Excelente apartamento de dos dormitorios y dos baños en Punta del Este

REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S
MARTES 13 DE MAYO 14:30 HORAS
En CASA ROSADA EN DODERA Nº 869
ENTRE FLORIDA E ITUZAINGÓ – MALDONADO

EXCELENTE APARTAMENTO
EN PUNTA DEL ESTE
2 DORMITORIOS Y 2 BAÑOS
TORRE ANTARES (UNIDAD 202)
ROOSEVELT Y LAKE SALT
PARADA 14
PADRÓN 2748
SUPERFICIE 73 m² 8 dm²
USO EXCLUSIVO DE TERRAZAS “AA-dos” Y “AB-dos”

PRECIOSO, MUY PROLIJO Y COMPLETO
LAVAVAJILLAS – LAVARROPAS – HELADERA CON FREEZER
¡SE VA AMUEBLADO!

SEÑA 30% – COMISIÓN E IVA 3,66%

 

EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Maldonado de 5° Turno, dictada en autos: “INDUSTAR SA c/ RODRIGUEZ ELVIO y otros INTIMACION DE PAGODEMANDA DE EJECUCION HIPOTECARIA RECIPROCA” IUE 289- 176/2011, Se hace saber que el día 13 de mayo de 2025 a la hora 14:30 en el local de La Casa Rosada sito en la calle Dodera N°869, de Maldonado, el martillero público Iván Alejandro Gómez Remedi, matrícula Nº 5660 RUT 160.199.450.013, asistido de la Señora Alguacil de la Sede, procederá a vender en pública subasta sin base y al mejor postor, en dólares estadounidenses el siguiente bien inmueble: Unidad de propiedad horizontal doscientos dos (202), la que forma parte del edificio denominado Torres Antares, construido sobre un solar de terreno, sito en la primera sección judicial de Maldonado, Localidad Catastral Punta del Este, Barrio “Cantegril” de la ciudad de Punta del Este, zona urbana, padrón Nº 2.748, el que según plano de mensura y fraccionamiento de los Agrimensores Joaquín y Ernesto Spinak de enero de 1982 e inscripto en la Dirección General de Catastro con el Nº 5049 el 13 de abril de 1982, consta de una superficie de 7917 m. 90 dm. y se deslinda así: al Suroeste 29m 81 cm. de frente a la Avenida F.D. Roosevelt; al Noroeste línea curva de 84 m 80 cm de desarrollo y 208 m 50 cm. de radio y un tramo recto de 24 m. 4 cm. de frente a calle de 17 m. hoy Lake Salt; al Norte línea curva de 61m 87cm. de desarrollo y 193m 50cm. de radio de frente a calle 17 m. hoy Galileo; al Este línea recta de 73 m. lindando con el padrón Nº 1273; al Sur 2 tramos de curva de 29 m. 75 cm. de desarrollo y 266 m. 50 cm. de radio la primera y 84 m. 34 cm. de desarrollo y 98 m. 50 cm. de radio la segunda, de frente a calle de 17 m. hoy Pitágoras. Sobre dicho terreno se construyó un edificio de Propiedad Horizontal de acuerdo a la Ley 10751 concordantes y modificativas.- La referida unidad 202 empadronada individualmente con el Nº 2.748/202, la que según plano antes citado se ubica en segundo piso a cota vertical más siete metros cuarenta y cinco centímetros, y consta de una superficie de setenta y tres metros, ocho decímetros (73 m. 8dm.) cuadrados y le corresponde el uso exclusivo de las terrazas “AAdos” y “AB-dos” (bienes comunes) SE PREVIENE QUE: 1) los rubros imputables del precio del remate son el impuesto de Enseñanza Primaria y Contribución Inmobiliaria, hasta la suma concurrente, requiriendo para cualquier otra imputación, autorización Judicial; 2) que el remate se efectuará en las condiciones que resultan del expediente, de la documentación, constancias y testimonio por exhibición de la titulación agregados en autos y de la información registral adjunta; 3) Se desconoce el estado de ocupación y conservación del bien; 4) el mejor postor deberá consignar por concepto de seña el 30% (treinta por ciento) de su oferta, así como la comisión del rematador que asciende al 3,66% del precio martillado. Dicho pago deberá realizarse en el acto, y si el precio total de lo rematado superase la U.I. 1.000.000 (unidades indexadas un millón), se hará efectivo mediante letra de cambio o transferencia electrónica de una entidad bancaria de plaza, cumpliendo así con lo dispuesto por las leyes número 19.210, 19.478, y art 221 de la Ley 19.889, y sus decretos reglamentarios.- 5) Que será de cargo de la parte demandada de autos la comisión de venta que asciende al 1.22% del precio martillado; 6) El plazo para consignar el saldo de precio será de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio de remate; 7) Que serán de cargo del mejor postor todos los gastos y honorarios que sea necesario abonar para la titulación del bien a su nombre. 8)Se hace saber la facultad del martillero (art.386 CGP) de corresponder su aplicación.- A los efectos legales se hace una publicación en el Diario Oficial, Diario Local y pagina web el Poder Judicial.- Maldonado, 02 de mayo de 2025 – VERÓNICA LORENA FIAMENE PÉREZ, Administrativo III Colaboración Cargo: Actuario Adjunto.

INFORMES:
IVAN ALEJANDRO GOMEZ REMEDI
ivangomezremedi@gmail.com
Cel. 099 732 930