Estancia “La Arcadia”

REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S
MARTES 28 DE NOVIEMBRE 14:30 HORAS
En A.N.R.T.C.I. – AV. URUGUAY 826 – MONTEVIDEO

ESTANCIA LA ARCADIA

IMPORTANTE Y EMBLEMÁTICO
ESTABLECIMIENTO RURAL
CON COSTA AL RÍO DE LA PLATA
Descripción:

Ubicación: Camino Vecinal Paraje García s/n, 7 sección catastral, zona Rural, Conchillas, Colonia. (34°11’0.10’’S 58°4’14.71’’O)
En una ubicación privilegiada, con costa al Arroyo del Sauce, Arroyo San Francisco y Río de la Plata.

Para acceder se llega hasta el pueblo de Conchillas, a 210 km. de Montevideo, se sigue camino hacia el Cementerio Inglés de Conchillas, y se continúa totalizando unos 4 kilómetros de buenos caminos vecinales para llegar a la portera del establecimiento.

La Estancia “La Arcadia” está compuesta por 5 padrones, se remata todo en un único lote.

Padrón Rural: 3957 – Superficie: 128 hectáreas 592 m2
Indice Valor Real: 202 – Indice Productividad 194
Costa Rio de la Plata, Casco Establecimiento Rural.

Padrón Rural: 3956 – Superficie: 129 hectáreas 6395 m2
Indice Valor Real: 100 – Indice Productividad: 96
Costa Arroyo San Francisco, Tajamar.

Padrón Rural: 10605 – Superficie: 32 hectáreas 8.531 m2
Indice Valor Real: 202 – Indice Productividad: 194

Padrón Rural: 16386 – Superficie: 51 hectáreas 8.488 m2
Indice Valor Real: 162 – Indice Productividad: 156
Costa Arroyo San Francisco

Padrón Rural: 16387 – Superficie: 56 hectáreas 1.696 m2
Indice Valor Real: 107 – Indice Productividad: 103
Costa Arroyo San Francisco.

Total superficie: 398 hectáreas 5.702 m2.
Agrícola – Ganadero.

No se ingresó.

Según lo que surge de los antecedentes cuenta con alambrados, y varias construcciones en buen estado de conservación:

Casa Principal
Casa de Huéspedes
Casa de Caseros
Galpón y construcciones menores.

El campo tuvo o tiene una pista de aterrizaje privada, la que hoy no surge registrada en el listado de DINACIA.

Detalle:

DEUDAS (las cifras se dan a título informativo, es responsabilidad de los interesados hacer directamente la consulta en los organismos respectivos)

Al 19/10/2023 según información relevada en Intendencia de Colonia
(se informa el total sumado de todos los padrones).

QUE SE DESCUENTAN DEL PRECIO (las paga el comprador pero las descuenta del saldo de precio)
Contribución Inmobiliaria:
Debe $ 2.626.139.- (aprox. US$ 65.653.-).

Primaria:
Debe $ 203.457.- (aprox. US$ 5.086.-)
No figura en este total el padrón 3957, por no estar dado de alta en el sistema web, el que se estima que incrementará la deuda como máximo en un 15% más.

PRECIO BASE DEL REMATE: Sin base en US$
CONDICIONES DE PAGO: El día del remate en el mismo acto deberá abonar el 30% de su oferta, y el 3,66% por concepto de comisión e impuestos.
El pago puede hacerlo con letra de cambio, transferencia bancaria en el acto de remate, y medios de pago habilitados por la ley 19.210, 19.478 y decretos reglamentarios.

¿ COMO HACE PARA SABER DE CUANTO HACER LA LETRA SI NO SABE POR CUANTO SE VA A VENDER?
Hace una letra por lo menos por el 34% del precio que piense ofertar como máximo. Sugerimos hacer la letra por el 40% de forma de quedar cubierto.

¿QUÉ PASA SI SE VENDE POR MENOS?
Lo que sobre de la letra se acredita en el saldo de precio y se le entrega un comprobante en el acto.

LOS CLIENTES DEL INTERIOR DEBEN CONSTITUIR UN DOMICILIO LEGAL EN MONTEVIDEO PARA QUE SE LE ENVÍEN NOTIFICACIONES POR PARTE DEL JUZGADO, ETC. (PUEDE SER FAMILIAR, AMIGO, ESCRIBANO, ETC).

