Gran terreno en Colonia frente al Río

REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S
JUEVES 27 DE NOVIEMBRE 14 HORAS
En RINCÓN 408 – MONTEVIDEO

GRAN TERRENO
EN COLONIA
FRENTE AL RÍO
RAMBLA DE LAS AMÉRICAS
ESQUINA FRANCISCO ACUÑA DE FIGUEROA
También con frente a Edmundo Pratti
8.901 m²
PADRÓN Nº 10.715

CON VISTA AL RÍO DE LA PLATA
EXCELENTE UBICACIÓN

Entorno de gran valorización.
A 1,7 km de “Plaza de Toros Real de San Carlos”
A 3,2 km de “Colonia Shopping”
A solo 3,4 km de la Terminal Fluvio-Marítima y del Centro Cultural Bastión Del Carmen
3,7 km del Casco Histórico
3,8 km del Puerto de Yates
3,9 km del Faro
IDEAL EMPRENDIMIENTO INMOBILIARIO
Seña 30% – Comisión + IVA 3,66%
TODO EN EL ACTO
Plazo para el pago del saldo de precio: 20 días corridos a partir del día hábil
siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate.
Se sugiere consultar a su profesional de confianza, para estudio de expediente,
títulos, adeudos municipales, nacionales y demás.
Si el precio del remate es superior a 1.000.000 unidades indexadas, (1 U.I = $6,3903
al 05/11/25), se deberá abonar con letra de cambio o transferencia bancaria.
Si es igual o inferior también se podrá abonar en efectivo.
Leyes Nos. 19.210, 19.478 Y 19.889


 

EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 18º Turno, dictada en autos: “COLBREY SA c/ SARKAY SA y otros VÍA DE APREMIO” IUE 2-67734/2019, se hace saber que el próximo 27 de Noviembre a las 14 horas en el local de la calle Rincón 408, por intermedio del Martillero GUSTAVO IOCCO, Matrícula Nº 1716, RUT 211808550010 asistido del Oficial Alguacil del Juzgado se procederá al remate público, sin base, en dólares estadounidenses y al mejor postor del siguiente bien inmueble: Solar de terreno baldío sito en el Departamento de Colonia, zona suburbana, localidad catastral Colonia, manzana catastral 505, empadronado con el Nº DIEZ MIL SETECIENTOS QUINCE (10.715) el cual según plano de mensura y fusión del Agrim. Luis Mario González Pérez de 26/8/2010, inscripto en la Dirección Nacional de Catastro, Oficina Delegada de Colonia con el Nº 12.911 el 15/9/2010, consta de una superficie de 8.901 mts. 85 dmts. y según titulo de 8.901 mts. 33 dmts, que se deslinda así: al Suroeste 117 mts. 13 cmts. de frente a Rambla Costanera, entre las calles Florencio Sánchez y Francisco Acuña de Figueroa; al Norte, línea quebrada compuesta de tres tramos de recta; la primera que corre de Oeste a Este y mide 60 mts. 57 cmts. y da frente a calle Francisco Acuña de Figueroa, formando esquina con Rambla Costanera; uniendo ambos frentes ochava recta de 10 mts., la segunda, de 31 mts. 91 cmts, lindando con el padrón 6961 y que corre de Noroeste a Suroeste y la tercera, de 51 mts. 16 cmts. lindando con los padrones 6961 y 6929 y que corre de Suroeste a Noroeste; al Noreste 68 mts. 13 cmts. de frente a la calle Edmundo Pratti entre las calles Francisco Acuña de Figueroa y Florencio Sánchez, distando el extremo más próximo de su frente 20 mts a la esquina formada por la intersección de las calles Edmundo Pratti y Florencio Sánchez; al Sureste línea quebrada formada por dos tramos de recta de 47 mts. 12 cmts. y de 40 mts., que corren ambas de Noreste a Suroeste y lindan con padrón 6816: El actual padrón 10.715, resulta de la Fusión de los padrones anteriores 6915, 6903, 6928 y 6959. SE PREVIENE: 1) El mejor postor deberá consignar por concepto de seña en dólares estadounidenses el 30% de su oferta y que serán de su cargo la comisión de compra del Rematador e I.V.A o sea el 3,66 %. Dicho pago deberá realizarse en el acto y si el precio total de lo rematado superare los montos establecidos en las leyes 19.210 en la redacción dada por la ley 19.889, se hará efectivo mediante letra de cambio cruzada o transferencia electrónica de una entidad bancaria de plaza, cumpliendo con las leyes referidas y sus decretos reglamentarios. En caso de abonar con transferencia electrónica el mejor postor deberá tomar los recaudos necesarios ante la sucursal de su Banco a efectos de tener disponibles las sumas necesarias al momento de la realización de la subasta.- 2) Que serán de cargo del vendedor la comisión e impuestos al Rematador, o sea, el 1,22% así como el Impuesto Departamental del 1%.- 3) Que se desconoce el estado ocupacional del inmueble, así como la existencia y regularidad estructural y fiscal de las construcciones que pudieran existir en el mismo y la posible existencia de deudas de construcción ante el BPS e Intendencia de Colonia.- 4) Se desconocen los adeudos pendientes con la Intendencia de Colonia así como respecto del Impuesto de Enseñanza Primaria.- 5) Sólo se podrá descontar del precio de remate la deuda que existiera por concepto de Contribución Inmobiliaria y de Enseñanza Primaria pudiéndose imputar al mismo la suma generada exclusivamente por tales conceptos hasta la fecha de la traslación de dominio, no quedando comprendido los honorarios de los abogados de las administraciones involucradas cuando existiera juicio tendiente a recuperar los tributos adeudados.- 6°) Para el caso de que el mejor postor sea diferente al actor de autos, será de cargo del expediente la devolución de lo que se abone por conceptos de impuestos necesarios para la inscripción de la escritura traslativa del dominio ITP (2% del vendedor) e IRPF si correspondiere.- 7) Que serán de cargo del mejor postor los gastos de escrituración, honorarios y certificados.- 8) Que se deberá tener presente lo dispuesto por la Ley 19.210 de Inclusión Financiera, en la redacción dada por la ley 19.889 así como lo que pueda corresponder en cuanto a las previsiones de la ley 19.574, en la redacción dada por la ley 19.889.- 9) Que el saldo de precio deberá ser consignado por el mejor postor en el plazo de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las Ferias Judiciales ni por Semana de Turismo.- 10) Que no se cumple con la declaración jurada de caracterización urbana (fojas 150).- 11) Que los bienes se rematan en las condiciones que surgen de los títulos, del expediente y de los certificados registrales, todo lo que se encuentra a disposición de los interesados para su estudio en la Oficina Actuaria de este Juzgado, Pasaje de los Derechos Humanos 1309 Piso 2º.- 12) Las últimas ampliaciones registrales con las que se cuenta en la Sede son del día 28 de octubre del año 2025.- Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones.- Montevideo, 29 de octubre de 2025 – SOLANGE BENTANCOR BUFFA, Actuario Adjunto

INFORMES:
DANTE Y GUSTAVO IOCCO
remates@iocco.com.uy
www.iocco.com.uy
Rincon Nº 412 – Montevideo
Tels. 2916 69 10* Cel. 091 010 666