REMATE JUDICIAL SIN BASE EN $ MARTES 16 DE JUNIO 13:30 HORAS En CASA ROSADA EN DODERA Nº 869 ENTRE FLORIDA E ITUZAINGÓ – MALDONADO
SOLAR DE TERRENO EN CLUB DEL LAGO DEPARTAMENTO DE MALDONADO PADRÓN 2822 1496,99 m² Seña 30% – Comisión e IVA 3,66%
EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Maldonado de 6° Turno, dictada en autos: “I.D.M. C/ CHINTALO, ANGELA Y OTRO -JUICIO EJECUTIVO-” IUE 290- 72/2020, se hace saber que el próximo 16 de Junio de 2026, a la Hora 14, en el Local Casa Rosada, ubicado en la calle Dodera No. 869, entre Florida e Ituzaingó, por intermedio del martillero Gustavo ALVAREZ ALZUGARAY, matrícula 5722, RUT 100356560011, asistido por la Alguacil del Juzgado, se procederá al Remate Público SIN BASE y en pesos uruguayos, del siguiente bien Inmueble: Solar Terreno Baldío, sito en la Localidad Catastral Punta Ballena, departamento de Maldonado, manzana catastral No. 226, empadronado con el número Dos mil ochocientos veintidós (2.822), el que según el plano de mensura y fraccionamiento del Agrimensor Eduardo De los Campos, de Agosto de 1980, inscripto en la Dirección Departamental de Catastro con el número 255 el 30 de Octubre de 1980, se identifica como solar 17 de la Manzana D1, tiene una superficie de Mil cuatrocientos noventa y seis metros noventa y nueve decímetros (1496 metros 99 decímetros), y se deslinda así: 23 metros 50 centímetros al Sureste, de frente a la calle pública, 66 metros 14 centímetros al Sur, lindando con solar 16; al Noroeste línea quebrada compuesta por dos tramos rectos, el primero de 9 metros 31 centímetros y el segundo de 23 metros, lindando ambos con el padrón 2304 en mayor área, y al Noreste 52 metros 70 centímetros, lindando con el solar 18, todos de la misma manzana.SE PREVIENE: 1) Que el mejor postor deberá consignar en carácter de seña el 30% de su oferta a cuenta del precio final, en el acto de serle aceptada la postura y en pesos uruguayos así como la comisión del rematador más I.V.A. y si el precio total superare el límite de restricción legal para pagos en efectivo se deberá realizar cumpliéndose con lo dispuesto en el art. 35 de la Ley Nº 19.210 en la redacción dada por el art. 3 de la Ley Nº 20.469 mediante letra de cambio o transferencia electrónica de Bancos de Plaza.2) Serán de cargo del comprador los gastos de escrituración, honorarios certificados y la comisión del Rematador e Impuestos, o sea el 3,66% del precio del remate, y de cargo del expediente por comisión e Impuestos el 2,22% del precio del remate.3) El mejor postor deberá depositar el saldo de precio en un plazo de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por la semana de turismo.4) Que el remate se efectúa en las condiciones que resultan del expediente, de la documentación, constancias y de la información registral adjunta.5) No se encuentra agregado en autos el título de propiedad sino su testimonio por exhibción.6) Se desconoce el estado de ocupación del bien y de conservación.7)Los rubros imputables al precio del remate son el Impuesto de Enseñanza Primaria y la Contribución Inmobiliaria, hasta la suma concurrente, requiriendo para cualquier otra imputación, autorización judicial.8 ) Y a los efectos legales se realiza una Publicación en el Diario Oficial y Diario Local, así como en la página del Poder Judicial. Maldonado, 28 de mayo de 2026 – MARÍA LUCIANNE YONA PEREIRA, Actuario Adjunto