Esplendido apartamento de alta gama de tres dormitorios en Punta Carretas

REMATE EXTRAJUDICIAL
MIÉRCOLES 13 DE MARZO 14:30 HORAS
En A.N.R.T.C.I. – AV. URUGUAY 826 – MONTEVIDEO

REMATE EXTRAJUDICIAL POR LIQUIDACIÓN CONCURSAL

ESPLÉNDIDO APARTAMENTO DE ALTA GAMA
DE TRES DORMITORIOS EN PUNTA CARRETAS
ZONA DEL CLUB DE GOLF
EDIFICIO “ALTOS DE PATRIA”

Se trata de un edificio de categoría, estrenado hace pocos años, extraordinariamente ubicado en la calle Patria 486 esquina J.M. Sosa, en una zona residencial de Montevideo. Padrón matriz 109.905.

Portería presencial 8 horas diarias de lunes a sábado. Vigilancia las 24 horas.

En el mismo acto se rematará (por separado) el apartamento 901 del mismo edificio, el cual cuenta con dos dormitorios. Ambos apartamentos tienen una espléndida vista panorámica hacia la rambla y el Golf.

Unidades de amplias dimensiones y excelentes terminaciones.

SE REMATAN LOS DERECHOS DE PROMITENTE COMPRADOR CON PRECIO 100% INTEGRADO (INCLUIDOS GASTOS DE OCUPACIÓN Y CONEXIONES).

El apartamento 1001 cuenta con tres dormitorios en suite, baño social, amplia cocina comedor con isla, living con estufa a leña con acceso a balcón con parrillero, amplias terrazas y uso exclusivo de azotea en el piso 11 con parrillero con una vista realmente maravillosa (ver fotos), kitchenette, baño y depósito.

La unidad cuenta asimismo con garaje para dos vehículos.

SUPERFICIES: PISO 10: Propiedad individual: 119,75 metros, terrazas (uso exclusivo): 27,15 metros. Total piso 10: 146,9 metros. PISO 11 (uso exclusivo): Amplia Azotea, depósito, parrillero, baño, kitchenette. Total planta azotea de uso exclusivo: 110,93 metros.

SUPERFICIE TOTAL (PROP. INDIV. + USO EXCLUSIVO): 257,83 METROS

Las fotos que se agregan desde el interior corresponden todas a la azotea ubicada en el piso 11, la cual es de uso exclusivo del apartamento 1001.

¡EXCELENTE OPORTUNIDAD! VENTA EXONERADA DE IMPUESTOS! (Art. 254 Ley 18.387). Se sugiere asesorarse con su profesional de confianza.

(*) Nota: la descripción interna de la unidad resulta de la información que surge del expediente concursal y documentación notarial.

Seña 10% – Comisión: 3,66% – Saldo en 30 días

 

CONDICIONES: 1) El remate se realizará sin base, en dólares estadounidenses y en forma extrajudicial, en el marco del proceso concursal tramitado ante el Juzgado Letrado de Primera Instancia de Concursos de 2º Turno, en autos caratulados “DANIEL LAFFITTE XIMENEZ- CONCURSO NECESARIO LEY 18.387” IUE: 41-156/2022 por disposición de la Sindicatura, conforme al plan de liquidación. 2) El mejor postor deberá consignar en carácter de seña, el diez por ciento (10%) del precio en el acto de serle aceptada su oferta, debiendo abonar dicho monto a través de medios de pago electrónicos, cheques certificados cruzados no a la orden o letras de cambio cruzadas emitidas por una institución de intermediación financiera. 3) La seña referida precedentemente garantizará las obligaciones del mejor postor, quien al formular postura se entiende que acepta la condición material y jurídica de los bienes. 4) El pago del saldo de precio de las diferentes unidades al SCOTIABANK URUGUAY S.A. no podrá condicionarse al otorgamiento de las respectivas cesiones de derechos de promitente comprador, cancelaciones de gravámenes o cualquier otro trámite. Dicho pago deberá integrarse por el mejor postor en un plazo máximo de treinta (30) días corridos desde la fecha de la subasta en la cuenta bancaria que SCOTIABANK URUGUAY S.A. indique, el que deberá hacerse efectivo con absoluta prescindencia de cualquier otro trámite y no pudiendo alegarse la pendencia de instancia alguna para extender dicho plazo, el que se entiende improrrogable a todos los efectos. 5) La posesión de los bienes subastados será entregada al adjudicatario de cada lote, en forma real o ficta, contra la integración total del precio. 6) Si el mejor postor no consignare el saldo del precio conforme a lo indicado, perderá la seña que será abonada al SCOTIABANK URUGUAY S.A. para imputar a su crédito en orden legal, quedando facultada la Sindicatura para formalizar la venta con quien formule la segunda mejor postura y/o realizar nueva subasta. 7) Será de cargo del adquirente la comisión de remate del 3,66% (imp. inc.) a abonar en el acto del remate. 8) El comprador no deberá afrontar el pago de las deudas que existen por concepto de Contribución Inmobiliaria e Impuesto a Primaria hasta la fecha de remate (art. 177 ley 18.387). Luego de ello será de su cargo los gastos y tributos que se generen. 9) Conforme el art. 254 de la ley 18.387 y el informe de liquidación obrante en el expediente, la subasta está exonerada de todo tributo, especialmente el Impuesto a las Trasmisiones Patrimoniales. 10) El mejor postor deberá dar cumplimiento en todo lo que refiera a las leyes 19.210, 19.478, 19.732 y decretos reglamentarios 651/2017, 132/2018 y 78/2019, todas en materia de inclusión financiera así como también deberá justificar la procedencia de los fondos, identificar al beneficiario final y demás requerimientos impuestos por la Ley 19.574, siendo de costo del adquirente cualquier certificado notarial o contable exigible a tales efectos. 11) Los títulos de propiedad se encuentran a disposición de los interesados y sus profesionales intervinientes, a tales efectos contactar al rematador Juan Pablo Carrau. [email protected] – 093880943.

INFORMES:
JUAN PABLO CARRAU
[email protected]
www.jpcarrau.uy
Cel. 093880943