VISITAS, OCUPANTES.
No está previsto realizar visitas.
El inmueble está ocupado, no surge de los certificados registrales ningún arrendamiento inscripto.

DATOS DEL JUZGADO
JUZGADO LETRADO CIVIL 12 TURNO.
En expediente: BANCO CENTRAL DEL URUGUAY C/ ROHM CONTE CARLOS Y OTROS. EJECUCION DE SENTENCIA. IUE 25-50/2020
Pasaje de los DDHH 1309, piso 3, Palacio de los Tribunales, Montevideo.

Las interrogantes de índole jurídico notarial deben ser aclaradas con anterioridad al día de remate por su profesional de confianza.

 

EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 12º Turno, dictada en autos: “BANCO CENTRAL DEL URUGUAY C/ROHM CONTE CARLOS Y OTROS – EJECUCIÓN DE SENTENCIA-” IUE 25-50/2020, se hace saber que el 28 de noviembre de 2023 a partir de las 14:30 horas en Av. Uruguay 826 por intermedio del Rematador ASSAD HAJJOUL Matrícula Nº 5555 RUT 212276850013 en acto presidido por el/la Sr/a. ALGUACIL del Juzgado, se sacará a la venta en pública subasta, sin base, en dólares estadounidenses, al mejor postor, y en un solo lote, de los siguientes bienes inmueble: I) Padrón rural 3.956, fracción de campo con mejoras sita en la séptima sección catastral del departamento de Colonia, zona rural, que se compone de dos fracciones y se deslinda así: a) fracción 1 del plano de mensura del Agrimensor Mario Bordabehere de octubre de 1950 inscripto con el número 255 en la Oficina de Catastro de Colonia, el 11 de octubre de 1950, según el cual tiene una superficie de 60 hectáreas 8953 metros y se deslinda así: al Noroeste tres rectas de 232 m, 159 metros y 41 metros de frente a camino de 17 metros; al Noreste con el Arroyo del Sauce; al Suroeste, tres rectas de 832,50 metros medidos hasta el medio del cauce con el Arroyo San Francisco, 414,50 metros y 643,30 metros lindando con fracción 2 del mismo plano y padrones de sucesión de Edgar Evans. b) Fracción 1 del plano de mensura y división del Agrimensor Teófilo R. Osorio de febrero de 1962, inscripto en la Oficina de Catastro de Colonia con el número 3.193 el 14 de mayo de 1962, según el cual tiene una superficie de 68 hectáreas 7.442 metros y se deslinda así: al Este-Sur Este con Arroyo San Francisco; al Sur Suroeste línea quebrada de dos rectas de 999 metros10 centímetros y 225 metros 10 centímetros lindando con fracciones 3 y 2 del mismo plano; al Noroeste 845 metros 25 centímetros con Vicente A. Otero; al Noreste 830 metros 55 centímetros, medido hasta el medio del cauce del Arroyo San Francisco, lindando con resto del padrón 3956. II) Padrón rural 3.957, es una fracción de campo con mejoras sita en la séptima sección catastral del departamento de Colonia, zona rural, la que según plano de mensura del Agrimensor Washington Torterolo Segovia, del 2 de agosto de 1955 inscripto el 4 de agosto de 1955 con el número 1095 en la Oficina Departamental de Catastro de Colonia, tiene una superficie de 128 hectáreas 592 metros y se deslinda así: 1.164 metros 40 centímetros al Noreste con parte del Camino Vecinal de 17 metros 50 centímetros de ancho que lo separa del padrón 10.175 y con el padrón 10.605; 1.337 metros 30 centímetros al Sureste con el padrón 3.956; al Suroeste con el Río de la Plata y 1.182 metros al Noroeste con el padrón 3.958. III) Padrón rural 10.605, es una fracción de campo con mejoras sita en la séptima sección catastral del departamento de Colonia, zona rural la que según plano del Agrimensor Manuel Ibarra de febrero de 1937 inscripto el 16 de febrero de 1937 en la Oficina Técnica Departamental de Empadronamiento de Colonia con el número 12, tiene una superficie de 32 hectáreas 8.531 metros y se deslinda así: 562 metros 80 centímetros al Noroeste de frente a Camino Vecinal; 729 metros 60 centímetros al Suroeste con padrón de David Evans; 415 metros 50 centímetros al Sureste con padrón de Jacinto Tojo y 641 metros 70 centímetros al Noreste con padrón de Jacinto Tojo; IV) Padrón rural 