Inmueble Rural e Inmueble Urbano

REMATE JUDICIAL SIN BASE, AL MEJOR POSTOR Y EL DÓLARES USA

INMUEBLE RURAL PADRÓN 8.007

INMUEBLE URBANO PADRÓN 6.072

LUNES 12 DE NOVIEMBRE A LAS 13:30 HORAS EN CALLE E. CIGANDA 617 SAN JOSÉ

INMUEBLE RURAL PADRON 8.007

Fracción de campo de 3,5 Hectáreas con vivienda y galpones

En camino al carretón a 750 m. de ruta 3 – San José

A TAN SOLO 2 KM. DE LA CIUDAD DE SAN JOSE DE MAYO

Vivienda emplazada en zona rural en los límites de la ciudad de San José de Mayo, con retiro y jardin al frente, 2 dormitorios, estar-comedor cocina y baño. Al fondo galpón y depósito. Terreno de 3,589 hectáreas que corresponde un suelo con índice de productividad variable en su extensión, el cual oscila entre los valores de 88 y 184, correspondiente a los grupos CONEAT 5.02b y 10.8b respectivamente. Cuenta con una leve pendiente hacia el fondo y con aguadas naturales provenientes del arroyo Mayada.

INMUEBLE URBANO PADRÓN 6.072

Vivienda de 2 dormitorios con 310 m2 de terreno

En calle Santiago Vázquez 270 – San José de Mayo

Vivienda emplazada en zona urbana de la ciudad de San José de Mayo, con jardín al frente, entrada de servicio, 2 dormitorios, estar comedor con estufa a leña, cocina, baño, depósito independiente al fondo y patio. Ubicada en calle Santiago Vázquez a metros de Bvar. Aparicio Saravia, en plena zona de expansión comercial.

CONDICIONES DE COMPRA:

El mejor postor deberá:

1) Consignar el 20% de su oferta en carácter de seña en el acto de serle aceptada la postura así como la comisión del Rematador e IVA 3.66% mediante medios de pago autorizados por la Ley 19.210, modificativas y concordantes. 2) Que son de cuenta del adquirente los gastos de escritura, certificados e impuestos que la ley pone a su cargo. 3) Que el plazo para consignar el saldo, será de veinte días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por semana de turismo.

4) Que serán de cargo de la parte demandada (Expediente) la comisión de venta del Rematador e IVA 1.22% más el impuesto Ley 12.700 y gastos administrativos que genere su pago.

5) Que en relación al padrón 8007 existe una diferencia de área entre el título y el plano.

6) Que existe contrato de arrendamiento inscripto respecto al padrón rural 8007 con plazo vencido.

7) Que se desconoce la situación contributiva y ocupacional de los bienes.

8) Que sólo son imputables al precio los tributos necesarios para la escrituración, Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Enseñanza Primaria de corresponder hasta la fecha del remate.

9) Que el certificado de resultancia de autos de Elcira Martina BRAVO CABRERA se encuentra sin inscribir.

10) Que los títulos se encuentran disponibles en la Sede, calle Treinta y Tres 434 de la ciudad de San José de Mayo.

11) Que el remate se efectúa en las condiciones que resultan del expediente, de la documentación agregada y de los certificados registrales.

CONCURRA CON DOCUMENTO DE IDENTIDAD.

ANTE CUALQUIER DUDA DE ORDEN JURIDICO CONSULTE CON SU PROFESIONAL

DE CONFIANZA.

GESTIONE LOS MEDIOS DE PAGOS ADMITIDOS POR LA LEY 19.210

CON ANTERIORIDAD A LA SUBASTA.

SEÑA EN EL ACTO 20% – COMISIÓN E IMPUESTOS 3,66%

ANTECEDENTES: Letrado 3° turno IUE 371-203/2016

INFORMES:

099 341 651 – 4342 8531

o en Ciganda 617 – San José de Mayo