Hermosa Chacra en Colonia Wilson

REMATE JUDICIAL SIN BASE EN $

HERMOSA CHACRA EN COLONIA WILSON (A LA ALTURA DEL KM. 40 – RUTA No. 1 – SAN JOSÉ)

VIERNES 19 DE MARZO A LAS 14 HORAS EN AV. WILSON F. ALDUNATE Nº 1026
CIUDAD DE LIBERTAD

¡¡¡ OPORTUNIDAD DE INVERSION !!!

PADRÓN RURAL No. 7474 – SUPERFICIE: 3 HAS 8181 M²

POSEE: DOS VIVIENDAS Y BARBACOA

INDICE CONEAT: 110 – INDICE VALOR REAL: 297

PLANO: ING.AGR. H. REBUFELLO – ABRIL DE 1956 – No. 1195

ANTECEDENTES: IUE FICHA No. 530 -560/2019 JUZGADO LETRADO LIBERTAD SEGUNDO TURNO

SEÑA 30% – SIN BASE Y AL MEJOR POSTOR.

EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Libertad de 2° Turno, dictada en autos: “OLIVERI DOGLIO PATRICIA C/ BENITEZ NESTOR FABIAN CESACION DE CONDOMINIO FAMILIA” IUE 530-560/2019, se hace saber que el próximo día viernes 19 de marzo de 2021 a las 14:00 horas en el local sito en la calle Wilson Ferreira Aldunate No. 1026 esquina Rodó (Libertad), se sacará a la venta en pública subasta – sin base y al mejor postor- y en moneda nacional y por intermedio del Rematador Público Daniel F. Blanco, Matrícula No 5640, RUT 110120590011, el siguiente bien inmueble: – Fracción de campo con sus construcciones, alambrados, montes y demás mejoras que le acceden, ubicada en la 8ª. Sección Judicial y Catastral del Departamento de San José, zona rural, paraje Colonia Wilson, empadronada con el número SIETE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CUATRO (7474), la que se señala como fracción 1 en el plano del Ing. Agrimensor Heber Rebufello de abril de 1956, inscripto en la Dirección General de Catastro el 1°. de agosto de 1956 con el No. 1195, según el cuál tiene una superficie de TRES HECTAREAS OCHO MIL CIENTO OCHENTA Y UN METROS (3 hectáreas 8181 metros) y se deslinda así: al Suroeste 69 metros 42 centímetros de frente a calle de 17 metros; al Noroeste 550 metros con María Platero de Nery, padrón No. 5042; al Noreste 69 metros 42 centímetros con Luis A. Guerra y al Sureste 550 metros con la fracción 2 del mismo plano. SE PREVIENE: 1) Que, el mejor postor deberá depositar por concepto de seña el 30% de su oferta, en el momento de serle aceptada la misma, así como la comisión e impuestos del rematador actuante, lo que asciende al 3,66%. 2) Que, serán de cargo del expediente, el 1,22% correspondiente a la comisión e impuestos del martillero, como así también el importe derivado del pago del Impuesto Departamental Ley No. 12.700 (1,03%). 3) Que, el mejor postor deberá tener presente al momento de su oferta lo dispuesto por las disposiciones de las Leyes Nos. 19210, 19478, 19732, sus modificaciones y su Decreto Reglamentario en caso de que el monto supere la cantidad de 1.000.000 de UI. 4) Que, deberán tener en cuenta asimismo también los mejores postores que disponen de un plazo de veinte días corridos a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate para depositar el saldo de precio, período éste que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por semana de turismo. 5) Que, únicamente se autorizará la imputación al precio obtenido en el remate de aquellos gastos necesarios para proceder a la escrituración, o sea Contribución Inmobiliaria, Impuesto de Enseñanza Primaria, ITP 2% – en caso de corresponder este último. 6) Que, se desconoce el actual estado ocupacional así como posibles adeudos que pueda tener el bien por conceptos de Contribución Inmobiliaria, Impuesto de Enseñanza Primaria o BPS. 7) Que, los antecedentes y documentación se encuentran a disposición de los interesados en las Oficinas de la Sede, sita la misma en Av. 25 de Agosto No. 1133 – Libertad. Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones.
Libertad, 02 de marzo de 2021.
VERÓNICA ALEJANDRA IGLESIAS ESMITE, Administrativo II Colaboraci¿n Cargo: Actuario Adjunto.

INFORMES:
DANIEL FERNANDO BLANCO D´OLIVEIRA
[email protected]
https://es-la.facebook.com/public/Remates-Daniel-Blanco
Cel. 099537163