16.386, es una fracción de campo con mejoras sita en la séptima sección catastral del departamento de Colonia, zona rural, antes padrón 3.956 en mayor área, señalada como fracción 2 en el plano de mensura y división del Agrimensor Teófilo Osorio de febrero 1962 inscripto el 14 de mayo de 1962 con el número 3.193, en la Oficina Departamental de Catastro de Colonia, tiene una superficie de 51 hectáreas, 8.488 metros y se deslinda así: al Norte línea quebrada formada por dos rectas de 225 metros 10 centímetros y 434 metros 65 centímetros con la fracción uno del mismo plano; teniendo salida a camino público por una servidumbre de paso de 10 meteros de ancho en la referida fracción lindera; 1080 metros 45 centímetros al Este-Sureste con las fracciones 3 y 4 del mismo plano; al Suroeste con parte del Arroyo San Francisco y del Río de la Plata; al Noroeste 489 metros 70 centímetros con propiedad de Vicente A. Otero. V) Padrón rural 16.387 , es una fracción de campo sita en la séptima sección catastral del departamento de Colonia, zona rural, antes padrón 3.956 en mayor área, señalada como fracciones 3 y 4 en el plano de mensura y división del Agrimensor Teófilo Osorio de febrero de 1962 inscripto el 14 de mayo de 1962 con el número 3.193 en la Oficina Departamental de Catastro de Colonia, tiene una superficie de 56 hectáreas 1.696 y se deslinda así: 499 metros 45 centímetros al Norte con fracción 1 del mismo plano, teniendo salida a camino vecinal, por una servidumbre de paso de 10 metros de ancho en la referida fracción lindera; al Este-Sureste y al Sur con el Arroyo San Francisco; 1.080 metros 45 centímetros al Noroeste con fracción 2 del mismo plano. SE PREVIENE QUE: 1º) El mejor postor deberá consignar el 30% de su oferta en carácter de seña en el acto de serle aceptada la postura, siendo también de su cargo la comisión del rematador más IVA y tributos que la ley le impone, debiendo constituir domicilio dentro del radio del Juzgado. Dicho pago deberá realizarse en el acto y si el precio total de lo rematado superare 1.000.000 de Unidades Indexadas (Ley 19.889) deberá hacerse efectivo mediante letra de cambio, cheque cruzado no a la orden o transferencia electrónica de una entidad bancaria o cualquier otro medio de pago dispuesto por las Leyes 19.210 y 19.478 y sus decretos reglamentarios.- 2) A la fecha se desconoce la existencia de deudas ante organismos nacionales y/o departamentales que afecten el bien inmueble, su situación ocupacional y estado de conservación. 3) Se desconoce situación contributiva del inmueble en cuanto refiere a las construcciones, si las hubiere. 4) Sólo se podrá descontar del precio de remate la deuda que existiera por concepto de Contribución Inmobiliaria y de Enseñanza Primaria, devengada hasta la fecha del remate, pudiéndose imputar al mismo la deuda generada por tal concepto. 5) Serán de cargo del expediente la devolución de los impuestos parte vendedora de ITP y eventual IRPF que abone el mejor postor para la inscripción de la escritura traslativa del demonio. 6) El mejor postor deberá depositar el saldo de precio en plazo de 20 días corridos, contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate y que no será interrumpido por las Ferias Judiciales, ni por la Semana de Turismo.- 7) Se remata en las condiciones jurídicas, fiscales y materiales que surgen del expediente y la documentación presentada que se encuentra a disposición de los interesados en la Oficina del Juzgado sito en el Palacio de los Tribunales Pasaje de los Derechos Humanos Nº 1309 piso 3, de la ciudad de Montevideo siendo de cargo de los interesados toda averiguación complementaria debiendo tener presente el art. 390 del C.G.P. Montevideo, 13 de octubre de 2023. PABLO GERARDO CARABALLO LEMAS, Actuario.

INFORMES:
ASSAD REMATES
[email protected]
www.assad.com.uy
CONVENCION 1343 ESC. 1112 – MONTEVIDEO
Tels. 2900 3099 – 2900 4620 Cel. 092 50 55 55