaves térmicas – Escalera caracol – Repuestos elevadores Komatsu – Tanques 10000 – Trilladora Estacionaria antigua (Case) y decena de lotes más.

Exhibición 1, 2, 3, 6 y 7 de Agosto de 10:00 a 16:00

El mejor postor deberá abonar el total de la oferta, más el 12,20% de comisión y impuestos en el momento.
Transferencia bancaria o Letra de cambio.

EDICTO: EDICTO:Por disposición del Sr. JUEZ LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA DE CONCURSOS DE 2º TURNO, en autos caratulados “BEGA URUGUAY S.R.L. CONCURSO LEY 18.387”, IUE 2-27757/2015 se hace saber que el día miércoles 8 de Agosto de 2018 a las 13:30 horas en calle Camino Méndez 2151, acto presidido por la Sra. Alguacil de este Juzgado y por intermedio del rematador Horacio Lima Pereira, matrícula 6257, R.U.T. 21 532455 0015, procederá a la venta en subasta pública, sin base, al mejor postor y en dólares estadounidenses del bien detallado en autos. Vehículo automotor Marca Effa año 2011, modelo Plutus tipo doble cabina 4×2, Padrón 1186049 y matricula SBK 4950 del departamento de Montevideo, Nº chasis LDD6208B0A0006982, Nº motor JM491Q-ME E11880 con funcionamiento a nafta.- SE PREVIENE: 1) Que el mejor postor deberá consignar el 30% de su oferta en el acto de serle aceptada la misma por concepto de seña, con los medios de pago autorizados en el artículo 40 de la ley 19210 y leyes modificativas y concordantes 19475 y 19478, debiendo consignar el saldo dentro de los veinte días corridos contados a partir del siguiente día hábil a la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por la semana de turismo (literal f del art. 387.2 CGP).- 2) Que serán de cargo del mejor postor: el costo del retiro del bien, los gastos y honorarios relativos a la confección de títulos de propiedad, transferencia municipal si corresponde, certificados, seguro obligatorio (SOA, ley 18.412), impuestos y demás que la ley pone a su cargo, necesarios para el otorgamiento e inscripción de los títulos de propiedad; así como la comisión del martillero 12,20% IVA incluido en el acto y dando cumplimiento a las leyes vigentes enunciadas anteriormente.- 3) Que serán de cargo del expediente los gastos de remate y el 2,44% IVA incluido por concepto de comisión sobre venta, que la ley pone a su cargo.- 4) Que el vehículo tiene deuda de patente, pero según lo dispuesto por el art. 177 de la Ley 18.387/2008, no será de aplicación a los adquirentes la responsabilidad que la Ley pone a su cargo por obligaciones municipales, tributarias, ni de cualquier otra naturaleza.- 5) El bien se remata en el estado de situación jurídica y conservación al momento de aceptarse la oferta, a la vista y sin reclamo de especie alguna.- 6) Que se deberá justificar la procedencia de los fondos, identificar el beneficiario final y demás requerimientos impuestos por la Ley 17.835 y decreto 355/010.- 7) Toda la documentación relativa a este juicio se encuentra de manifiesto a disposición de los interesados en la Oficina del Juzgado; de la calle San José 1132 piso 3º. A los efectos legales se hacen estas publicaciones. Montevideo, de Julio de 2018.-

INFORMES:
HORACIO LIMA PEREIRA
[email protected]

Cel. 099691737-094057354