Frente al complejo Arcobaleno Maldonado

REMATE JUDICIAL SIN BASE EN DÓLARES ENTADOUNIDENSES EN EL ACTO CON LETRA DE CAMBIO

FRENTE AL COMPLEJO ARCOBALENO, MALDONADO 

CALLE ARCOBALENO ENTRE AV. MARTINIANO CHIOSI Y JOAQUÍN TRRES GARCÍA

LOCALIDAD CATASTRAL MALDONADO

MARTES 28 DE MAYO A LAS 14:30 HORAS EN URUGUAY 826, MONTEVIDEO

Establecimiento EL MANÁ

Dirección: calle ARCOBALENO entre AV. MARTINIANO CHIOSI y JOAQUÍN TORRES GARCÍA

Localidad catastral Maldonado, a la altura de Parada 16 de la Playa Mansa, a 5 cuadras de la Rambla.
Padrones: 1934 y 1935, localidad Maldonado, departamento de Maldonado.

Sup. edificada

1) Padrón Nº 1934 – Sup 900 m Área Edif. 69 m s/ced cat piscina y barbacoa
2) Padrón Nº 1935 – Sup 900 m Área Edif. 259 m s/ced cat casa de 2 plantas.

Comodidades (no se ingresó al inmueble):

Detalles

DEUDAS (las cifras se dan a título informativo, es responsabilidad de los interesados hacer directamente la consulta en los organismos respectivos)
Al 17/05/2019

QUE SE DESCUENTAN DEL PRECIO (las paga el comprador pero las descuenta del saldo de precio)

Contribución Inmobiliaria:

1) Padrón Nº 1934 Debe $ 1.052.671 desde año 2004 (aprox. US$ 29.240) en juicio por la Int. de Maldonado (honorarios 10 % más iva) información verbal obtenida en la Intendencia de Maldonado
2) Padrón Nº 1935 Debe $ 1.535.546 desde año 2004 (aprox. US$ 42.654) información verbal obtenida en la Intendencia de Maldonado

Primaria:

1) Padrón Nº 1934 Debe $ 87.223 (aprox. US$ 2.423)
2) Padrón Nº 1935 Debe $ 151.624 (aprox. US$ 4.212)

CONDICIONES DE PAGO:

El día del remate en el mismo acto deberá abonar el 30% de su oferta, y el 3,66% por concepto de comisión e impuestos.
El pago debe hacerlo con letra de cambio.

LOS CLIENTES DEL INTERIOR DEBEN CONSTITUIR UN DOMICILIO LEGAL EN MONTEVIDEO PARA QUE SE LE ENVÍEN NOTIFICACIONES POR PARTE DEL JUZGADO, ETC. (PUEDE SER ABOGADO, ESCRIBANO, FAMILIAR, AMIGO, ETC).

ATENCIÓN CONSIDERANDO LA LEY DE INCLUSIÓN FINANCIERA Y DECRETOS REGLAMENTARIOS, LA LETRA DE CAMBIO DEBE ESTAR CRUZADA Y A NOMBRE DEL ADQUIRENTE.

VISITAS, OCUPANTES:
Se desconoce el estado de ocupación, de los certificados registrales no surge ningún arrendamiento inscripto.

DATOS DEL JUZGADO:
Juzgado Letrado Civil 12°Turno IUE 2-44207 / 2008
Pasaje de los DDHH 1309 piso 3, Montevideo

Las interrogantes de índole jurídico notarial deben ser aclaradas con anterioridad al día de remate por su profesional de confianza.

