Derechos de promitente comprador unidad de PH demolida en Nueva Palmira 1728/1732/1734, unidad 101

REMATE JUDICIAL SIN BASE EN $
LUNES 25 DE ABRIL 14:30 HORAS
En A.N.R.T.C.I. – AV. URUGUAY 826 – MONTEVIDEO

DERECHOS DE PROMITENTE COMPRADOR
SOBRE UNIDAD DE PROPIEDAD HORIZONTAL DEMOLIDA
Descripción:

Dirección: Nueva Palmira 1728/1732/1734 Unidad 101.
Padrón: 17.897/101, Montevideo.

La unidad integraba una Propiedad Horizontal de dos unidades (ver en imágenes datos catastrales de todo el padrón).
Atento al estado ruinoso del padrón se autorizó su derrumbe, por lo que las unidades que componían la Propiedad Horizontal no existen físicamente, han sido demolidas.

Las consultas sobre los derechos que se adquieren en caso de resultar mejor postor de la subasta, deben ser realizadas a su profesional de confianza.

Se subastan los derechos de promitente comprador sobre la unidad demolida.

Detalle:

DEUDAS (las cifras se dan a título informativo, es responsabilidad de los interesados hacer directamente la consulta en los organismos respectivos)

Al 14/03/2022 según certificado de gravámenes IMM N° 574863

QUE SE DESCUENTAN DEL PRECIO (las paga el comprador pero las descuenta del saldo de precio)
Contribución Inmobiliaria:
$ 131.358.- (aprox. US$ 3.300.-)
Iniciando Juicio, por lo que podría agregarse los gastos judiciales.
Paga anualmente según último ejercicio $ 9.465.-

Primaria:
$ 19.486.- (aprox. US$ 500.-).
Paga anualmente según último ejercicio 3 x $ 1.010-

QUE NO SE DESCUENTAN DEL PRECIO (son de cargo del comprador)
Tributos Domiciliarios: Debe $ 45.887.- (aprox. US$ 1.150.-)
Tributos Domiciliarios: Debe $ 1.382.315.- (aprox. US$ 34.600.-)
(en Juicio por lo que se agregan gastos judiciales)
Tarifa de Saneamiento: Debe $ 169.333.- (aprox. US$ 4.230.-)

En total adeuda por concepto de tarifas y tributos que no se descuentan del precio aproximadamente US$ 40.000.- más gastos judiciales que correspondan.

PRECIO BASE DEL REMATE: Sin base en moneda nacional.
Amparado en las potestades y obligaciones que establece la ley 19.090.- en el art. 386, el remate se iniciará con una base cercana al valor catastral del inmueble, lo que se entiende es en este caso y dada la particularidad del inmueble el criterio objetivo y razonable a aplicar.
Por lo que no se aceptará ninguna oferta por debajo de $ 1.500.000.-

 

CONDICIONES DE PAGO: El día del remate en el mismo acto deberá abonar el 30% de su oferta, y el 3,66% por concepto de comisión e impuestos.
El pago puede hacerlo con letra de cambio o transferencia bancaria en el acto de remate.
En caso de abonar con transferencia deberá gestionar en su Banco antes de la subasta las habilitaciones necesarias para poder realizarla en el mismo acto de remate.

¿ COMO HACE PARA SABER DE CUANTO HACER LA LETRA SI NO SABE POR CUANTO SE VA A VENDER?
Hace una letra por lo menos por el 34% del precio que piense ofertar como máximo. Sugerimos hacer la letra por el 40% de forma de quedar cubierto.

¿QUÉ PASA SI SE VENDE POR MENOS?
Lo que sobre de la letra se acredita en el saldo de precio y se le entrega un comprobante en el acto.

LOS CLIENTES DEL INTERIOR DEBEN CONSTITUIR UN DOMICILIO LEGAL EN MONTEVIDEO PARA QUE SE LE ENVÍEN NOTIFICACIONES POR PARTE DEL JUZGADO, ETC. (PUEDE SER FAMILIAR, AMIGO, ESCRIBANO, ETC).

