Excelente edificio para comercio en Melo y local comercial en Tacuarembó

REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S
MIÉRCOLES 31 DE MAYO 14:00 HORAS
EN PUERTAS DEL JUZGADO LETRADO DE MELO, JUSTINO MUNIZ 632

1- EXCELENTE EDIFICIO PARA COMERCIO, Calle 18 de Julio N° 971, casi Lestido, frente a terminal de Ómnibus de Melo, Padrón 8771, 1.300 mts. de terreno, sup. edif. 578 m2.

2- LOCAL COMERCIAL UBICADO EN ZONA COMERCIAL DE LA CUIDAD DE TACUAREMBÓ, 2 plantas, Padrón 8278, sup. 294 m2, sup. edif. 417 m2.


Forma de pago, ajustada a Ley 19.210 y 19.889.
Seña 30% de su oferta más comisión de rematador 3,66 e impuestos, todo en el acto.

EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Cerro Largo de 5º Turno, dictada en autos: “BANCO DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY C/ AGROTOTAL MELO S.R.L. Y OTRA. EJECUCION HIPOTECARIA” IUE 468- 677/2020, Se hace saber que el día miércoles 31 de mayo de 2023 a las 14 hs en las puertas del Juzgado Letrado de Cerro Largo , sito en calle Justino Muniz Nº 632 de la ciudad de Melo , el rematador Eber Jesús Miranda Pose, Matrícula 4.200, RUT 030071770013, en diligencia que presidirá el Sr. Alguacil , procederá al remate público, sin base y al mejor postor en Dólares Americanos de los siguientes bienes inmuebles A) solar de terreno con sus construcciones y mejoras, sito en el departamento de Cerro Largo , localidad catastral de Melo, zona urbana, manzana catastral 71 , padrón 8.771 antes 193 en mayor área , solar 1 , con una superficie de 1.300m2 37dcm con 39 m 14 cm de frente a calle 18 de Julio entre Villanueva Saravia Pintos y Manuela Lestido , superficie edificada 578 m2 . B) Fracción de terreno con construcciones y mejoras, ubicado el 1era sección de Tacuarembó, manzana 150, padrón 8.278 antes 1.735 – antes en mayor área, superficie 293 m 8.553 cm con 11,05 m de frente a calle Ituzaingó Nº 319 , entre Juan Ortiz y José Pedro Varela , solar 5 , superficie edificada 417 m2. SE PREVIENE: 1) Que los bienes se venden en el estado material y jurídico en que se encuentran y lo que resulte del expediente la documentación y los títulos agregados que se encuentran en la oficina de esta Sede. 2) Se deberá estar a lo que surge de autos y a la información registral y fiscal de última hora, que serán de cargo del adquirente. 3) se desconoce la existencia de adeudos de Contribución e Impuestos de Primaria. 4) Se desconoce el estado de ocupación de los inmuebles. 5) Se desconoce la situación contributiva ante el Banco de Previsión Social por actividad personal y/o construcciones existentes.6) Que el inmueble no cumple con el articulo de la Ley 17.992 declaración, Jurada de caracterización urbana vigente , siendo de cargo del adquirente la regularización. 7) Los rubros a imputar como parte del precio, son los tributos adeudados y que sean necesarios para la escrituración. 8) Que la totalidad del precio deberá integrarse dando cumplimiento a la Ley 19.210 y Ley 19.889. 9) El mejor postor deberá consignar el 30% de su oferta en el momento de ser aceptada la postura, debiendo cumplirse con lo establecido por la Ley 19.210 , respecto a los medios de pago . 10) Que se deberá entregar el saldo del precio en plazo de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente de la notificación de autos aprobatorio del remate, que no se interrumpirá ni por la Feria Judicial ni Semana de Turismo. 11) Que serán de cargo del comprador los gastos de escrituración, honorarios, impuestos, certificados, tasas municipales, la comisión a la compra del rematador más IVA- 3.66 %, y demás impuestos y gastos que la ley ponga a su cargo. 12) Que será de cargo por comisión de venta del rematador más IVA – 1,22% e impuestos municipales 1% del precio del remate y demás impuestos y gastos que la Ley ponga a su cargo. A los efectos legales se hacen estas publicaciones.
Melo, 12 de abril de 2023.
OSCAR OMAR RODRÍGUEZ ETCHEVERRY, Actuario.

INFORMES:
EBER JESUS MIRANDA POSE
ESCRITORIO CARRETARA ACEGUA N° 1242, FRENTE A ESTADIO UBILLA
CEL.: 099563863 Y 091359405