Dos buques: Uno de carga y un portacontenedores

REMATE OFICIAL SIN BASE EN U$S
VIERNES 12 MAYO 13:30 HORAS
En A.N.R.T.C.I. – AV. URUGUAY 826 – MONTEVIDEO

Remate Oficial por cuenta y orden de la
ADMINISTRACION NACIONAL DE PUERTOS – Administra ANRTCI

2 BUQUES

“ALIANÇA DEL PLATA” – CARGA

Matrícula de Cabotaje 8652, Clase Buque de Carga, Navegación Cabotaje, Actividad Tráfico del Puerto de Montevideo, Eslora 112,52 mts., Manga 20,00 mts., Puntal 8,30 mts., Tonelaje Neto 28,35, Tonelaje Total 5850 TT, Medio de Propulsión Marca Varsika Nº 23144.

“PROVINCIAS UNIDAS” – PORTA CONTENEDORES

Matrícula de Cabotaje 8571, Clase Boreau Veritas, Navegación Cabotaje, Actividad Tráfico del Puerto de Montevideo, Eslora 87,81 mts., Manga 15,90 mts., Puntal 7,54 mts., Tonelaje Neto 1010, Tonelaje Total 2749.

Condiciones de pago:

Seña al bajar el martillo 30% – Comisión 18,30% Imp. Incluidos.

Forma de pago: Ajustada a la ley 19210 y 19889.

Exhibición:

Fecha: 8 al 11 de mayo del 2023

Horario: Previa coordinación con ANRTCI y la ANP.

CONDICIONES ESTABLECIDAS POR LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE PUERTOS PARA EL REMATE DE EMBARCACIONES:
Montevideo 14 de abril de 2023.-

I) Los bienes se rematan en su actual estado de conservación y en las condiciones técnicas y de funcionamiento en que los buques se encuentran y sin derecho a reclamo de especie alguna, encontrándose los mismos a disposición de los interesados para su revisación en los siguientes lugares: Buque Aliança del Plata – Puerto de Montevideo – Está ubicado al Este del Canal de Acceso a la Terminal La Teja (ANCAP.) con las siguientes coordenadas 34° 53.176’S 56° 13.138’O Buque Provincias Unidas – Puerto de Montevideo – Está ubicado Este del Canal de Acceso a la Terminal La Teja (ANCAP.) con las siguientes coordenad|as 34° 53.175’S 56° 13.149’O.- La revisación por los interesados podrá realizarse en los lugares indicados a partir del día 8 de mayo de 2023 en el horario a coordinar previamente con ANRTCI y la A.N.P. quedando supeditado a las condiciones climáticas.

II) El remate se realizará sin base y al mejor postor.

III) Condición para participar del remate. Se establece como condición para participar en el remate la entrega a ANRTCI de la suma de U$S 10.000 (Dólares Estadounidenses diez mil), lo que podrá cumplirse en alguna de las modalidades que se detallan en los literales A) y B) siguientes: A) Con una letra de cambio emitida por un banco de plaza por valor U$S 10.000 (Dólares Estadounidenses diez mil), que se deberá presentar en la Sede de la ANRTCI hasta la hora 17:00 del día previo a la realización del remate o en su defecto, deberá presentarse el día de la subasta únicamente en la referida Sede de la ANRTCI a partir de la hora 10.00 y hasta la hora 13.00. La misma deberá encontrarse emitida a nombre de la persona física que concurra a participar de la puja en forma presencial, debiendo estar endosada por la misma, quedando la ANRTCI como depositaria de dicho título valor. Dicha entidad extenderá constancia de la recepción del documento en depósito a través de sus autoridades. Una vez finalizado el Remate, se devolverán todas las letras recibidas a los respectivos depositantes, con excepción de la letra del mejor postor que se conservará como parte de la integración del precio. B) Con una transferencia bancaria por la suma de Dólares Estadounidenses diez mil (U$S 10.000) a realizarse en la Cuenta Corriente en U$S del BROU, Nº 001569651-00002, a nombre de Panormos S.A. La suma referida deberá encontrarse efectivamente acreditada en la cuenta bancaria señalada, hasta el día antes al de la realización de la subasta. Los interesados deberán tener presente, a dichos efectos, que las eventuales demoras que puedan ocurrir en la acreditación de los importes de la transferencia a realizarse, así como otras eventualidades no serán contempladas.

Una vez acreditada la transferencia, deberá enviarse vía correo electrónico a la dirección [email protected] el comprobante de su realización para su cotejo en la referida cuenta bancaria, incluyendo los datos completos de una cuenta de un banco de plaza (número de cuenta, nombre del Banco, nombre del titular de la cuenta), en moneda Dólares Estadounidenses, a la cual se devolverá los respectivos importes transferidos de aquellos que no resultaron mejores postores en el remate dentro de las 72 hs. siguientes al mismo, desde la referida cuenta bancaria de Panormos S.A.. El dinero transferido por el mejor postor se conservará como parte de la integración del precio.