 

VISITAS, OCUPANTES.
El inmueble ha sido demolido.

 

DATOS DEL JUZGADO
Juzgado Letrado Civil 4°T° IUE 26-817/2004
Pasaje de los DDHH 1309, Piso 2, Montevideo.

Las interrogantes de índole jurídico notarial deben ser aclaradas con anterioridad al día de remate por su profesional de confianza.

 

EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 4º Turno, dictada en autos: “EHRLICH, JORGE y otros c/ MALNATTI GÓMEZ, OMAR y otro -EJECUCIÓN DE SENTENCIA- EJECUCION DE SENTENCIA” IUE 26-817/2004, se hace saber que el 25 de ABRIL de 2022 a partir de las 14:30 horas en Av. Uruguay 826 por intermedio del Rematador ASSAD HAJJOUL Matrícula Nº 5555 RUT 212276850013 en acto presidido por el OFICIAL ALGUACIL del Juzgado se procederá a la venta en pública subasta, sin base, al mejor postor y en moneda nacional de los derechos de promitente comprador sobre el siguiente bien inmueble: Unidad de Propiedad Horizontal 101, padrón individual número 17.897/101, que forma parte del edificio sito en la séptima Sección Judicial del Departamento de Montevideo, empadronado con el número 17.897, que según plano de mensura y fraccionamiento del Agrimensor Sarandí Asuaga Nougue, inscripto en la Dirección General del Catastro Nacional, con el número 78.464, el 28 de agosto de 1975, se compone de un área de 441 metros 15 dm, y se deslinda así: 11 metros 66 centímetros de frente al Nor Nor-Oeste, a la calle Nueva Palmira, señalada la puerta de entrada, con los números 1728 al 32, entre las calles Justicia e Inca, distando el punto medio de dicho frente, 28 metros 78 centímetros a la esquina con la calle Inca. La unidad 101 según el citado plano, comprende: Departamento 101 A, Departamento 101 B, Altillo 101 y Acceso 101. SE PREVIENE QUE: 1) El mejor postor deberá consignar el 30% de su oferta en carácter de seña en el acto de serle aceptada y que serán de su cargo la comisión de compra del Rematador o sea el 3,66 %, más demás impuestos y gastos que por ley le corresponden. En caso de abonar con transferencia electrónica el mejor postor deberá tomar los recaudos necesarios ante la sucursal de su Banco a efectos de tener autorizados y disponibles los montos necesarios al momento de la realización de la subasta. 2) La unidad 101 del padrón 17897 cuyos derechos de promitente comprador se rematan fue demolida, por lo que no existe materialmente. 3) Se desconoce la situación contributiva del inmueble. 4) Únicamente podrán descontarse del saldo de precio lo que se adeudare por Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Enseñanza Primaria. 5) Una vez escriturado se reintegrará al mejor postor los conceptos abonados por IRPF e ITP (en caso de corresponder). 6) El mejor postor deberá consignar la seña al momento de bajarse el martillo, con los medios de pago autorizados por la Ley 19.210, modificativas y Ley 19.889. Asimismo deberá depositar el saldo de precio a la orden de la Sede y bajo el rubro de autos a partir del siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate y que no será interrumpido por la Feria Judicial ni por Semana de Turismo. 7) No se cuenta con el original de la promesa de 14/11/1991 ni con la carta de pago correspondiente a la misma. 8) Los derechos de promitente comprador sobre el inmueble se rematan en las condiciones que surgen del expediente y de la documentación agregada, lo que se encuentra a disposición de los interesados en la Sede, Pasaje de los D.D.H.H. 1309 piso 2. Y a los efectos legales se hace esta publicación. Montevideo, 08 de marzo de 2022. TERESITA CECILIA DE AMBROSI ESCUDERO, Actuario.

INFORMES: ASSAD REMATES
[email protected]
www.assad.com.uy
CONVENCION 1343 ESC. 1112 – MONTEVIDEO
Tels. 2900 3099 – 2900 4620 Cel. 092 50 55 55