
REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S
JUEVES 22 DE OCTUBRE 15:30 HORAS
En SALÓN CLUB SOCIAL SANDUCERO
CALLE 18 DE JULIO 969 -PAYSANDÚ
VIVIENDA EN CENTRO
CIUDAD DE PAYSANDÚ
PADRÓN 4692 UNIDAD 001
CALLE GRAL. LEANDRO GÓMEZ 692
ÁREA EDIFICADA 88 m² + “DEPÓSITOS ANEXOS”
(CATASTRO)
GARANTÍA 25% + COMISIÓN E IMP. 3,66%
CON LA LETRA DE CAMBIO O TRANSFERENCIA
ANTECEDENTES JUZ. LET. 5 TURNO DE SALTO EXPEDIENTE IUE 356-79/2024




EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Salto de 5° Turno, dictada en autos: “BANCO SANTANDER c/ DA ROSA, RICARDO y otra EJECUCIÓN HIPOTECARIA” IUE 356-79/2024, se hace saber que el próximo 22 de octubre de 2026 a las 15:30 horas en Salón del Club Social Sanducero, sito en calle 18 de julio Nº969, departamento de Paysandú, el martillero público MICHAEL H.WOLF MAT.1454- RUT 210 368 380 017, asistido por el Alguacil del Juzgado Letrado de Paysandú de 6º turno, quien presidirá la subasta – procederá al remate público, sin base, al mejor postor y en dólares estadounidenses sobre el siguiente inmueble, sus anexos, construcciones y demás mejoras que le acceden: Unidad 001 de propiedad horizontal, que forma parte del edificio construido e incorporado al régimen de propiedad horizontal de las leyes números 10751 y 14261, en una fracción de terreno sita en la primera Sección Judicial del departamento de Paysandú, localidad catastral Paysandú, manzana catastral 382, zona urbana de esta ciudad, padrón matriz número cuatro mil novecientos sesenta y dos (4962), antes en mayor área dos mil quinientos cuarenta y cinco y de acuerdo al plano de mensura y fraccionamiento de propiedad horizontal del Agrimensor Rider Colombo de marzo de 2004, inscripto en la Dirección Nacional de Catastro, Oficina Delegada de Paysandú, el día 8 de marzo de 2004 con el número 10701, consta de una superficie de doscientos ocho metros con ochenta y tres decímetros(208m 83dm) con 8 metros 36 centímetros de frente al Noreste a calle Leandro Gómez, entre las calles Silván Femández y Carlos Albo. La Unidad empadronada individualmente con el número 4962/001 (Casa 001), se ubica en planta baja a cota vertical más O metro 29 centímetros, consta de una superficie de ochenta y ocho metros con dieciséis (88m.16) y le corresponde el uso exclusivo de los bienes comunes: depósito A, depósito B, patio C, techo B1, techo C1, techo D1, techo E1 y Ducto F1. SE PREVIENE: 1) El estudio se realizó en base a los títulos y antecedentes guardados en caja fuerte de la Sede a disposición de los interesados. 2) El bien mantiene deuda ante la Intendencia de Paysandú y ante D.G.I. por Impuesto de Enseñanza Primaria. Se desconoce la situación ocupacional del mismo, su situación tributaria ante el B.P.S. y si mantiene deudas con algún organismo público. 3) Se previene lo dispuesto en los numerales 2 y 3 del art. 390 del C.G.P. 4) El pago de la seña así como del saldo de precio deberá realizarse conforme a lo dispuesto por la ley 19.210 en su actual redacción. 5) Será susceptible de imputarse al precio lo adeudado por Contribución Inmobiliaria, Impuesto de Enseñanza Primaria adeudado hasta la fecha de remate, I.R.P.F. e I.T.P. correspondiente a la parte vendedora. 6) El mejor postor así como el segundo mejor postor, deberán constituir domicilio electrónico en el acto de la subasta de conformidad a lo establecido por el art. 387 del C.G.P. y su remisión al art. 71 del mismo cuerpo normativo. 7) El plazo para consignar el saldo de precio, será de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio de remate, no interrumpiéndose por feria judicial ni turismo. 8) BIENES DE USO EXCLUSIVO según el plano del Agr. Rider Colombo inscripto en Catastro el 08/03/2004 con el Nº 10.701: depósito A, depósito B, patio C techo B1, techo C1, techo D1, techo E1, ducto F1. Según el reg. de Copropiedad otorgado el 15/03/2004 las unidades 001 y 101 tienen el uso exclusivo de la terraza A1. 9) El mejor postor deberá consignar en el acto de serle aceptada su oferta el 25% de la misma en concepto de seña; 10) Será de cargo del mejor postor la comisión del martillero más I.V.A. de compra. 11) Será de cargo del expediente la comisión e I.V.A. por la venta y el impuesto municipal. Salto, 14 de octubre de 2026 – MARÍA ALEXANDRA MONETA RIVAS, Actuario
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MIGUEL HUGO WOLF PHILIPPS
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