Será condición sine qua non para ofertar en la subasta haber cumplido la condición impuesta para participar en alguna de las modalidades antes referidas.

IV) Las embarcaciones se rematan en las condiciones documentales y registrales en que los buques se encuentran y sin derecho a reclamo de especie alguna. Será responsabilidad de los oferentes obtener la información en los Registros Públicos a efectos de conocer las inscripciones existentes. Las embarcaciones objeto del remate son propiedad de la Administración Nacional de Puertos, quien los hubo en virtud de lo establecido por el artículo 236 de la ley 16.320, en la redacción dada por el artículo 156 de la ley 19670.

Están a disposición de los interesados en la División Notarial de A.N.P. oficina 605 ubicada en Rambla 25 de agosto de 1825 número 160, de la ciudad de Montevideo, en el horario de 9 a 17 a partir del día 17 de abril de 2023 y hasta el día anterior al remate los siguientes documentos relativos a dicho buques:

a) Los respectivos certificados notariales que documentan la traslación del dominio a favor de la Administración Nacional de Puertos de las referidas embarcaciones, inscriptos en el Registro Nacional de Buques, Sección Propiedad, así como copia de la resolución del Directorio de ANP que dispuso el abandono y de la publicación en el Diario Oficial

b) Los duplicados de la Matrícula, del certificado de arqueo y del certificado de navegabilidad (ambos vencidos) expedidos por la Prefectura Nacional Naval.

En la compraventa traslativa de dominio el adquirente deberá declarar expresamente que conoce y acepta los documentos referidos en el literal b) de este numeral y las inscripciones registrales existentes.-

V) Los compradores deberán consignar, en el acto del remate, el 30% del valor del lote por concepto de seña, más el 18.3% por concepto de comisión e impuestos correspondientes a los rematadores (total un 48.3%). Forma de pago (Ley 19.210 disposiciones reglamentarias y modificativas).

El pago deberá ser realizado por los medios autorizados por la Ley 19.210 de inclusión financiera y disposiciones reglamentarias y modificativas de la misma en dólares americanos.

VI) El saldo de precio de la compra (70%) se debe abonar dentro del plazo de 2 (dos) días hábiles siguientes a la fecha del remate, el que deberá ser depositado en la cuenta del Banco de la República Oriental del Uruguay CUENTA CORRIENTE EN DÓLARES Nº 001553796 subcuenta Nº 00037 a nombre de la Administración Nacional de Puertos. El plazo señalado es improrrogable y vencido el mismo, el mejor postor perderá todo derecho, a la seña, comisión e impuesto pagados así como los lotes subastados.

VII) Serán de cuenta y cargo del mejor postor: a) todos los gastos que se originen por el retiro de los lotes adquiridos; b) todos los gastos que se originen por la tramitación y obtención de cualquier tipo de documentación ante la Prefectura Nacional Naval, o cualquier otra oficina pública o privada, a vía de ejemplo y sin que la enumeración sea taxativa: certificados marítimos, inspecciones, trámites relativos a la bandera, seguros, pago de tasas, impuestos que correspondan conforme a la normativa aplicable, gastos por trámites judiciales etc.; c) Todos los gastos de cualquier naturaleza en que incurra para documentar la traslación del dominio de las respectivas embarcaciones y su registración. A vía de ejemplo y sin que la enumeración sea taxativa: honorarios profesionales, aportes, certificados registrales, tasa de inscripción registral de la compraventa, etc. d) Los gastos de seguridad y vigilancia del buque adquirido en el remate que se generen a partir de abonado el precio total y las tarifas que sean aplicables.

VIII) Los derechos de mejor postor emanados del procedimiento de subasta son intransferibles, debiendo coincidir el adquirente en la boleta de seña, en la factura y en la documentación a suscribir.

IX) Los buques deberán ser agenciados dentro del plazo máximo de cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de abonado el precio total.

X) La entrega de los bienes adquiridos se coordinará una vez abonado el precio total y otorgado el titulo traslativo de dominio. El retiro deberá ser realizado dentro del plazo de 60 (sesenta) días corridos contados a partir de la fecha del remate, por el adquirente o su apoderado o representante en su caso. bien se realizarán respectivamente con la División Notarial y el Departamento de Flota y Dragado de la ANP.

INFORMES:
A.N.P. – A.N.R.T.C.I.
[email protected]
Tels. 2901 7366