Excelente fracción de campo en Rosario, Colonia

REMATA JUDICIAL SIN BASE Y EN DÓLARES

EXCELENTE FRACCIÓN DE CAMPO EN ROSARIO (Colonia)

JUEVES 18 DE OCTUBRE 14.00 HS. – SARANDI 307 ROSARIO (CLUB ROSARIO ATLÉTICO)

Superficie: 4 Hás. 3.943 mts

Padrón rural 5265 Calle de Huertos (Camino de tropas) y vía Férrea frente 258 metros a 150 mts de Ruta 50.

Seña el 30%, más el 3,66% comisión e impuestos, todo en el acto y con letra de cambio u otro medio de acuerdo a la ley Nº 19210

Antecedentes: Juzgado Ldo. de Colonia 2º Turno Sarandí s/n y Bolívar- Rosario (Depto. de Colonia) I.U.E. 225-883/2015

INFORMACION DEL INMUEBLE

UBICACIÓN:
Calle de Huertos (Camino de tropas) y vía Férrea frente 258 metros a 150 mts de Ruta 50, en parte le cruza una cañada.

CARACTERÍSTICAS:
Padrón rural con forma trapezoidal con un frente de 258,9 mts., Con 214 y 212 metros de cada lado y de fondo 164 metros. Posee mejoras y en parte le cruza una cañada.

DEUDAS:
Se encuentra al día con los tributos.
(Sólo se puede descontar del precio, las deudas de Contribución Inmobiliaria y Enseñanza Primaria)

SITUACIÓN OCUPACIONAL:
Se desconoce el estado ocupacional del inmueble.-

EXHIBICIÓN DEL BIEN:
Oportunamente se determinará si es posible visitarlo

CONDICIONES DE REMATE:
Sin Base en dólares americanos. En el acto de remate el mejor postor deberá abonar: El 30% del precio ofertado por concepto de seña más el 3,66 % del precio ofertado por comisión e impuestos del Rematador. Únicamente se abona de acuerdo a lo establecido en la Ley 19,210, con letra de cambio a nombre del comprador o transferencia bancaria en el acto y en dólares americanos

Recomendamos llevar una letra de cambio de por lo menos por el 34% del precio que piense ofertar como máximo. Para estar cubierto puede lleva una letra por el 40% y si sobrara dinero, este queda a favor en el expediente.-

La información proporcionada no es vinculante, es responsabilidad del interesado o comprador, informarse y asesorarse previamente en todos los casos por su profesional de confianza.-

En caso de que el comprador sea de otra localidad debe constituir domicilio en Rosario, para recibir las notificaciones, en tal caso puede ser el domicilio de cualquier persona de su conocimiento.-

Que mejor postor deberá saber y tener conocimiento del deber de colaboración a la información requerida por el Sr. Rematador (ley 18.494 y decreto reglamentario nº 355/2010), pudiendo ser responsable de los daños y perjuicios que hubiere causado su falta de colaboración.-

EDICTO: Por disposición de la Señora Juez Letrado de 2° Turno de Rosario, dictada en Autos caratulados: “GARAT, CARLOS C/ PÉREZ, VALERIA – CESACIÓN DE CONDOMINIO – I.U.E. 225-883/2015”, se hace saber que el próximo 18 de octubre del 2018, a las 14.00 hs. en el Salón del Club Rosario Atlético. sito en la calle Sarandí 307 casi 18 de julio de la ciudad de Rosario (Colonia), el Martillero Silvio Rienzi Mat. 4567. Rut 212218140017, asistido por la Sra. Alguacil del Juzgado, procederá a la venta en pública subasta, sin base, al mejor postor y en dólares americanos del siguiente bien inmueble: Fracción de campo y demás mejoras que le acceden, ubicado en la tercera Sección Judicial del Departamento de Colonia, zona rural, Paraje Ejidos de la ciudad de Rosario, empadronada con el número cinco mil doscientos sesenta y cinco (5265), el que según título de propiedad y plano de mensura del Ingeniero Agrimensor Adolfo Ferrari, de fecha cuatro de abril de mil novecientos cincuenta y tres, inscripto en la Oficina de Departamental de Catastro de Colonia el día catorce de abril de 1953, con el número 395, tiene una superficie de 4 cuatro hectáreas tres mil novecientos cuarenta y tres metros cincuenta decímetros y se deslinda asi: Al Nor-Este doscientos catorce metros ochenta centímetros, lindando con vía de la Administración de Ferrocarriles del Estado. Al Sur-Este ciento sesenta y cuatro metros veinte centímetros, lindando con parte del padrón número 5.138. Al Sur doscientos doce metros sesenta centímetros, lindando con el padrón 6.524 y Al Nor-Oeste doscientos cincuenta y ocho metros noventa centímetros lindando con calle Huertos de veinte metros. SE PREVIENE: 1°) Que el mejor postor deberá consignar el 30% de seña y abonar el 3,66% del precio, por concepto de comisión e impuestos al Rematador. Todo en el acto y de acuerdo a los medios de pago admitidos según Ley 19.210 Modificativas y concordantes, si el importe total supera el equivalente a 40.000 UI (cuarenta mil unidades indexadas), deberá cumplirse a través de letra de cambio. 2°) Que serán de cuenta del comprador los gastos que generen la posterior escritura e impuestos y demás que la ley pone a su cargo, debiendo consignar el saldo de precio en un plazo de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por la semana de turismo, consignando sus pagos de acuerdo a la Ley 19.210 y modificativas. 4°) Que será de cargo del expediente la comisión de venta del Martillero e impuestos o sea el 1.22% del precio del remate y el 1% de impuesto departamental. 5°) Que el bien se remata en las condiciones que surgen de la documentación, de la información Registral y Municipal del expediente. 6°) Que se desconoce el actual estado ocupacional de la propiedad a rematarse, así como la existencia y regularidad estructural y fiscal de las construcciones que hubieran en ella. 8°) Que mejor postor deberá saber y tener conocimiento del deber de colaboración a la información requerida por el Sr. Rematador (ley 18.494 y decreto reglamentario n° 355/2010), pudiendo ser responsable de los daños y perjuicios que hubiere causado su falta de colaboración. 10°) Que los antecedentes se encuentran a disposición de los interesados en la oficina Actuaria del Juzgado Sarandí s/n y Bolívar – Rosario, y a los efectos legales se hace esta publicación.- Rosario, octubre 3 de 2018.- Esc. LILIANA SALOMON, ACTUARIA ADJUNTA.

INFORMES:
SILVIO DANIEL RIENZI MARTINO
[email protected]

Tels. 094 448 333