REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S MIÉRCOLES 21 DE SETIEMBRE 14:30 HORAS En SARANDÍ 518 – MONTEVIDEO
POCITOS
entre J. F. Zubillaga y Baltasar Vargas
2 CASAS EN UN PADRÓN
Sup. de Terreno: 144,62 m² Sup. Edificada: 144 m² (según Catastro)
Garantía: 30% – Comisión e Imp.: 3,66%
EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 9º Turno, dictada en autos: “B.R.O.U. C/D ELISEO ARMUA, FRANCISCO Y OTROS. EJECUCION HIPOTECARIA. MED. PREP.” IUE 35-77/1999, se hace saber que el próximo 21 de setiembre de 2022, a las 14.30 horas en el local sito en peatonal Sarandí 518, se procederá por el martillero JORGE VANOLI, en diligencia presidida por el Señor Alguacil de la Sede, al remate sin base, al mejor postor y en dólares estadounidenses del siguiente bien inmueble: Solar de terreno con sus construcciones y demás mejoras que le acceden, sito en el departamento de Montevideo, localidad catastral Montevideo, empadronado con el Nro. 29.906; señalado con el Nro. 2 en el plano del Agrimensor Juan Alberto Nicola de setiembre de 1942, inscrito en Avalúos el 23 de setiembre de 1942 con el Nro. 7.835, según el cual tiene una superficie de 144 mc. 6.208 cmc. y se deslinda: 8 mts. 485 mms. de frente al Suroeste a la calle Eugenio o Eufemio Masculino, puertas Nro. 2555/57 entre las calles José Zubillaga y Baltasar Vargas, distando el punto medio 10,74 mts. de la primera nombrada; 17 mts. 28 cms. al Noroeste lindando con solar Nro. 1, padrón 179.627; 8 mts. 24 cms. al Noreste con padrón Nro. 29.905 y 17 mts. 31 cms. al Sureste con padrón 58.190. SE PREVIENE: 1) Que el mejor postor deberá consignar el 30% de su oferta en el acto de serle aceptada así como el 3,66% de comisión e impuestos del rematador. 2) Que serán de cargo del comprador los gastos y honorarios de la escritura y los impuestos que la Ley pone a su cargo. 3) Será de cargo del expediente la comisión de venta del Rematador más IVA (1,22%). 4) Que se desconoce el estado ocupacional del bien en la actualidad. 5) Que se desconoce la existencia de deudas de construcción ante el BPS e Intendencia de Montevideo. 6) Que existe deuda de contribución inmobiliaria e impuesto de enseñanza primaria. 7) Que solamente podrán ser imputados al precio los montos de los tributos necesarios para la escrituración hasta el momento del remate,en el caso de existir cuentas en juicio solo se podrá descontar el monto del tributo y no los honorarios judiciales que se originaren, los cuales serán asumidos por quien resultare mejor postor en el remate; 8) Que a los efectos del pago de la seña y del saldo de precio, el mejor postor deberá dar cumplimiento en todo lo que refiera a las Leyes 19.210, modificativas y decretos reglamentarios. 9) Que el mejor postor deberá depositar el saldo de precio en plazo de 20 días corridos, contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate y que no será interrumpido por las Ferias Judiciales, ni por la Semana de Turismo. 10) Quien resulte mejor postor en el remate deberá tramitar previamente a la escrituración del bien ante la intendencia correspondiente el certificado referente al derecho de preferencia previsto por el artículo 66 de la Ley 18.308; 11) En el caso de no encontrarse vigente la caracterización urbana, será de cargo del mejor postor la realización del trámite de acuerdo al artículo 178 de la Ley 17.296. 12) La subasta se realiza en las condiciones que surgen del expediente, información registral y documentación agregada, la que se encuentra a disposición de los interesados en la oficina del juzgado sito en Palacio de los Tribunales, Pasaje de los Derechos Humanos 1309, primer piso, de la ciudad de Montevideo. Y a los efectos legales se hace esta publicación. SE DEJA CONSTANCIA QUE SE EXPIDE EL PRESENTE EJEMPLAR TENIENDO A LA VISTA LOS SIGUIENTES CERTIFICADOS: REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE 88 Avisos Nº 30.998 – agosto 22 de 2022 | DiarioOficial Nº 2295057, REGISTRO NACIONAL DE ACTOS PERSONALES Y REGISTRO DE PRENDAS Nº 2298990 TODOS AMPLIADOS AL 11 DE AGOSTO DE 2022.-
Montevideo, 17 de agosto de 2022
YIOVANA DANIELA GORDILLO COSTA, Actuario Adjunto.