Fracción de campo en el departamento de Maldonado

REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S
MARTES 30 DE MAYO 14:30 HORAS
En A.N.R.T.C.I. – AV. URUGUAY 826 – MONTEVIDEO

FRACCIÓN DE CAMPO

7ª SECCIÓN CATASTRAL DEL DEPARTAMENTO DE MALDONADO

21 há 7651 mts² – Padrón 26.103

 

EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 10o Turno, dictada en autos: “EGUILUZ, RUBEN c/ FABBRI MOSCHETTI, GIORGIO – JUICIO EJECUTIVO” IUE 2-31493/2018, se hace saber que el próximo 30 de mayo a las 14.30 horas en el local de la Asociación Nacional de Rematadores Avenida Uruguay N.o 826, por intermedio del Martillero JUAN JOSE MERELES BERTRAND, Matrícula N.o 3966, RUT 21.139274.0018, asistido del Oficial Alguacil del Juzgado se procederá al remate público, sin base, al mejor postor y en dólares estadounidenses, del siguiente bien inmueble: fracción de campo, ubicada en la 7a sección catastral del departamento de Maldonado, empadronada con el número 26.103, la que según plano de mensura y fraccionamiento del Agrimensor Carlos Rodríguez Queirolo de junio de 2009, inscripto en la Dirección Nacional de Catastro Oficina Delegada de Maldonado con el número 9.136 el 18 de noviembre de 2009, esta señalado como la fracción No 3, del mencionado plano, tiene una superficie de 21 há 7651 mts, que se deslinda de la siguiente forma: Al Noreste 264m 75cm lindando con la fracción 2 del mismo plano; al Sureste línea quebrada compuesta por 3 tramos de recta, la primera 288m 36cm lindando con parte del padrón No 2.318, la segunda de 156m 07cm lindando con parte del padrón No 2.318 y la ultima de 272m 77cm lindando con el padrón No 24.043; al Suroeste 516m 15cm lindando con parte del padrón No 8877 y con el padrón No 5294 y al Noroeste 574m 27cm lindando con padrón No 5.458.- SE PREVIENE QUE: Existe deuda por contribución inmobiliaria, información al 2/12/2020 y deuda del impuesto de enseñanza primaria desde el año 2015, información al 1/12/2020.- Existe en el bien una servidumbre de paso.- En referencia a la documentación antecedente, la misma se estudio en testimonios por exhibición, la mayoría extraídos de la matriz y respecto a la escritura de Partición Judicial de fecha 28/8/1947, la misma no pudo ser encontrada por el ejecutante.- El mejor postor deberá consignar por concepto de seña el 30% de su oferta, así como la comisión del rematador más IVA.- Dicho pago deberá realizarse en el acto mediante letra de cambio a nombre del comprador ( mejor postor ) o transferencia electrónica de una entidad bancaria de plaza, cumpliendo con las leyes 19.210, 19.478 19.889 modificativas, concordantes y decretos reglamentarios.- Se desconoce la situación ocupacional del bien y la existencia de deudas por construcción ante la I.M. de Maldonado y el B.P.S.- Solamente podrá ser imputado al precio los tributos necesarios para la escrituración, esto es la contribución inmobiliaria y el impuesto de enseñanza primaria.- El plazo para consignar el saldo de precio por el mejor postor, será de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por semana de turismo.- Será de cargo del expediente el pago de la comisión de venta al rematador del 1.22% más el 1% de impuesto municipal.- El bien se remata en las condiciones jurídicas y materiales que surgen del expediente.- Los certificados registrales fueron ampliados al 18/04/2023 y la documentación presentada se encuentra a disposición de los interesados en la Oficina del Juzgado sito en la Palacio de los Tribunales Pasaje de los Derechos Humanos No 1309 piso 3 de la ciudad de M0ntevideo. Montevideo 19 de abril de 2023
Montevideo, 19 de abril de 2023
MARÍA GABRIELLA CARBONE GUERRA, Actuario Adjunto

INFORMES:
JUAN JOSE MERELES BERTRAND
[email protected]
Cel. 099 138 452