Importante inmueble en la ciudad de Melo

REMATE EXTRAJUDICIAL SIN BASE EN U$S
LUNES 1° DE AGOSTO 13:30 HORAS
En A.N.R.T.C.I. – AV. URUGUAY 826 – MONTEVIDEO

POR CUENTA Y ORDEN DE LA SINDICATURA
LIQUIDACIÓN CONCURSAL IUE 2-10255/2019
García De Sosa Delia y otros.

IMPORTANTE INMUEBLE
EN LA CIUDAD DE MELO

Calle Treinta y Tres 830
entre Colón y Rodó

Padrón 7453 Loc. Cat. Cerro Largo

SEÑA 30% – COMISIÓN E IMPUESTROS 3,66%

EDICTO Y CONDICIONES DE LA SUBASTA

Por cuenta y orden de la SINDICATURA, en el marco de liquidación concursal en autos caratulados “GARCIA DE SOSA, DELIA Y OTROS CONCURSO LEY 18.387”, IUE 2-10255/2019 se hace saber que el próximo día lunes 1 de agosto de 2022 a partir de las 13.30 horas en el salón de subastas de la Asociación Nacional de Rematadores, Tasadores y Corredores Inmobiliarios, (ANRTCI) sito en Avda. Uruguay 826, Montevideo, por intermedio del Rematador Eduardo Franchi Soria, Mat. 4974, RUT 212496480010, se procederá al remate extrajudicial, sin base, al mejor postor, en dólares americanos USA, del siguiente bien inmueble: Padrón. Fracción de terreno, construcciones y demás mejoras que contiene, ubicada en la manzana número treinta de la planta urbana de la ciudad de Melo, primera sección judicial del departamento de Cerro Largo, empadronada con el número siete mil cuatrocientos cincuenta y tres (7.453), señalada con la letra B en el plano del Agrimensor Jaime L. Costa, inscripto en la Oficina de Catastro de Cerro Largo con el número mil quinientos noventa y ocho, el once de mayo de mil novecientos cincuenta y nueve, tiene una superficie de doscientos dieciséis metros cincuenta decímetros (216,50 m2) y se deslinda así: al Oeste, ocho metros setenta y cinco centímetros de frente a la calle Treinta y Tres; al Norte, veintiséis metros con la fracción letra “A” del mismo plano; al Este, siete metros noventa centímetros con Severiano Núñez, padrón cinco mil doscientos cuarenta y nueve, y al Sur, veintiséis metros cero cinco centímetros con padrón quinientos noventa y cinco.- CONDICIONES: I) Realizar ofertas implica aceptar las presentes condiciones de subasta, así como la situación jurídica y material del inmueble. II) El mejor postor deberá consignar en carácter de seña el 30% del precio, al serle aceptada la oferta, y la seña deberá consignarse por cualquiera de los medios de pagos previstos por la Ley 19.210 y decretos reglamentarios. III) El plazo para consignar el saldo de precio será de veinte días corridos a contar del día hábil siguiente a la subasta, y dicha cancelación deberá realizarse de conformidad a lo establecido en la Ley 19.210 y decretos reglamentarios. La entrega del saldo es independiente de la escrituración, la que será dispuesta por la Sindicatura una vez que esté en condiciones de ser otorgada. En caso de incumplir con el pago del saldo, se perderá la seña consignada. IV) Será de cargo del mejor postor la comisión de compra (3 % + IVA). V) Serán asumidos por el adquirente todos los gastos necesarios para la escrituración, entre los que se incluyen todos aquellos que la ley pone de su cargo. VI) El comprador no deberá afrontar el pago de las deudas que existen por concepto de Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Primaria hasta la fecha de declaración del concurso, 26 de abril de 2019, por decreto 863/2019. VII) Se desconoce el estado ocupacional del bien. VIII) Se desconoce la situación tributaria ante BPS por las construcciones. IX) El bien se remata en el estado de situación jurídica, fiscal y ocupacional en que se encuentran. X) Conforme al artículo 254.3 de la ley 18.387 y tal como surge del expediente, la subasta está exonerada de todo tributo. XI) Será de cargo del producido del remate la comisión de venta (1%) más IVA y los gastos de subasta. XII) La subasta se realiza en las condiciones que surgen de la información registral obtenida, la que se encuentra a disposición de los interesados en poder del Rematador, así como los títulos y antecedentes que se lograron obtener. –

INFORMES:
EDUARDO HECTOR FRANCHI SORIA
[email protected]
Cel. 095 630 352