EDICTO: Por disposición del Sra. Juez Letrado de Primera Instancia en lo Civil de 12°Turno, en autos caratulados “LIBERMAN, BERNARDO y OTROS C/ SUCESORES DE NOLI BRUNO, FRANCISCA y OTROS”. EJECUCIÓN DE HIPOTECA. IUE 2- 44207/2008″, se hace saber que el próximo 28 de mayo de 2019, a partir de las 14.30 hs. en el local de la calle Uruguay 826, el martillero MARIO FLORES, Matrícula N° 5357, R.U.T. 213975200016, sacará a la venta en pública subasta, sin base, en dólares estadounidenses, y al mejor postor los siguientes bienes inmuebles: Dos fracciones contiguas de terreno, con los edificios, construcciones y demás mejoras que le acceden, sitos en la 1ª. Sección Judicial del Departamento de Maldonado, localidad catastral Maldonado, zona urbana, 1) el padrón N° 1934, segregado del padrón N° 1933 en mayor área señalado con el número 2 de la manzana letra “B” en el plano suscrito por el Agrimensor Héctor Carlomagno de enero de 1946, inscripto en la Dirección General de Catastro con el número 863 el 6 de mayo de 1946, según el cual se compone el padrón de un área de 900 metros cuadrados, que lindan: 60 metros al Norte de frente a calle de 17 metros de ancho por medio con manzana letra “A” del mismo plano, entre las calles Martiniano Chiosi y calle de 17 metros; 30 metros al Este lindando con solar 3; 60 metros al Sur de frente a Plaza y 30 metros al Oeste lindando con solar 1 y, 2) el padrón N° 1935 segregado del padrón N° 1933 en mayor área señalado con el número 3 de la manzana letra “B” en el plano suscrito por el Agrimensor Héctor Carlomagno de enero de 1946, inscripto en la Dirección General de Catastro con el número 863 el 6 de mayo de 1946, según el cual se compone el padrón de un área de 900 metros cuadrados, que lindan: 60 metros al Norte de frente a calle de 17 metros de ancho por medio con manzana letra “A” del mismo plano, entre las calles Martiniano Chiosi y calle de 17 metros; 30 metros al Este lindando con solar 4; 60 metros al Sur de frente a Plaza y 30 metros al Oeste lindando con solar 2. SE PREVIENE QUE: 1) El mejor postor deberá consignar el 30% de su oferta deberá hacerse efectivo mediante letra de cambio cruzada, cheque cruzado no a la orden o transferencia electrónica de una entidad bancaria de plaza en cumplimiento de lo dispuesto por las leyes 19.210 y 19.478 y sus decretos reglamentarios modificativos en el acto de remate y el saldo de precio en el plazo de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto que lo aprueba, que no se interrumpirá por las ferias judiciales, ni por la semana de turismo (art. 387.2 literal f del C.G.P. en la redacción dada por la Ley 19.090); también en el acto de serle aceptada la oferta deberá pagar la comisión del rematador e impuestos, o sea el 3,66% del precio de remate. 2) Será de cargo del expediente, la comisión de venta del rematador (1%) más el IVA del precio de remate, más el Impuesto departamental Ley 12.700 (1%), totalizando 2,22% del precio de remate; así como los gastos originados por el mismo y los impuestos que la ley pone a su cargo. 3) Se sacará a remate en primer término el padrón N° 1934 y en segundo término el padrón N° 1935. 4) Los gastos de escrituración e impuestos que la ley pone de cargo del comprador, serán de cargo del mejor postor. 5) Sólo son imputables al precio de la subasta, los tributos necesarios para la escrituración (Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Primaria) que se adeudaren a la fecha del remate (I.T.P. e I.R.P.F. si correspondiere, se reintegrarán luego de otorgada la respectiva escritura). 6) La titulación y antecedentes de los padrones N° 1934 y N° 1935 del departamento de Maldonado se aportaron a través de testimonio notarial. 7) Tanto el mejor postor como el segundo mejor postor deberán constituir domicilio en el acto de la subasta de conformidad a lo establecido por el art. 387.5 del CGP y su remisión al art. 71 del CGP. 8) Se desconoce el estado ocupacional del bien. 9) Existe deuda con la Intendencia de Maldonado por contribución inmobiliaria por ambos padrones desde el año 2004 a la fecha y también deuda del Impuesto a Primaria por ambos padrones desde el año 2011 a la fecha. 10) Existe juicio de la comuna de Maldonado respecto de ambos padrones. 11) Se ignora el actual estado y monto de deudas por Contribución Inmobiliaria, Impuesto de Enseñanza Primaria o cualquier otra que gravaran los bienes. 12) Los bienes se rematan en las condiciones que surgen del expediente, de la información registral y la documentación presentada. Los antecedentes de este juicio se encuentran a disposición de los interesados en la Sede del Juzgado, Pasaje de los Derechos Humanos 1309 piso 3°, en horario de oficina. A los efectos legales se hace ésta publicación. Montevideo, 7 de Mayo de 2019. GABRIELA HORMAIZTEGUY, ACTUARIA.

INFORMES:

MARIO SERGIO FLORES COSTA

Tels. 099432412 de lunes a viernes de 13 a 18 hs.