Dos fracciones de campo con viñedos en Paraje Guardia Vieja, Maldonado

REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S
MIÉRCOLES 7 DE JUNIO 14 HORAS
En PUERTAS DEL JUZGADO LETRADO
25 DE MAYO 723
MALDONADO

2 fracciones de campo con Viñedos en
PARAJE GUARDIA VIEJA
MALDONADO

Acceso desde Ruta 9 por camino vecinal, muy cerca de Ruta 12.

Padrón 5718: con frente a camino vecinal, 5 has. 162 m². Fracción con viñedos.

Padrón 21485: Acceso por servidumbre de paso, 5 has. 5593 m² con viñedos e instalaciones. Cuenta con caminos internos.

Padrones linderos. Ideal para producción y vivienda permanente. Excelente entorno.

SEÑA 30 % – COM. E IMP. 3,66 %

EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Maldonado de 5º Turno, dictada en autos: “BALSEIRO HORACIO c/ DORILAR SA y otra DEMANDA EJECUTIVA” IUE 289- 133/2009, se hace saber que el 7 de junio de 2023 a las 14 horas en las puertas del Juzgado sita en 25 de Mayo 723, Maldonado, se procederá por intermedio del Rematador MARIO STEFANOLI Mat. 4219 Ruc 211743790012 y Presidido por la Sra. Alguacil del Juzgado al remate, sin base, al mejor postor y en dólares americanos de los siguientes bienes inmuebles: I) Fracción de campo sita en la cuarta sección catastral del departamento de Maldonado, zona rural, paraje Guardia Vieja, empadronado con el número cinco mil setecientos dieciocho (5.718; antes padrón 5718 en mayor área y a su vez antes padrón 5718 y 6152 en mayor área) que según plano de mensura del Ingeniero Agrimensor Mario BOIX de octubre de 1994, inscripto en Oficina Departamental de Catastro de Maldonado el 21 de noviembre de 1994 con el número 3.966, se señala como Fracción 3 y según el cual tiene una superficie de cinco hectáreas ciento sesenta y dos metros (5 hectáreas 162 metros) y se deslinda de la siguiente manera: al Oeste, 249 metros 07 centímetros de frente a Camino Vecinal; al Norte, 250 metros 46 centímetros lindando con parte del padrón 3543; al Este, 199 metros 97 centímetros confinando con la fracción 5 del mismo plano; al Sur, 201 metros 71 centímetros por donde linda la fracción 4. II) Fracción de campo sita en la cuarta sección catastral del departamento de Maldonado, zona rural, paraje Guardia Vieja, empadronado con el número veintiún mil cuatrocientos ochenta y cinco (21.485; antes 5718 en mayor área) que según plano de mensura del Ingeniero Agrimensor Mario BOIX de octubre de 1994, inscripto en Oficina Departamental de Catastro de Maldonado el 21 de noviembre de 1994 con el número 3966, se señala como Fracción 5 y consta de una superficie de cinco hectáreas cinco mil quinientos noventa y tres metros (5 hectáreas 5593 metros) y se deslinda así: al Oeste 199 metros 97 centímetros lindando con la fracción 3; al Noreste 260 metros 60 centímetros lindando con parte del padrón 3543; al Este 183 metros 70 centímetros confinando con la fracción 7; al Sur, línea quebrada compuesta de 3 tramos rectos de 83 metros 54 centímetros, 87 metros 59 centímetros y 43 metros 5 centímetros lindando con fracción 6 del mismo plano y ; al Suroeste, 100 metros 40 centímetros confinando con fracción 4, existiendo servidumbre de paso de 10 metros de ancho. SE PREVIENE QUE: 1) El mejor postor deberá consignar el 30% de su oferta en dicho acto, en carácter de seña, así como la comisión del rematador más I.V.A. o sea el 3,66%, en el acto de serle aceptada la postura, y si el monto a integrar superare las UI 1.000.000 (unidades indexadas un millón) se hará efectivo mediante letra de cambio, cheque certificado o transferencia electrónica de una entidad bancaria de plaza, cumpliendo así con lo dispuesto por las leyes 19.210, 19.478 y 19.889 en lo pertinente y sus decretos reglamentarios. El saldo de precio deberá ser depositado en plazo de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no será interrumpido por la feria judicial ni semana de Turismo teniendo presente que deberá resguardar los medios de pago (previstos por la ley 19.210, decreto reglamentario y ley 19.889). En caso de estar el mejor postor exonerado de la seña y del precio, igualmente deberá pagar la comisión del rematador y los gastos del remate. 2) Serán de cargo del adquirente: los gastos de tributos, comisiones, escrituración y los impuestos que la ley pone de cargo del comprador y la comisión del rematador e impuestos o sea el 3,66% del precio de remate lo que deberá pagarse en el acto y de acuerdo a la Ley de Inclusión Financiera 19.210, 19.478 y 19.889, modificativas y sus decretos reglamentarios y será de cargo del expediente: el 1,22% de comisión de venta y el 1% de Impuesto Municipal. 3) Los rubros imputables del precio de remate son el Impuesto de Enseñanza Primaria y Contribución Inmobiliaria, hasta la suma concurrente, requiriendo para cualquier otra imputación, autorización judicial. 4) El remate se efectúa en las condiciones que resultan del expediente, de la documentación, constancias y de la información registral adjunta. 5) Se encuentra agregado en autos último título de propiedad y testimonio de antecedentes dominiales. 6) Se desconoce la situación contributiva por Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Enseñanza Primaria. 7) Se desconoce el estado de ocupación del bien. 8) Se desconoce la existencia de deudas por construcción ante la Intendencia de Maldonado y ante el Banco de Previsión Social. 9) El estudio se realizó en base a la documentación agregada, plano y certificados registrales. Dicha documentación, se encuentran en la Sede del Juzgado Letrado de 1a. instancia de Maldonado de 5to. Turno, a plena disposición de los interesados, quedando de su cargo toda averiguación complementaria. Y a los efectos legales se hacen éstas publicaciones. Maldonado, 09 de mayo de 2023. ANALÍA DE CUADRO RODRIGUEZ, Actuario Adjunto.

INFORMES:
MARIO STEFANOLI PESCETTO
[email protected]
www.stefanoli.com
Tels. 2908 59 38 de 14 a 17 hs. Cel. 099 619 141