Gran terreno de 1.511 m2 en Balneario Solís

REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S
MARTES 5 DE OCTUBRE – 14:30 HORAS
En A.N.R.T.C.I. – AV. URUGUAY 826 – MONTEVIDEO

GRAN PADRÓN N°342
(Manz.40)

en Balneario Solís

Muy próximo a Supermercados, Playa Mansa y Motonáutica

Sup. terreno: 1.511 m²

49,53 mts. de frente a calle Miramar

Seña: 20% – Com. e imp: 3,66%

EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 2º Turno, dictada en autos: “BROU C/ GRANEC S.A. Y OTROS -JUICIO EJECUTIVO- J. EJ.” IUE 22-804/1984, se hace saber que el próximo 5 de octubre de 2021 a las 14:30 horas en Avenida Uruguay 826 (ANRTCI), se procederá por intermedio del martillero PABLO BORSARI BRENNA matrícula 4821, R.U.T. 212109720012, presidido por la Sra. Alguacil a la venta en pública subasta, en dólares estadounidenses, sin base y al mejor postor, del siguiente bien: Bien inmueble actualmente empadronado con el número 342 del departamento de Maldonado, sito en la Localidad Catastral Balneario Solís, con una superficie actual de 1.511 metros cuadrados (en cédula catastral solar baldío) es descripto según plano del Agrimensor Juan José Gomensoro Correa, inscripto el 29/3/60 con el número 2622 en la Dirección General de Catastro, con padrón anterior de igual número, señalados en dicho plano como solares números 757 y 758 de la Manzana número 40 que se describen de la siguiente manera: el primero con un área de 768 mts 343 cms que se deslinda con 24,53 metros al Este a la calle Miramar antes “A”, 26,39 metros al Sur con solar 756, 26,43 metros al Suroeste con solar 762 y 36,23 metros al Norte con solar 758. El segundo o sea el solar 758 con un área de 742 metros 6250 centímetros que se deslinda: 25 metros al Este a la calle Miramar antes “A”, 36,23 metros al Sur con solar 757, 28,20 metros al Noroeste con solar 760 y 23,18 metros al Norte con solar 759. Se previene que: 1º) El mejor postor deberá consignar como seña el 20% de su oferta al serle aceptada, como así también la comisión del rematador e impuestos, o sea el 3,66% del precio de remate. 2º) Será de cargo del expediente la comisión de venta del rematador e impuestos, o sea el 1,22% del precio de remate, como así también el 1% correspondiente al impuesto departamental. 3°) Serán de cargo del comprador los gastos e impuestos que correspondan de su cargo. 4°) Los únicos rubros que el mejor postor podrá descontar del precio ofertado son los importes que pudieran deberse por concepto de los tributos de Contribución Inmobiliaria, Impuesto de Enseñanza Primaria y el 2% correspondiente al vendedor por ITP e IRPF. 5°) El mejor postor deberá tener presente que: A) deberá depositar el saldo de precio en el plazo de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por la semana de turismo, C) tanto al momento de abonar la seña como el saldo de precio debe cumplir con lo establecido en la Ley de Inclusión Financiera (19.210 y 19889), modificativas y concordantes y decretos reglamentarios. 6°) Surge a fojas 677 la existencia de ocupantes en el predio.-. 7°) De existir deudas por aportes al BPS por las construcciones existentes en el inmueble, las mismas serán de cargo del mejor postor. 8°) Se desconoce la existencia de deudas por concepto de tributos de carácter nacional o municipal. 9°) La subasta se realiza en las condiciones que surgen del expediente y de la documentación agregada al mismo, habiéndose realizado el estudio de títulos con testimonio notarial. 10°) La documentación se encuentra a disposición de los interesados en la oficina del juzgado sito en Palacio de los Tribunales Pasaje de los Derechos Humanos 1309 piso 3 de la ciudad de Montevideo.
Montevideo, 17 de septiembre de 2021
ANA DORYS GUTIÉRREZ VELÁZQUEZ, Actuario

 

INFORMES:
PABLO DIEGO BORSARI BRENNA
[email protected]

Cel. 099 688 946